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Test para Educación para la ciudadanía: ¿me han adoctrinado?
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Con el cambio de gobierno de 2011 se ha anunciado el fin de la asignatura de Educación para la Cudadanía EpC. Aquellos docentes, padres y alumnos con ganas de saber si su centro educativo lo ha adoctrinado pueden hacer el siguiente ejercicio de preguntas que mide el índice de adoctrinamiento al que ha sido sometido en la asignatura. A medida que su identificación con las afirmaciones siguientes es mayor, su grado de independencia y adoctrinamiento ha sido mayor. ¡Suerte!
1. Los homosexuales son como los demás, también pueden formar familias si lo desean.
2. Pagar impuestos es algo bueno y por lo tanto el Estado debe aumentarlos continuamente para garantizar la prestación de los servicios sociales.
3. Las personas que están en la cárcel son buenas pero la sociedad las ha convertido en malas. No es un problema de estas personas sino de la sociedad.
4. El bien o el mal no existen, es sólo cómo te sientes al hacer las cosas.
5. No pasa nada por tener varios novi@os a la vez, es lo normal, lo solidario. La convivencia es con todos a la vez.
6. El esfuerzo es cosa del pasado, ahora se debe estudiar de otra forma.
7. La Historia no sirve para nada.
8. El botellón es una forma de afirmación de uno mismo frente a la imposisción retrógrada de una sociedad que quiere explotarte.
9. Los sindicatos son los representantes de las buenas personas que trabajan y sacan adelante la sociedad, mientras que los empresarios son unos explotadores inhumanos.
10. Los bienes públicos son mejores que los privados porque los públicos son de todos y los privados sólo de algunos.
11. Los políticos buscan el interés de todos, independientemente de que quienes sean.
12. Hay que obedecer siempre al Estado porque es la mayoría quien determina lo que está bien y mal y no puede equivocarse nunca.
13. No existe la responsabilidad personal, nadie es responsable último de los que hace porque eso depende de la cultura, de la educación que ha recibidos, de la sociedad.
14. Hay que robar folios y bolis de las oficinas porque la empresa paga siempre menos de los que nos merecemos.
15. La Iglesia es una forma de poder que quiere imponer a todos su verdad, cuando sabemos que no existe la verdad sino que depende de cada uno.
16. Los militares son gente que se dedica a asesinar a inocentes con el poder de las armas y del dinero.
17. Los ricos son todos egoístas, sino no serian ricos porque habrían repartido su dinero.
18. Los homosexuales no están sometidos a la dictadura del lobby gay sino que actúa cada uno como quiere.
19. El Estado debe dar a todos subvenciones porque el dinero no nos llega.
20. Leer, estudiar y formarse es una actividad sólo para la gente aburrida.
21. Lo mejor es que te paguen mucho por hacer nada.
22. Puedo salir adelante en esta vida sin esfuerzo y la sociedad debe facilitarme el acceso a todos los servicios y trabajos porque soy una persona como los demás.
23. El aborto no hace daño a nadie y los que abortan no tienen ningún problema nunca.
24. Los homosexuales nunca sufren enfermedades mentales, siempre están muy sanos.
25. El cuerpo está para darse placer.
26. Obedecer a los padres o profesores es un síntoma de debilidad que hay que ir corrigiendo.
27. Las emociones no se pueden controlar y por tanto no tiene sentido hablar de ellas, hay que dejarse llevar.
28. Hay que hacer siempre lo que a uno le apetece, sin dejarse llevar por excesos de responsabilidad, deberes u obligaciones.
29. No pasa nada porque un padre abandone a su mujer e hijos y se vaya con otra mujer porque eso significa que es una persona libre, creativa y espontánea.
30. Educación para la Ciudadanía no es una asignatura que adoctrine moralmente y éticamente a los alumnos, es sólo el conjunto de normas que una sociedad democrática debe cumplir.
31. Las mujeres están para dar placer a los hombres, y al revés. Cualquier otra consideración sexual está equivocada.
32. Las relaciones sexuales son siempre buenas si dan placer y son consentidas por ambas personas, independientemente del sexo que sean y de con quien se tengan.
33. Una persona que tiene relaciones sexuales frecuentes es mucho más feliz.
34. La religión y la filosofía son cosas aburridas que sirven para complicarte la vida porque además no valen para nada.
35. Los países ricos explotan a los países pobres, por eso unos son ricos y otros pobres.
36. Como todos somos iguales ante la ley todos somos iguales.
37. Las mujeres están siempre discriminadas.
38. Los medios de comunicación son los encargados de decir la verdad de la sociedad.
39. Los derechos humanos son los que dice la ONU.
40. Todas las religiones son iguales.
41. Los pobres necesitan ser ayudados por el Estado porque no podemos individualmente hacer nada por ellos.
42. Los bancos son siempre malos porque prestan el dinero que roban a la gente sencilla.
43. La cultura, el cine, el teatro, la televisión, etc… son medios de expresión y comunicación esenciales en una democracia y por tanto deben estar subvencionados por el Estado porque de otra manera no existirían.
44. La guerra es la forma que en que los poderosos imponen su doctrina a los débiles.
45. Es normal acudir a los servicios de las prostitutas, es una forma de expresar las emociones que no hace daño a nadie.
46. Montar una empresa es algo que sólo deben hacer unos pocos, lo normal es intentar ser funcionario porque pagan mucho y trabajas poco.
47. Para ser una familia normal no hace falta que haya un padre y una madre. Pueden ser familias normales las de varios padres o varias madres, o a las combinaciones de ambas.
48. La moral es la forma en que la gente intenta imponerte sus ideas.
49. El sexo es bueno y reprimirlo es malo.
50. Se aprende mucho en Educación para la Ciudadanía.
Educación para la ciudadanía, personas y adoctrinamiento de escolares
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Texto para debatir sobre el adoctrinamiento de la asignatura tal y como fue planteada originalmente. El texto es de la Asociación Educación y Persona.
Lo mejor que tiene el sistema educativo es un conjunto de profesionales que aman su trabajo porque tienen un afecto sincero por educar, es decir por transmitir al educando el amor a la vida por medio de las distintas disciplinas. No me refiero, ciertamente a la totalidad de los profesores, ni tan siquiera deseo hablar de porcentajes. Pero lo que debe ponerse de relieve es el testimonio de muchos compañeros que de manera silenciosa ejercen una labor admirable: Conozco un profesor de secundaria que aprendió braille para poder atender de manera personalizada a su alumno con deficiencias visuales. En otra ocasión un compañero terminó agotado después de trabajar toda la noche para que los alumnos pudieran disfrutar un festival digno y divertido. O los desvelos de los compañeros de un departamento de ciencias para sacar adelante excursiones didácticas apasionantes que difícilmente olvidarán los alumnos. Los ejemplos serían interminables pero no pretendo decir que los profesionales de la docencia sean los únicos que se entregan en su trabajo. Es evidente que esta actitud puede encontrarse en cualquier profesión, como también encontramos casos penosos en todos lados (y no solo en la política). Lo que intento poner de relieve es la prioridad de las personas sobre las ideas y las ideologías. El sistema educativo español padece una crisis desde hace años que la última reforma del gobierno socialista no hizo más que agravar. La razón, entiendo, es muy simple: procede del hecho de haber intentado adaptar la realidad docente a los esquemas teóricos de pedagogías acordes con la ideología del partido. De los países europeos esto solo ocurre en España. Este principio de acción se fundamenta en un idealismo que prioriza la idea abstracta sobre la realidad, las teorías pedagógicas de laboratorio sobre la realidad concreta, el sistema sobre la persona, y el Estado sobre los individuos. Es, precisamente, la orientación contraria a los ejemplos puestos al inicio. En esos ejemplos la prioridad descansaba sobre las personas y sus circunstancias concretas (esos profesores no se limitaban a cumplir su tarea de funcionario sino que respondieron a las exigencias concretas de unos alumnos a los que trataron con afecto); en las derivaciones del idealismo, en cambio, la prioridad reside en las abstracciones en detrimento de las personas. La ideología, sea de izquierdas o de derechas, es la puesta en práctica del Idealismo. La ideología sustituye con sus construcciones conceptuales la ausencia de una vivencia realmente profunda. Hay un idealismo panteísta, como el de algunos filósofos alemanes del XIX, un idealismo ateo, como el característico de los dirigentes del gobierno socialista de estos años, y un idealismo religioso que podemos llamar integrismo y que no se encuentra solo en el Islam sino en algunas formas de “cristianismo” no reconocidas por la Iglesia. A pesar de su diversidad todos coinciden en hacer prevalecer un proyecto abstracto sobre la realidad y sobre las personas. Precisamente la grandeza del personalismo comunitario en el s. XX fue la reivindicación de esta prioridad inalienable de la persona sobre los sistemas ideológicos que amenazaban asfixiar el mundo. El filósofo existencial Gabriel Marcel presentaba su obra como “una lucha tenaz librada sin cesar contra el espíritu de abstracción” (Los hombres contra lo humano, Hachette, Buenos Aires, 1955, p.7) pues, decía, no puede haber fraternidad en la abstracción (íd. p. 125): “el espíritu de abstracción no es separable de una falta de amor que consiste en la incapacidad de tratar a un ser como ser, y en el hecho de sustituir ese ser individual por una idea, una designación abstracta” (La Dignité humaine. Aubier, 1964, p.160). Por eso un proyecto educativo debe centrarse en la prioridad de las personas sobra las ideologías: no son los padres los que colaboran con el Estado en la educación de “los ciudadanos”-sus hijos–, sino que es el Estado el que debe ayudar a los padres en la educación de estos. La aberración de Educación para la ciudadanía se basaba en este principio totalitario así como en un modo de revancha a la antigua imposición doctrinal del franquismo. En cierta ocasión el autor de un libro de Educación para la ciudadanía que fue recurrido por adoctrinador (y la sentencia del TSJ de Andalucía así lo reconoció) me contestó en los pasillos de la sala “si eso ya lo hacía Franco y no pasaba nada” (!). Un proyecto educativo debe dejar a un lado los intereses políticos. Las primeras medidas que adoptó el gobierno de Zapatero cuando llegó al poder en marzo de 2004, fueron la retirada de las tropas de Irak y la paralización inmediata de la reforma educativa iniciada por el gobierno de Aznar. En la nueva reforma de Zapatero el Estado se arrogó el papel de educador decidiendo qué es lo moral y cómo ha de enseñarse a los menores. El mismo artículo 17 c de la LOE deja clara esta intención: «Debe proporcionarse a los alumnos las habilidades necesarias para desenvolverse con autonomía en el ámbito familiar”. En el ámbito del idealismo religioso, el integrismo comete el mismo atropello cuando intenta afiliar a menores ocultándoselo a los padres con la excusa de que van a hacer “cosas estupendas”. Pero un proyecto educativo no debe ser jamás instrumentalizado como alternativa a la revolución política tal y como ha intentado el gobierno de Zapatero siguiendo el modelo de Gramsci. El pacto educativo en España es entonces urgente y necesario para preservar la libertad ideológica y de conciencia: ni Franco desde la dictadura, ni Zapatero desde la democracia la respetaron. Un proyecto educativo debe, en definitiva, primar el esfuerzo y buscar también la excelencia (sin descuidar tampoco a los alumnos con necesidades educativas) pues la abstracción de la ideología desprecia falazmente la excelencia como contraria a la justicia, y sustituye el autoritarismo por el igualitarismo nivelador (Domingo Moratalla), tirando por la borda el fundamento de la autoridad del docente. En las dos reformas socialistas, la LOGSE y la LOE, una construcción abstracta –el Constructivismo pedagógico– pisoteó la realidad y el sentido común pretendiendo arrancar del alumno la fuente de la sabiduría. Del mismo modo impuso a golpe de decreto la burocracia pedagógica sobre la experiencia docente misma: la inspección nos ha exigido a los docentes una mayor atención a las competencias o a los indicadores de evaluación que a los alumnos. El resultado de estos años de servidumbre ideológica son penosos: una masa de alumnos desmotivados obligados por ley a permanecer en las aulas hasta los dieciséis años a costa de otros alumnos que a duras penas pueden plantearse una preparación seria para su futuro. ¿A quién le sorprende que España tenga una de las tasas más altas de fracaso escolar? Y la respuesta no se reduce a los necesarios medios económicos, sino que requiere de manera esencial la dedicación personal y convencida de unos profesionales que hagan de su trabajo un lugar de afecto a las personas. Ciertamente esto incluye también el que se dignifique sus condiciones laborales evitando políticas poco dialogadas o precipitadas. Pero de ningún modo están legitimados para invocar la calidad de educación quienes solo han luchado por sus propias condiciones laborales. Siempre he echado en falta en mis colegas durante los últimos años una protesta más enérgica contra las deficiencias educativas del sistema. Si ahora protestan razonablemente por el aumento de la carga de trabajo ¿por qué no lo hicieron cuando la LOGSE y la LOE nos obligaba a rellenar incontables informes que nos entorpecía sustancialmente la preparación de las clases?

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Educación para la ciudadanía de verdad
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Mira con atención el siguiente vídeo de Cruz y Raya sobre Educación para la Ciudadanía. Además de disfrutar con la asignatura de Educación para la Ciudadanía, luego responde a las preguntas que se plantean:
Preguntas:
1. ¿Hay relación entre la buena educación y la Educación para la Ciudadanía?
2. La Educación para la Ciudadanía pretende ser neutral o incluso beligerante con determinados comportamientos morales. ¿Ser mejor cristiano es ser mejor ciudadano?
3. ¿Sirve para algo la Educación para la Ciudadanía en tu día a día?
Clasificación de los colegios según su respeto a los padres y alumnos objetores
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La posición de los colegios con respecto a la asignatura de Educación para la ciudadanía debe ser conocida. A continuación se muestra la situación del ranking de colegios de España en relación a su posición en la asignatura de Educación para la ciudadanía.
Los datos con los que se ha confeccionado el ranking de colegios se va actualizando pero este es su estado a fecha de 21 de abril de 2008. La clasificación se hace con la información que facilitan ellos mismos y los padres objetores de Educación para la ciudadanía. Los colegios y objetores pueden dirigirse a jocarmube@hotmail.com en relación a la clasificación que se realiza para añadir información o matizar la que existe.
El Ranking de colegios frente a Educación para la ciudadanía a 18.04.2008
Verde: … 119
1. Colegio Highlands, Montequinto, Sevilla
2. Colegio Religiosas Hijas de Cristo Rey, Las Rozas, Madrid
3. Colegio Santa María de las Rozas, Las Rozas, Madrid
4. Colegio-Seminario de Rozas, Rozas de Puerto Real, Madrid
5. Colegio Juan Ramón Jiménez, Cieza, Murcia
6. Colegio Monte Tabor, Pozuelo de Alarcón, Madrid
7. Colegio Hispano Irlandés, Pozuelo de Alarcón, Madrid
8. Colegio Nelva, Murcia
9. Colegio Santa Mª de la Asunción, Madrid
10. Colegio Senara, Madrid
11. Centro Educativo Fuenllana, Alcorcón, Madrid
12. Colegio Santo Domingo de Silos, Valle de los caídos, Madrid
13. Colegio Ntra. Sra. de Las Delicias, Madrid
14. Colegio Besana, Madrid
15. Colegio Mater Salvatoris, Madrid
16. Colegio Nuestra Señora de los Infantes, Toledo
17. CEIP Santa Teresa, Toledo
18. CEIP Fábrica de Armas, Toledo
19. Colegio Inmaculada, Barbastro, Huesca
20. Colegio Sagrado Corazón de Jesús, Villanueva de los Infantes, C. Real
21. CEIP Arqueólogo García Bellido, Villanueva de los Infantes, C. Real
22. CEIP Santa María Magdalena, Chozas de Canales, Toledo
23. Colegio Cristóbal Colón, Talavera de la Reina, Toledo
24. Colegio Compañía de María, Talavera de la Reina, Toledo
25. CPI Cabo da Area de Laxe, La Coruña
26. Colegio Amor de Dios, Bullas, Murcia
27. Colegio La Salle, Teruel
28. Colegio Mª Inmaculada, Alfafar, Valencia
29. Colegio de Nuestra Señora, Valdemoro, Madrid
30. Colegio San José, Valdemoro, Madrid
31. Colegio Highlands Los Fresnos, Boadilla del Monte, Madrid
32. Colegio El Prado, Madrid
33. Colegio Cervantes, Talavera de la Reina, Toledo
34. Colegio Veracruz, Galapagar, Madrid
35. Colegio Montealto, Mirasierra, Madrid
36. Colegio Santo Domingo de Guzmán (La Palmita), Santa Cruz de La Palma, Isla de La Palma
37. Colegio Regina Mundi, Granada
38. Colegio Loreto – Abat Oliba, Barcelona
39. Colegio Guaydil, Las Palmas de Gran Canaria
40. Colegio Miguel de Cervantes, Cieza, Murcia
41. Colegio Highlands, Alcobendas, Madrid
42. Colegio Teresiano Padre Enrique de Ossó, Zaragoza
43. El Altillo Internacional Scholl, Jerez de la Frontera, Cádiz
44. Colegio Fontenebro, Moralzarzal, Madrid
45. Colegio Fontenebro, Collado Villalba, Madrid
46. Colegio Internacional Peñacorada, León
47. Colegio Aldovea, Alcobendas, Madrid
48. Colegio Entrepinos, Bellavista-Aljaraque, Huelva
49. Colegio Everest, Pozuelo de Alarcón, Madrid
50. Colegio Virgen del Bosque, Villaviciosa de Odón, Madrid
51. Colegio Cumbres, Godella, Valencia
52. Colegio Canigó, Barcelona
53. Colegio Pontífice Pablo VI, Sevilla
54. Colegio Los Olmos, Madrid
55. Colegio Sagrado Corazón de Jesús – Salesianas, Madrid
56. Colegio Tabladilla, Sevilla
57. Colegio Los Robles, Pruvia – Llanera, Asturias
58. Colegio Peñamayor, Siero, Asturias
59. Colegio Torrevelo, Mogro, Cantabria
60. Colegio Montecastelo, Vigo
61. Colegio Santo Tomás, Ciudad Real
62. Colegio Torrenova, Betxí, Castellón
63. Colegio Sagrados Corazones – Agustinas, Talavera de la Reina, Toledo
64. Colegio Monteagudo, Murcia
65. Colegio Peñalabra, Mogro, Cantabria
66. Colegio Aldeafuente, Alcobendas, Madrid
67. Bachillerato Fomento Fundación, Madrid
68. Colegio Las Tablas Valverde, Madrid
69. Colegio Cardenal Spínola, Barcelona
70. Colegio Entreolivos, Dos Hermanas, Sevilla
71. Colegio Ahlzahir, Córdoba
72. Colegio El Encinar, Córdoba
73. Colegio Montearagón, Zaragoza
74. Colegio Sansueña, Zaragoza
75. Colegio Montespiño, La Coruña
76. Colegio Peñarredonda, La Coruña
77. Colegio Nuestra Señora de las Mercedes, Illescas, Toledo
78. Colegio Santiago el Mayor, Toledo
79. Colegio El Redín, Pamplona, Navarra
80. Colegio Miravalles, Cizur Menor, Navarra
81. Colegio Pinoalbar, Simancas, Valladolid
82. Colegio Peñalba, Simancas Valladolid
83. Colegio Santísimo Cristo de la Sangre, Torrijos, Toledo
84. Colegio Retamar, Pozuelo de Alarcón, Madrid
85. Colegio Aitana, Torrellano, Elche, Alicante
86. Colegio Altozano, Alicante
87. Colegio El Vedat, Torrent, Valencia
88. Colegio Miralvent, Betxí – Castellón
89. Colegio Vilavella, Valencia
90. Colegio Internacional Campolara, Burgos
91. Colegio Las Colinas, Real de Gandía, Valencia
92. Colegio Tajamar, Madrid
93. Colegio Cerrillo de Maracena, Granada
94. Colegio Irabia, Pamplona, Navarra
95. Colegio Virgen del Perpetuo Socorro – Montealto, Jerez de la Frontera, Cádiz
96. Colegio CEU Jesús María, Alicante
97. Colegio CEU San Pablo – Claudio Coello, Madrid
98. Colegio CEU San Pablo – Montepríncipe, Madrid
99. Colegio CEU San Pablo, Murcia
100. Colegio CEU San Pablo, Valencia
101. Colegio Guadalimar, Jaén
102. Colegio Rural Agrupado La Jara, Villar del Pedroso, Cáceres
103. Colegio Garoé, Santa Brígida, Isla de Gran Canaria
104. IES Avenida de los Toreros, Madrid
105. Colegio Villa de Griñón, Griñón, Madrid
106. Colegio Orvalle, Las Rozas, Madrid
107. Colegio Logos, Las Rozas, Madrid
108. Colegio El Buen Pastor, Murcia
109. CEIP Virgen de Begoña, Cartagena, Murcia
110. Colegio Santa Mª Micaela – Adoratrices, Cartagena, Murcia
111. Colegio San Ignacio de Loyola, Torrelodones, Madrid
112. Colegio Internacional Kolbe, Villanueva de la Cañada, Madrid
113. Colegio Ángel de la Guarda, Alicante
114. Colegio Montessori, Salamanca
115. Colegio Altair, Sevilla
116. Colegio Ribamar, Sevilla
117. Real Colegio Alfonso XII – Agustinos, El Escorial, Madrid
118. Colegio Valdefuentes, Sanchinarro, Madrid
119. Colegio Jesús María, Madrid
Amarillo: … 162
1. Colegio S. José de Cluny, Pozuelo de Alarcón, Madrid
2. Colegio Reinado Corazón de Jesús, Madrid
3. CEIP Guindalera, Madrid
4. Colegio S. Luis de los Franceses, Pozuelo de Alarcón, Madrid
5. CEIP Fernando de Rojas, La Puebla de Montalbán, Toledo
6. CEIP Miguel de Cervantes, Esquivias, Toledo
7. Colegio Nuestra Señora de Loreto, Madrid
8. Colegio Salesiano San Francisco de Sales, Córdoba
9. IES Alhajar, Pegalajar, Jaén
10. IES Puerto del Rosario, Fuerteventura
11. IES Princesa Galiana, Toledo
12. CEIP Antonio Guerrero, Aljaraque, Huelva
13. Colegio Samer Calasanz, Valdemoro, Madrid
14. Colegio Marqués de Vallejo, Valdemoro, Madrid
15. CEIP Cristo de la Salud, Valdemoro, Madrid
16. CEIP Fray Pedro de Aguado, Valdemoro, Madrid
17. CEIP Ntra. Sra. Del Rosario, Valdemoro, Madrid
18. Colegio Castilla, Torrejón de Velasco, Madrid
19. Colegio Hélicon, Valdemoro, Madrid
20. CEIP Pedro Antonio de Alarcón, Valdemoro, Madrid
21. IES Maestro Matías Bravo, Valdemoro, Madrid
22. Colegio San Antonio María Claret, Sevilla
23. Colegio La Purísima, Lucena, Córdoba
24. CEIP El Prado, Lucena, Córdoba
25. CEIP Antonio Machado, Lucena, Córdoba
26. CEIP Nuestra Señora de Araceli, Lucena, Córdoba
27. IES Juan de Arejula, Lucena, Córdoba
28. IES Marqués de Comares, Lucena, Córdoba
29. IES Miguel de Cervantes, Lucena, Córdoba
30. IES Clara Campoamor, Lucena, Córdoba
31. Colegio Stella Maris, Almería
32. Colegio San José – Hijas de la Caridad, Ciudad Real
33. Colegio Sagrado Corazón – Hijas de la Caridad, Soria
34. Colegio Menesiano, Madrid
35. Colegio Las Acacias, Vigo, Pontevedra
36. Colegio Medalla Milagrosa – Hijas de la Caridad, Toledo
37. Colegio San Juan Bautista – Hijas de la Caridad, Toledo
38. Colegio La Inmaculada Marillac – Hijas de la Caridad, Madrid
39. CEIP Fray Luis de León, Cuenca
40. Colegio Salesiano Hermano Gárate, Ciudad Real
41. Colegio Mulhacén – Grupo Attendis, Granada
42. Colegio Bienaventurada Virgen María (Irlandesas), Castilleja de la Cuesta, Sevilla
43. Colegio Nuestra Señora del Pilar – Marianistas, Madrid
44. Colegio Cooperativa Espíritu Santo, Madrid
45. CEIP Maestro Román Baillo, Valdemoro, Madrid
46. Colegio Santa María – Maristas, Toledo
47. CEIP El Mayorazgo, Chiclana de la Frontera, Cádiz
48. Academia Santa Teresa, Málaga
49. Colegio Viaró, Sant Cugat del Vallès, Barcelona
50. CP El Enebral, Collado Villalba, Madrid
51. CP Sor María de Jesús, Ágreda, Soria
52. CP Ventanielles, Oviedo
53. IES de Llano de Brujas, Murcia
54. Colegio Isaac Peral, Ferrol, La Coruña
55. CEIP Ciudad de Nara, Toledo
56. Colegio Claret, Segovia
57. Colegio Madre del Divino Pastor, Cieza, Murcia
58. CEIP Santa Teresa, Cuenca
59. Colegio Santa María del Pilar – Marianistas, Madrid
60. Colegio Fray Luis de León, Madrid
61. Colegio de las Misioneras de la Providencia, Talavera de la Reina, Toledo
62. IES Javier de Uriarte, El Puerto de Santa María, Cádiz
63. Colegio Cristo Rey, Ferrol, La Coruña
64. CEIP Martín Chico, Illescas, Toledo
65. IES Juan de Padilla, Illescas, Toledo
66. Colegio Inmaculado Corazón de María (Portaceli), Sevilla
67. CEIP Angel Ganivet, Sevilla
68. Colegio San Acisclo y Santa Victoria, Córdoba
69. Colegio Nuestra Señora de la Fuencisla, Segovia
70. Colegio Dominicas de la Anunciata, Oviedo
71. CP Buenavista I, Oviedo
72. CP San José Obrero, Cieza, Murcia
73. Colegio Antonio Buitrago, Cieza, Murcia
74. IES Diego Tortosa, Cieza, Murcia
75. Colegio Hijas de Cristo Rey, San Vicente de la Barquera, Cantabria
76. Colegio Virgen de Atocha – PP Dominicos, Madrid
77. IES Alfonso VIII, Cuenca
78. Colegio Salesiano San Bernardo, Huesca
79. Colegio Jesucristo Aparecido, Moratalla, Murcia
80. Colegio San Vicente de Paúl – Hijas de la Caridad, Cartagena, Murcia
81. CEIP San Roque, Ceutí, Murcia
82. CEIP Pérez Molina, Ciudad Real
83. Colegio San José, Lugo
84. IES Los Olmos, Albacete
85. Academia Cedes (Primaria), Albacete
86. Colegio Compañía de María, Albacete
87. Colegio María Inmaculada, Albacete
88. Colegio Santo Ángel, Albacete
89. Colegio Sagrado Corazón, Albacete
90. Colegio Nuestra Señora del Rosario, Albacete
91. Colegio San Cristóbal, Albacete
92. Colegio Escuelas Pías, Albacete
93. CEIP San Antón, Albacete
94. CEIP Parque Sur, Albacete
95. IES Tomás Navarro Tomás, Albacete
96. IES Julio Rey Pastor, Albacete
97. IES Diego de Siloé, Albacete
98. Colegio Maria Auxiliadora – Salesianas, Torrent, Valencia
99. CEIP José Bárcena, Talavera de la Reina, Toledo
100. CEIP San Francisco de Asís, Lorca, Murcia
101. Colegio Santa Cecilia – Hnas. Carmelitas, Cáceres
102. Colegio Rosalía de Castro, Vigo, Pontevedra
103. Colegio Calasanz, Salamanca
104. CEIP Santa Catalina, Salamanca
105. CEIP Rosalía de Castro, Majadahonda, Madrid
106. Colegio San Juan Bosco, Salamanca
107. IES Azcona, Almería
108. Colegio Internacional J. H. Newman, Madrid
109. Colegio Sagrado Corazón de Jesús – Hijas de la Caridad, Madrid
110. Colegio San José, Cáceres
111. CEIP Juan Valera, Cabra, Córdoba
112. IES Emilio Gimeno, Calatayud, Zaragoza
113. Colegio Santa Ana, Calatayud, Zaragoza
114. Colegio Sagrada Familia, Salamanca
115. Colegio San Estanislao de Kostka, Salamanca
116. Colegio San José, Salamanca
117. Colegio Ntra. Sra. del Recuerdo, Madrid
118. Colegio Diocesano San Ildefonso, Almería
119. Colegio Salesiano Don Bosco, Alicante
120. IES San Blas, Alicante
121. Colegio Divina Pastora, Córdoba
122. IES Antonio Calvin, Almagro (C. Real)
123. Colegio Santo Tomás, Pamplona, Navarra
124. Colegio Jesuitas – San Francisco Javier, Tudela, Navarra
125. Colegio El Carmen – Hijas de la Caridad, Manises, Valencia
126. CEIP Juan Falcó, Valdemorillo, Madrid
127. CEIP Francisco Pizarro, Cáceres
128. IES Ágora, Cáceres
129. Colegio Internacional San Jorge, Malpartida de Cáceres, Cáceres
130. Colegio Licenciados Reunidos, Cáceres
131. Colegio San Antonio de Padua, Cáceres
132. Colegio Nuestra Señora de la Asunción, Cáceres
133. Colegio Sagrado Corazón de Jesús, Cáceres
134. CEIP Gómez Manrique, Toledo
135. Colegio Católico Santa María Ikastetxea – Marianistas, San Sebastián
136. IES Norba Caesarina, Cáceres
137. CEIP de Prácticas, Cáceres
138. Colegio Eskibel Ikastetxea, San Sebastián, Guipúzcoa
139. CEIP El Vivero, Cáceres
140. Colegio San Diego y San Vicente – Hijas de la Caridad, Madrid
141. Colegio Santa María de la Capilla – Hermanos Maristas, Jaén
142. Colegio Jesús-María Sant Andreu, Barcelona
143. Colegio Real Monasterio Santa Isabel – Legionarios de Cristo, Barcelona
144. Colegio Sagrado Corazón de Jesús, Los Dolores – Cartagena, Murcia
145. Colegio Alfinach, Puzol, Valencia
146. CEIP Alcalde José Maestro, Ciudad Real
147. IES Peñalba, Moral de Calatrava, Ciudad Real
148. CEIP Agustín Sanz, Moral de Calatrava, Ciudad Real
149. CEIP Miguel de Cervantes, Almagro, C. Real
150. IES García Bernalt, Salamanca
151. IES La Vaguada, Salamanca
152. IES Calisto y Melibea, Santa Marta de Tormes, Salamanca
153. CEIP Miguel Hernández, Santa Marta de Tormes, Salamanca
154. CEIP Caja de Ahorros, Salamanca
155. CEIP Juan del Enzina, Salamanca
156. CEIP Juan Jaén, Salamanca
157. CEIP Lazarillo de Tormes, Salamanca
158. C.R.A. La Flecha, Cabrerizos, Salamanca
159. CEIP San Andrés, Pedrosillo el Ralo, Salamanca
160. Colegio La Milagrosa, Salamanca
161. Colegio Maestro Ávila, Salamanca
162. Colegio Marista Champagnat, Salamanca
Rojo: … 25
1. CEIP Doctor Fleming, Albacete
2. Colegio Cardenal Spínola, Madrid
3. IES Carlos III, Toledo
4. CEIP Ramón y Cajal, La Villa de Don Fadrique, Toledo
5. Colegio San Vicente de Paúl – Hijas de la Caridad, Huelva
6. CEIP Manuel Fernández, Churriana, Málaga
7. IES Pedro Mercedes, Cuenca
8. Colegio Sagrada Familia – Hnas. Corazonistas, Madrid
9. Colegio Nuestra Señora de las Nieves, Madrid
10. Colegio San Luis de los Franceses, Pozuelo de Alarcón, Madrid
11. CEIP Pedro Gómez Bosque, de Valladolid
12. Colegio San Cernín, Pamplona, Navarra
13. IES de Alhendín, Alhendín, Granada
14. Colegio Teresiano de San José, Travesera de Gracia, Barcelona
15. Colegio Castroverde – Teresianas, Santander
16. IES Pintor Luis Sáez, Burgos
17. Colegio Nuestra Señora del Rosario, Campo de Criptana, C. Real
18. Colegio Virgen del Carmen, Córdoba
19. Colegio Sagrada Familia, Cuenca
20. CEIP San Fernando, Cuenca
21. IES El Majuelo, Ginés, Sevilla
22. Colegio San José Sagrados Corazones, Sevilla
23. Colegio Bienaventurada Virgen María (Irlandesas), Sevilla
24. Colegio Compañía de María, Sevilla
25. Colegio Sagrado Corazón de Jesús, Madrid
Qué hace un objetor después de objetar a Educación para la ciudadanía
Filed under: Diversidad cultural y religiosa (P B2), Diversidad social y cultural - Convivencia (S B4), Ejercicio de los derechos y los deberes (P B2), El Estado de Derecho (S B4), Habilidades y actitudes para la convivencia (4ESO B2), Igualdad de derechos y diversidad (S B3), Instituciones democráticas (4ESO B4), La participación en el centro educativo (S B2), Los sentimientos propios y ajenos (4ESO B1), Los valores constitucionales (4ESO B4), Marginación, discriminación e injusticia (P B2), Objeción Conciencia Educación para la Ciudadanía, Principios, Constitución y democracia (P B3), Reconocimiento de injusticias y desigualdades (4ESO B1), Temas de debate sobre Educación para la Ciudadanía, Temas generales, Valoración de la división social y sexual (S B2), Valores ciudadanos: respeto y tolerancia (P B1) | Etiquetas: ciudadanía, ciudadanía MEC, clase de educación para la ciudadanía, educación para la ciudadanía, enseñanza, EpC, objeción a educación para la ciudadania, objetor, Temario de Educación para la ciudadanía

Si se niegan a aceptar mi objeción, ¿qué hago?
No pueden negarse, está en juego un derecho constitucional de aplicación directa. Además, el centro, tanto si es público como concertado, es el responsable ante la administración de la educación de mis hijos, y por tanto mi interlocutor natural en lo que haga referencia a la misma. En el caso de un colegio privado puede ser conveniente cursarlo a la Delegación Provincial de Educación o a la Consejería, en su caso.
Si aun así persisten, debo enviarlo de manera fehaciente, y lo óptimo es un burofax (el correo certificado no certifica el contenido).
Por último, el centro no puede forzar a mis hijos a asistir a las clases de EpC, salvo incurriendo en una conculcación de los derechos fundamentales. Si así ocurriera, los padres deberán iniciar la vía de las acciones judiciales, para lo cual las entidades que proponemos la vía de la objeción ponemos a su disposición un equipo de abogados y procuradores.
¿La Delegación de Educación puede desestimar la objeción de conciencia”?
La desestimación de la “solicitud” como la que ha hizo el gobierno de Castilla-La Mancha no tiene fundamento legal alguno: nosotros no estamos solicitando nada, sólo declaramos que vamos a objetar (basta leer el título del impreso que firmamos). La Administración no es quién para conceder o no un derecho. Los derechos no son concedidos por la Administración por lo tanto, se ejercen y punto.
La objeción no se hace con esta Declaración sino el día en el que no entra en clase en alumno. Pero lo declaramos antes. Y se puede presentar la declaración ahora porque la ley YA ESTÁ EN VIGENCIA aunque la asignatura no se esté dando este curso. La Administración no es quién para decirnos cuándo debemos avisar.
Estas acciones son medidas intimidatorias con las que la Administración intenta entorpecer el derecho constitucional de los padres a elegir la educación moral que deseamos para nuestros hijos. Sólo se entiende desde la lógica de una estructura política que está nerviosa ante la avalancha de objeciones de conciencia presentadas en nuestra comunidad. Explicamos aquí con detalle la ilegalidad de esta medida que adoptó el gobierno de Castilla-La Mancha y nuestra propuesta de acción.
Los padres y madres que han comunicado la objeción deben estar completamente tranquilos en cuanto a la legalidad y eficacia de los escritos presentados, sin dejarse amedrentar por esta u otras acciones que en el futuro pudiera emprender la Consejería de Educación para obstaculizar sus derechos constitucionales.
En el caso de que la Delegación de Educación nos envié una resolución administrativa de “desestimación” lo que debemos hacer es lo siguiente (ver aquí más información):
Presentar un recurso de alzada ante el Consejero de Educación (D. José Valverde Serrano. Bulevar Río Alberche s/n 45071 TOLEDO) en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación recibida. Se trata de presentar un simple papel por parte de cada uno de los que ha recibido la resolución.
Se puede utilizar el texto que os ofrecemos (pinchar aquí).
Se puede presentar:
- En el mismo centro sólo cuando éste es un centro público (recoger acuse de recibo), como se hizo cuando se presentó la objeción.
- En correos por correo certificado
- En cualquier organismo público como la misma Delegación de Educación.
Es muy importante que os pongáis en contacto con todos los padres objetores de vuestro entorno para que puedan recibir esta información. Sería deseable también, que se formaran grupos de padres para estar unidos y coordinados. Y que uno de ellos sirviera de contacto con nosotros para intercambiar información: enviadnos su correo electrónico.
¿Qué harán los alumnos objetores o hijos de padres objetores en esa hora docente de Educación para la ciudadanía?
En ningún caso la presentación de la objeción de conciencia justifica la no asistencia del alumno al Colegio, aunque la clase de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos coincida con el principio o el final de la jornada escolar. En horario escolar, el alumno debe estar SIEMPRE en el colegio, salvo que concurran otro tipo de causas ajenas a la asignatura o la objeción de conciencia. En otro caso, podría producirse una falta de absentismo escolar no justificable y por ello no hay que atender las órdenes verbales de que el niño se marche a casa, salvo que expresamente y por escrito se le dispense de su obligación de estar en el centro.
Como se propone en los propios formularios para objetar, se le comunica al Centro “mi completa disposición para que mi hijo/a pueda realizar alguna actividad sustitutoria de la mencionada asignatura, siempre que se ajuste a mis convicciones como padre/madre”. La Dirección del Colegio es responsable del menor mientras éste permanezca en el centro, por lo que a aquella corresponde dar la debida atención educativa al alumno durante el tiempo de no asistencia a las clases de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.
En este sentido, es importante colaborar con el centro en solucionar el problema que ha creado el Ministerio: desde hora de lectura o biblioteca o estudio de la Constitución española, hasta tiempo de estudio o refuerzo de las asignaturas, pueden realizarse en esa hora docente las actividades que el propio centro considere más viables, sin interferir en el resto de los alumnos, siempre que se respete el derecho de los padres a la formación moral de sus hijos.
Pero volvemos a repetir, el problema que inevitablemente se le crea a la dirección de los centros, sean públicos o de iniciativa social (privados o concertados), ha sido causado por el Ministerio de Educación del Gobierno socialista.
¿Pueden adoptar medidas represivas en el centro, como expulsar o suspender a los alumnos?
Desde el momento de la presentación del escrito de objeción de conciencia, el alumno no debe asistir NUNCA a las clases de Educación para la Ciudadanía.
Por desgracia, no es descartable que se produzcan algún tipo de medidas represivas o sancionadoras, como de hecho ya están advirtiendo desde diversos ámbitos. Es posible que, una dirección del centro poco sensible a los Derechos recogidos en la Constitución española – que amparan a lo padres en su libertad ideológica y en la libertad de educación- suspenda al alumno por su no asistencia a las clases de determinada asignatura, al ser ésta obligatoria.
Si toman represiones contra los hijos de padres objetores o contra alumnos de padres objetores, ¿qué debo hacer?
Ante cualquier comunicación de la Dirección del Colegio o de la Administración que pueda significar un perjuicio presente o futuro para los padres o el alumno (incluido el suspenso en la materia), como consecuencia de la no asistencia a clase de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, se solicitará la entrega de una comunicación por escrito para que pueda entenderse como un acto firme recurrible ante los Tribunales de Justicia en vía contencioso-administrativa (procedimiento especial de protección jurisdiccional de derechos fundamentales).
Si se tratara de una comunicación meramente verbal del Colegio o la Administración, si por las circunstancias en que aquella se produce o por su gravedad, se plantean dudas sobre sus posibles consecuencias, es conveniente pedir asesoramiento cuanto antes.
El Servicio de Asistencia Jurídica al Objetor a través de los teléfonos 91 413 29 57, 91 532 58 65 y 690 78 06 16) presta a los padres asesoramiento y, si así lo desean éstos, se encargará de iniciar y tramitar las acciones legales oportunas -tanto administrativas como judiciales- para la defensa de sus derechos. Este Servicio tiene carácter estrictamente gratuito y está formado por una red de abogados y procuradores que colaboran desinteresadamente con la causa de la libertad de enseñanza y de conciencia. Los plazos para los recursos son muy breves (en el supuesto más normal, 10 días) por lo que el contacto con el servicio de asesoramiento debe ser lo más inmediato posible.
En la provincia de Toledo Educación y Persona junto a CONCAPA dispone también de un equipo de voluntarios que se ofrecen a ayudar a los padres que tengan algún problema educacionypersona@gmail.com .
También podéis llamar al siguiente número que Educación y Persona ha abierto para resolver dudas sobre EpC :
902 109 805
(de 8 a 15 hh. de lunes a viernes)
Plataformas de objetores a Educación para la ciudadanía
Filed under: Autonomía personal y relaciones interpersonales (S B2), Convivencia en el entorno inmediato (P B2), Convivencia y conflicto: emociones y diálogo (P B2), Convivencia y normas para convivir (P B3), Democracia y participación ciudadana (4ESO B4), Discriminaciones a distintos colectivos (4ESO B5), Diversidad cultural y religiosa (P B2), Diversidad social y cultural - Convivencia (S B4), Ejercicio de los derechos y los deberes (P B2), El Estado de Derecho (S B4), Habilidades y actitudes para la convivencia (4ESO B2), Igualdad de derechos y diversidad (S B3), Instituciones democráticas (4ESO B4), La dignidad humana: libertad y responsabilidad (P B1), La participación en el centro educativo (S B2), Los valores constitucionales (4ESO B4), Marginación, discriminación e injusticia (P B2), Objeción Conciencia Educación para la Ciudadanía, Principios, Constitución y democracia (P B3), Temas de debate sobre Educación para la Ciudadanía | Etiquetas: ciudadanía, derechos y libertades, educación para la ciudadanía, enseñanza, EpC, Epc no, MEC, objeción de conciencia, objetamos, objetores de conciencia ciudadanía, teléfono de atención al objetor ciudadanía

Plataformas de padres objetores
Por toda la geografía española se están creando plataformas de padres objetores que trabajan unidos en la defensa de la libertad de enseñanza y educación. Aquí recogemos algunas de las que hasta el momento se han creado. Las primeras de la lista incluyen enlace a su página web. No dides en contactar con ellos si crees que tus derechos o los de tus hijos están siendo vulnerados por la asignatura de Educación para la ciudadanía. Además, en el siguiente teléfono dispones de un telefono de ayuda para cualquier problema relacionado con Educación para la Ciudadanía.
902 109 805
número de atención sobre Educación para la ciudadanía
(de 8 a 15 hh. de lunes a viernes)
PLATAFORMA XQ TE CALLAS (TALAVERA DE LA REINA)
EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA EN ARAGÓN ¡VA SER QUE NO!
CANTABRIA: EDUCACIÓN Y LIBERTAD
PLATAFORMA 27.3 PADRES POR LA LIBERTAD (Murcia)
PLATAFORMA LUCENTINA POR LA LIBERTAD DE EDUCACIÓN
PLATAFORMA PADRES POR LA EDUCACIÓN.
ASOCIACIÓN DE FAMILIAS OBJETORAS DE HUESCA
PLATAFORMA DE OBJETORES EN CANARIAS
PLATAFORMA DE CIUDADANOS DE ALMAGRO
SORIA EDUCA EN LIBERTAD
PADRES POR LA LIBERTAD, VALLADOLID
ASSOCIACIÓ DE PARES I MARES PER LA LLIBERTAT D’EDUCACIÓ
PLATAFORMA POR UNA EDUCACIÓN EN LIBERTAD DE ALICANTE
PLATAFORMA INDEPENDIENTE DE PADRES OBJETORES A EPC DE CÁCERES.-
PADRES EN ACCIÓN
VALDEMORO ES FAMILIA
CARTAGENA POR LA LIBERTAD DE EDUCACIÓN
PLATAFORMA VASCA “EDUCACIÓN Y LIBERTAD
PLATAFORMA DE ABUELOS
PLATAFORMA DE MADRES POR LA LIBERTAD DE EDUCACIÓN
Resumen de lo que es un buen ciudadano que ha estudiado Educación para la Ciudadanía
Filed under: Aprecio y cuidado de los bienes comunes (S B4), Convivencia y normas para convivir (P B3), Debates sobre cuestiones de actualidad (4ESO B1), Democracia y participación ciudadana (4ESO B4), Dignidad de la persona, igualdad y diversidad (4ESO B6), Diversidad cultural y religiosa (P B2), Diversidad social y cultural - Convivencia (S B4), Ejercicio de los derechos y los deberes (P B2), El Estado de Derecho (S B4), Habilidades y actitudes para la convivencia (4ESO B2), Identidad personal, libertad y responsabilidad (4ESO B2, Igualdad de derechos y diversidad (S B3), Instituciones democráticas (4ESO B4), Inteligencia, sentimientos, relaciones (4ESO B2), La dignidad humana: libertad y responsabilidad (P B1), La participación en el centro educativo (S B2), Las teorías éticas (4ESO B3), Los derechos humanos, económicos y sociales (4ESO B3), Los valores constitucionales (4ESO B4), Participación en el centro (P B2), Práctica del diálogo (S B1), Temas de debate sobre Educación para la Ciudadanía, Valores ciudadanos: respeto y tolerancia (P B1) | Etiquetas: adoctrinamiento, ciudadanía, ciudadanos, decalogo del buen ciudadano, decálogo, educación para la ciudadanía, Educación para la ciudadanía y los Derechos Humanos, educacion para la ciudadania mec, EpC, ESO, hacienda, impuestos, libertad, LOE, MEC, Reeducación para la ciudadanía

Además del respeto y de no protestar, primeras virtud de la ética del bien manipulado, el buen ciudadano debe estar adornado de una serie de virtudes o conductas realmente importantes para la convivencia. Reseñamos las principales.
En realidad la neutralidad de Educación para la Ciudadanía se resume en esto. Yo creo que con dar esto impreso el primer día de clase la asignatura queda terminada y el gobierno y Peces Barba pueden dormir tranquilos. El resto de clases se pueden dedicar a enseñar cosas un poco más útiles. Este es el decálogo del buen ciudadano:
– Respetar las leyes y normas que rigen la vida de la sociedad (sobre todo las del gobierno de turno).
– Cumplir las obligaciones de Hacienda (es decir, defraudar sin que se note).
– Observar fielmente las normas de tráfico (para que no nos pillen en un renuncio).
– Ayudar a la conservación de la naturaleza (queda bien).
– Votar responsablemente en las elecciones (si no tienes un plan mejor).
– Ser sensible con los más necesitados (esto es lo que menos les gusta porque ya lo hace la Iglesia mejor que ellos y con menos recursos).
– Huir de la agresividad y de la violencia (osea, el quinto mandamiento desde el siglo I, no es nuevo).
– Actuar con sentido de solidaridad (con los demás, se entiende, no sólo con amigos y conocidos).
Visión laicista de los católicos y el Padre Jony
Filed under: Convivencia en el entorno inmediato (P B2), Convivencia y conflicto: emociones y diálogo (P B2), Convivencia y normas para convivir (P B3), Cuidado de las personas dependientes (S B2), Debates sobre cuestiones de actualidad (4ESO B1), Democracia y participación ciudadana (4ESO B4), Diferencias sociales e intolerancia (4ESO B3), Dignidad de la persona, igualdad y diversidad (4ESO B6), Discriminaciones a distintos colectivos (4ESO B5), Diversidad cultural y religiosa (P B2), Diversidad social y cultural - Convivencia (S B4), El Estado de Derecho (S B4), Exposición de opiniones y juicios - Tolerancia (S B1), Exposición de opiniones y juicios-Debate (S B1), Habilidades y actitudes para la convivencia (4ESO B2), Identidad personal, libertad y responsabilidad (4ESO B2, Igualdad de derechos y diversidad (S B3), Inteligencia, sentimientos, relaciones (4ESO B2), La dignidad humana: libertad y responsabilidad (P B1), Las teorías éticas (4ESO B3), Los conflictos armados y la cultura de la paz (4ESO B5), Los sentimientos propios y ajenos (4ESO B1), Los valores constitucionales (4ESO B4), Marginación, discriminación e injusticia (P B2), Práctica del diálogo (S B1), Reconocimiento de injusticias y desigualdades (4ESO B1), Un mundo desigual: riqueza y pobreza (S B5), Valores ciudadanos: respeto y tolerancia (P B1) | Etiquetas: católicos, catolicismo, ciudadanía, ciudadanos, cristianismo, cristianos, educación para la ciudadanía, educacionparalaciudadania, Estado, integrismo religioso, intolerancia, laicidad, laicismo, Padre Jony, religión, rock, Temario de Educación para la ciudadanía

El integrismo laicista es aquel que no es neutro con la religión ni respeta en los demás el desarrollo de la espiritualidad. Es beligerante con la religión y confunde la razonable neutralidad del Estado en materia religiosa, denominada laicidad, con su deseo de privar a los ciudadanos de los bienes espirituales que ellos libremente decidan tomar.
Con frecuencia, la ira del laicista recae sobre los católicos, que no quieren recibir la imposición de la moral laicista. De esta forma, con demasiada frecuencia el frente laicista más radical distorsiona la religión católica promoviendo visiones de la misma altamente deformadas o reduciendo el catolicismo a una moral sexual, a una posición política, a un esquema pasado, etc… En realidad la esencia del Cristianismo es el amor a Cristo y el resto no dejan de ser consecuencias de esto.
El Padre Jony es un sacerdote católico que desarrolla su labor pastoral en Cataluña. Es uno de esos amigos y enamorados de Jesús que además disfruta con el rock, con sus amigos, con su labor pastoral y con sus aventuras solidarias desinteresadas. El laicismo intolerante no puede entender que el Padre Jony haga esto porque no puede entender hasta donde llega el amor del Padre Jony por Jesús. Aquí dejamos tres vídeos, una presentación del Padre Yony y dos canciones de parroquia muy rockeras.
Saludo del padre Jony:
Dos vídeos musicales del padre Jony:
¿Laicismo obligatorio en Educación para la ciudadanía y en la Constitución?
Filed under: Análisis de informaciones de los medios (4ESO B1), Análisis de informaciones de los medios (S B1), Ciudadanía, desarrollo y cooperación (4ESO B5), Convivencia en el entorno inmediato (P B2), Convivencia y conflicto: emociones y diálogo (P B2), Convivencia y normas para convivir (P B3), Debates sobre cuestiones de actualidad (4ESO B1), Democracia y participación ciudadana (4ESO B4), Diferencias sociales e intolerancia (4ESO B3), Dignidad de la persona, igualdad y diversidad (4ESO B6), Discriminaciones a distintos colectivos (4ESO B5), Diversidad cultural y religiosa (P B2), Diversidad social y cultural - Convivencia (S B4), Ejercicio de los derechos y los deberes (P B2), El Estado de Derecho (S B4), Exposición de opiniones y juicios - Tolerancia (S B1), Exposición de opiniones y juicios-Debate (S B1), Habilidades y actitudes para la convivencia (4ESO B2), Identidad personal, libertad y responsabilidad (4ESO B2, Igualdad de derechos y diversidad (S B3), Inteligencia, sentimientos, relaciones (4ESO B2), La dignidad humana: libertad y responsabilidad (P B1), Las teorías éticas (4ESO B3), Los derechos humanos, económicos y sociales (4ESO B3), Los sentimientos propios y ajenos (4ESO B1), Los valores constitucionales (4ESO B4), Marginación, discriminación e injusticia (P B2), Objeción Conciencia Educación para la Ciudadanía, Principios, Constitución y democracia (P B3), Reconocimiento de injusticias y desigualdades (4ESO B1), Temas de debate sobre Educación para la Ciudadanía, Valores ciudadanos: respeto y tolerancia (P B1) | Etiquetas: adoctrinamiento, ateísmo, ética, ciudadanía, educación ético cívica, Educación para la ciudadanía y los Derechos Humanos, educacion para la ciudadania mec, ESO, intolerancia, laicidad, laicismo, libertad, LOE, MEC, Reeducación para la ciudadanía, religión, verdad

En una reciente entrevista Victorino Mayoral, diputado del PSOE y presidente de la Fundación Cives, defiende un Estado laico que respete las creencias y establezca las ayudas que éstas requieran. Considera que la Constitución, establece la aconfesionalidad entendida como laicidad positiva, basada en la cooperación entre el Estado y las confesiones religiosas. Coincide en esto con lo que vienen diciendo los ciudadanos creyentes y los representantes de la Iglesia católica, que piden colaboración y respeto con la fe cristiana, y respeto de los derechos humanos. Concretamente la Iglesia defiende el derecho a la vida desde la concepción, el matrimonio como institución natural entre el varón y la mujer, o el derecho de los padres para elegir la educación religiosa y moral para sus hijos.
Efectivamente dice la Constitución que: «Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones» (Art. 16, & 3). Este es el sentido de la aconfesionalidad laicista positiva que pide al Estado aceptar sinceramente la fe religiosa como un derecho de los ciudadanos y parte del bien común, que debe promover positivamente, evitando la fácil tentación de poner continuos obstáculos. En este sentido, la misma Constitución señala que: «Los poderes públicos garantizarán el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones» (Art. 27, & 3), y añade que: «Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca» (Art. 27, & 9).
No se entiende entonces la lucha práctica del Gobierno socialista contra la enseñanza académica de la religión, relegándola en el currículo. En cambio, la LOE inventa una Educación para la ciudadanía, plenamente obligatoria e integrada, que ha levantado muchas sospechas entre los padres y centros educativos de todo tipo, como posible cauce de adoctrinamiento en el laicismo. ¿Es tan difícil de entender para el Gobierno que una cosa es el valor intelectual y cultural de la fe católica y otra la práctica efectiva de la fe y la catequesis en las parroquias? Además, ¿por qué hay que oponer los valores religiosos, católicos, luteranos o judíos, a los valores ciudadanos?
En cuestión de asistencia social el Sr. Mayoral reconoce ignorar que los colegios de la Iglesia gestionan los recursos económicos mejor que la Administración pública, aunque se trata de datos públicos y comprobados, como también lo es que la ONU acaba de reconocer la labor de la Iglesia en la lucha contra el sida, ya que el 25% de los organizaciones humanitarias están apoyadas por estructuras católicas, es decir, personas creyentes que sirven al bien común concreto en los enfermos y necesitados de calor humano, más que de estructuras anónimas y a veces inoperantes.
No parece que el Gobierno de Rodríguez Zapatero tenga en cuenta las buenas palabras del presidente de la Fundación Cives cuando ha obsequiado a los creyentes con una batería de leyes: contra la libertad de los padres para elegir la escuela que desean y educar a sus hijos en la religión elegida año tras año; contra el matrimonio como unión estable entre un varón y una mujer; contra su indisolubilidad estableciendo el divorcio por la vía rápida; contra la dignidad humana de los embriones que serán manipulados, clonados y desechados simplemente como material genético. La estrategia laicista pasa también por un cambio de las palabras nada inocente que intenta alterar subrepticiamente el sentido común; así «pareja», en lugar de matrimonio, «uniones» en lugar de familia; «preembrión» en lugar de embrión, «ciudadano» en vez de persona, y un largo etcétera.
En realidad alguien está contribuyendo a la confusión pero no es el Sr. Mayoral. Sus buenas palabras invitan a la confianza mientras que las acciones del Gobierno de sus correligionarios inquietan a los padres cristianos, a los responsables de la Iglesia católica, y a millones de ciudadanos que salen a la calle como nunca para defender los derechos de todos. Porque el socialismo español se ha convertido en un panzer sonriente para cambiar la naturaleza de la sociedad, a imagen y semejanza del mono desnudo.
El politólogo G. Weigel habla de una cristofobia entendida como intento de borrar las raíces cristianas de Europa, excluyendo de la vida pública los valores que la han configurado y a las personas que intentan encarnarlos. Porque la ofensiva laicista no es neutral y respetuosa con la religión cuando trata de recluir la fe en el ámbito de la conciencia. En realidad tiene una concepción mutilada del ser humano, reducido a necesidades materiales pero carente de necesidades espirituales y de relación con Dios; por eso la vida social sería simple política sin trascendencia y el bien común estaría cerrado a los valores trascendentes. Se abriría así una inmensa brecha en nuestra historia para lanzarse a la utopía de una sociedad aparentemente libre en la superficie pero dominada en realidad por grupos poderosos gobernando de espaldas a las personas, repitiendo aquel «todo para el pueblo pero sin el pueblo».
Relativismo y derechos humanos
Filed under: Ciudadanía, desarrollo y cooperación (4ESO B5), Convivencia y normas para convivir (P B3), Debates sobre cuestiones de actualidad (4ESO B1), Declaración universal de los derechos humanos (S B3), Derechos del niño y derechos humanos (P B1), Ejercicio de los derechos y los deberes (P B2), El Estado de Derecho (S B4), Exposición de opiniones y juicios - Tolerancia (S B1), Exposición de opiniones y juicios-Debate (S B1) | Etiquetas: adoctrinamiento, ateísmo, ciudadanía, derechos humanos, Educación para la ciudadanía y los Derechos Humanos, educación sexual, educacion para la ciudadania mec, ESO, intolerancia, libertad, LOE, MEC, moral, moralidad, opus dei, Reeducación para la ciudadanía, religión, revolución sexual, verdad

Debemos promover y fomentar esas verdades nucleares en torno a las cuales se hace posible la convivencia democrática. Creo que esos fundamentos se encuentran en los derechos humanos, aquellas exigencias básicas de la naturaleza humana. Decididamente no creo que la sociedad liberal y democrática exija una moral anoréxica, que rehuya establecer algún contenido al bien común. La libertad requiere de una trama común, de un orden de libertades, de un marco para su despliegue. Este no es otro que el fortalecimiento de los derechos humanos y la defensa de la dignidad de la persona. La libertad, sin esa orientación hacia lo justo y lo bueno, decae en un individualismo destructor de la vida social. Precisamente nuestro compromiso con los derechos humanos deben convertirse en nuestra moral, en nuestros lazos públicos y comunes. En este sentido, resulta paradójico que quienes hace pocos años enarbolaban con decisión y valentía la bandera de los derechos humanos, hayan dejado atrás ese convincente discurso para convertirse en heraldos de la diferencia y busquen legitimar modelos alternativos de familia que vienen a minar los cimientos de esos derechos. Negar la universalidad de los derechos humanos -una naturaleza común a todos-, es negar el carácter universal e inteligible de la experiencia humana, es hacer imposible un verdadero entendimiento. Sin convicciones morales comunes las instituciones no perduran y se da una libertad vacía, que no raras veces se emplea para derogar y abdicar de la misma libertad. Debemos respetar el fundamento de nuestra cultura y las evidencias religioso-morales custodiadas por ella. Apartarse de las grandes fuerzas morales y religiosas de la propia historia es el suicidio de una cultura y una nación. El matrimonio de un hombre y una mujer no es una invención de los católicos sino un patrimonio común de las grandes culturas. Se hace necesario cultivar las evidencias morales esenciales y defenderlas como bien común. Los derechos humanos fundamentales, exigencias verdaderas de la naturaleza humana, constituyen el núcleo no relativista de la democracia. Precisamente ése es el sentido de la democracia: garantizar la inviolabilidad de los derechos humanos. Con acierto lo ha proclamado Spaemann: “Los derechos humanos no están sujetos al mandamiento del pluralismo y la tolerancia, sino que son el contenido de la tolerancia y la libertad”.
Pero esta esperanza comienza a esfumarse. La declaración universal de los derechos humanos de 1948 no contempló los llamados “derechos reproductivos”. Entretanto sobrevino la revolución sexual, el intento programático de separar el ejercicio de la sexualidad de la institución del matrimonio y de la perspectiva de la paternidad y maternidad. La concepción cristiana de los derechos humanos está sistemáticamente atacada por las organizaciones internacionales. El nuevo libro de las italianas Eugenia Roccella y Lucetta Scaraffia “Contra el Cristianismo: la ONU y la Unión Europea como nueva ideología” así lo ha denunciado. El relativista habla constantemente de derechos humanos pero los deja en el aire porque no está dispuesto a aceptar que los derechos humanos tienen un fundamento ético objetivo. Poderosos grupos de presión antinatalistas, abortistas, ecologistas y homosexuales están tratando de presentar los derechos reproductivos (aborto y contracepción) como derechos humanos fundamentales y de destruir la familia equiparándolos a la unión homosexual. Así es difícil entendernos y atónitos contemplamos una “envilecedora derrota de la humanidad”.
Soluciones para frenar la exclavitud del aborto y defender los derechos constitucionales
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Es un tema comparable al de la esclavitud. Tiene una gran importancia en la historia de nuestra cultura. Igual que fue muy difícil abolir la esclavitud, lo será yo creo acabar con este problema de la legalización del aborto y lo que lleva consigo de muerte de seres humanos, porque exige también ir contracorriente, luchar contra lo políticamente correcto.
Guadalupe Juárez: Regresamos con un tema que estoy segura, le va a interesar. Vamos a platicar esta mañana con el doctor Andrés Ollero Tassara. Él es catedrático de Filosofía y Derecho de la Universidad del Rey Juan Carlos allá en Madrid. Entre sus obras más relevantes sobre la Constitución Española pueden citarse Derechos humanos y metodología jurídica, Discriminación por razón de sexo, Igualdad en la aplicación de la ley y precedente judicial, Derecho a la verdad. Es miembro de la Junta Electoral Central y él ha sido diputado durante 17 años.
Andrés Ollero: Sí, en efecto.
Guadalupe Juárez: ¿Cómo le va doctor? Bienvenido. Que gusto saludarle. Muy buenos días.
Andrés Ollero: Encantado de estar aquí en México una vez más, porque afortunadamente ya tuve tres ocasiones de estar aquí.
Guadalupe Juárez: Y viene con un asunto muy particular. Va a platicar, va a dar una conferencia sobre el aborto. Se discutió mucho este tema, hace unas semanas, hace unos meses, estábamos platicando de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal donde se llevó a cabo esta resolución sobre el aborto aquí en la Ciudad de México.
Un asunto que dividió evidentemente a la población, la ciudadanía a favor y en contra de estos puntos y platicábamos doctor que no se necesita estar en un partido u otro. Aquí lo que se tiene que respetar son los derechos humanos.
Andrés Ollero: Sin duda alguna. Es un tema que me afecta mucho personalmente, porque me dedico a la teoría y a la filosofía del derecho y creo que es un tema comparable al de la esclavitud. Tiene una gran importancia en la historia de nuestra cultura .Igual que fue muy difícil abolir la esclavitud, lo será yo creo acabar con este problema de la legalización del aborto y lo que lleva consigo de muerte de seres humanos, porque exige también ir contracorriente, luchar contra lo políticamente correcto.
Lo políticamente correcto fue que hubiera esclavos, por supuesto; no se concebía un sistema económico que pudiera funcionar sin esclavos. Por ejemplo en el sur de Estados Unidos ¿no?
Sin embargo, hubo quien luchó contra aquello y consiguió que hoy en día nos extrañe que hubiera una época de la humanidad en que hubiera esclavos. Yo creo que dentro de algún tiempo, quizá demasiado, igualmente se extrañarán de que en el siglo XX, en el siglo XXI, en zonas civilizadas se pudiera considerar normal jurídicamente, acabar con la vida de un ser humano ¿no?
Guadalupe Juárez: En este caso. ¿Cómo se divide la ciencia y el derecho?. ¿Cómo se pueden conjuntar?, ¿Qué es lo que sale de todo esto?
Andrés Ollero: Creo que es muy importante que cada uno esté en su sitio, porque si no, se engaña a la gente. La ciencia lo que hace es describirnos hechos. Por ejemplo, los científicos lo que hacen es decirnos: desde el momento de la concepción hasta el nacimiento, en la semana primera pasa tal cosa, en la semana segunda pasa tal otra, etcétera, etcétera y se acabó…
Por supuesto, un científico sabe que desde la concepción hay vida humana. Sabe distinguir una célula embrionaria humana de la célula de un chimpancé o de la célula de un vegetal. Eso está clarísimo. El asunto es, en qué medida luego el jurista considera o no justificados esos hechos que el científico va transmitiéndole; o sea, el jurista considera o no de justicia que reconozcamos como ser humano a efectos jurídicos lo que tenemos ahí. Esa es la clave. Ahora, lo que yo creo que hay que evitar es echarle al científico “el muerto” como suele decirse; y nunca mejor dicho que en este caso sería echarle “el muerto”… El científico lo único que ha dicho es que hasta la duodécima semana – puesto que de ese plazo habla la ley de la Asamblea Legislativa -, hasta la duodécima semana el desarrollo del embrión humano ha sido “éste…” Ahora, si debe o no considerársele como un ser humano a efectos jurídicos, como persona, etcétera, es ya un asunto respecto al cual el científico no tiene nada que decir.
El jurista no debe transferir su responsabilidad y decir, como he leído aquí a algunos prestigiosos colegas mexicanos, que hasta las doce semanas biológicamente no hay vida humana… Eso es un disparate. Vida humana hay desde la concepción; lo sabe cualquier biólogo. Observa esa célula y sabe distinguirla de la de un chimpancé, porque tenemos un ADN distinto. Eso es obvio. El asunto jurídico será si nosotros vamos a considerar que desde que hay un ser humano, lo vamos a respetar como tal, o si hacemos aquí un club donde admitimos a quienes creamos oportuno y cuando nos parezca oportuno. Entonces, en un país, serán doce semanas, en otro país serán más semanas, porque, por ejemplo en España, en algunos supuestos despenalizados, no se juega con doce semanas, sino con más. Eso es absolutamente arbitrario y no tiene nada que ver con la ciencia.
Guadalupe Juárez: ¿Cómo se divide el derecho y la moral? ¿Aquí cómo se le hace? Porque, pues, un abogado puede estar a favor. Un abogado puede estar en contra y aquí ¿cómo le hacemos para separar estas cuestiones?
Andrés Ollero: Eso es un problema interesantísimo; quizá el más complicado que hoy tenemos. Se suele decir que el derecho es un mínimo ético, lo que significa que el derecho no debe obligar a que se cumpla toda exigencia moral. A nadie lo condenan por malos pensamientos, afortunadamente… El derecho lo que va a hacer es ocuparse de unos contenidos éticos mínimos imprescindibles para que haya una convivencia humana. Entonces aquí, el problema consiste en si vamos a entender que la vida del no nacido forma parte de ese mínimo ético que el derecho tiene que proteger o si por el contrario, consideramos que no y, por tanto, allá cada cual con su conciencia; que haga con el no nacido lo que le parezca. Lo que significa que o el ser humano va a estar disponible para que cada cual en conciencia haga con él lo que quiera o el ser humano va a estar protegido por el derecho de manera que no pueda nadie disponer de él. Esa es la clave de la cuestión. Estamos discutiendo si respetar la vida del no nacido es meramente una exigencia moral, y allá cada cual con el concepto de moral que tenga, su concepto de lo bueno o de lo útil o de lo que sea; o si, por el contrario, aquí hay un derecho humano que hay que defender y que además para eso está aquí la Corte Suprema de Justicia o el Tribunal Constitucional Español; para que, gobierne quien gobierne, haya que protegerlo siempre, para que no quede al albur de mayorías parlamentarias coyunturales. Los derechos humanos no pueden depender de que gane las elecciones fulanito o menganito, sino que tienen que estar protegidos siempre.
Guadalupe Juárez: En este aspecto, ha surgido el bioderecho. ¿Qué tan importante es esta rama para tratar de darle salida a asuntos como el aborto, como la clonación, como los embriones humanos, como la eutanasia. En fin, otros temas que también son muy delicados
Andrés Ollero: Sí. En concreto, tengo un libro sobre bioderecho y he utilizado ese término y no el de bioética, porque creo que es importante una vez más distinguir la moral y el derecho, por lo siguiente: en la moral, lo lógico es que surja en primer plano la compasión.
Por ejemplo en el caso de la eutanasia: un enfermo terminal que está sufriendo. Lo lógico es que uno sienta compasión por él y diga a ver cómo arreglamos esto como sea. O, por ejemplo en el caso del aborto, pues hay una mujer que ha sido violada, o una mujer que está en una situación social desesperada. En España la mayor parte de las que abortan, son inmigrantes, sin papeles, porque están abandonadas, sin nada, y encima de pronto, se encuentran embarazadas y dicen y ahora qué hacemos… Entonces, se genera esa actitud de compasión.
El derecho, sin embargo, suelo decir de modo un poco gráfico, pinta con brocha gorda. El derecho no hace miniaturas, como hace la moral, que estudia un caso determinado y se compadece de él. El derecho tiene que regular relaciones generales y por tanto, intentar hacer una miniatura con brocha gorda es imposible. El derecho tiene que estar pendiente de cuáles son las consecuencias de lo que va a hacer, porque su problema no es resolver la situación de un enfermo determinado. Hubo alguno muy famoso, en España; fue el caso que mereció una película. Pero el jurista se tiene que preguntar: si yo despenalizo la eutanasia, ¿qué pasa luego? Lo que pasa, según los holandeses nos cuentan, es que mil personas que no han pedido morir, mueren. Ah, pues eso es un disparate…
¿Qué pasa con el aborto? Si nos planteamos que está en peligro la salud de la madre, hay que elegir entre la vida de la madre y la del hijo, deberíamos solucionar esa tragedia en miniatura. Así, al final, en España ¿qué es lo que ocurre? Pues que se despenaliza el aborto y el último año ha habido cien mil abortos. Y según la última encuesta seis mil mujeres, seis mil, han sido víctimas del aborto ya tres veces. O sea, que se ha trivializado de tal manera el aborto, que se ha convertido en algo que se hace con absoluta naturalidad y sin que resulte particularmente escandaloso que se llegue a esa situación de auténtica trivialidad, cuando es impensable que una mujer se haya encontrado en tres ocasiones en una auténtica situación límite. Sucede que eso se ha convertido ya en algo que se hace con la misma normalidad que operarse de apendicitis. Creo que el jurista debe sentirse responsable de las consecuencias de lo que está haciendo, porque, a lo mejor, argumenta queriendo resolver un caso que genera compasión moral, pero lo que está haciendo es un despropósito desde el punto de vista jurídico.
Guadalupe Juárez: Pero aunque no se despenalice el aborto, sigue habiendo abortos.
Andrés Ollero: Si, es un argumento que me ha llamado la atención entre los que aquí esgrimen los que defienden ese proyecto de la Asamblea Legislativa. Dicen: aborto hay de todas maneras; por tanto, para qué lo vamos a penalizar cuando además en un sistema liberal rige el principio de mínima intervención penal, por el cual el derecho penal debe entrar en juego lo menos posible.
Bueno, con ese mismo argumento se diría: robo va haber siempre, por tanto, para qué lo vamos a penalizarlo ¿no? Yo creo que es al contrario…
Guadalupe Juárez: Pero ¿no son dos casos diferentes, no son dos cosas diferentes?
Andrés Ollero: Evidentemente que son diferentes, para mi es mucho más importante la vida humana que la propiedad. Por tanto, para mi tiene más importancia penalizar el aborto, que lo que hace es sacrificar una vida humana, que penalizar el robo, que a lo mejor moralmente incluso, en estado de necesidad, sería totalmente inocuo. Una persona que necesita para subsistir algo, ese algo es suyo, desde el punto de vista moral, porque los bienes son de disposición general…
Guadalupe Juárez:: Pero entonces, ¿una mujer no tiene derecho a decir, no quiero tener un hijo, no puedo tener un hijo?
Andrés Ollero: Por supuesto que sí.
Guadalupe Juárez: ¿Y practicarse sin que haya penas para ella?
Andrés Ollero: Por supuesto que sí. Por supuesto que sí. La mujer tiene absoluto derecho a autodeterminarse respecto a si quiere o no a tener un hijo y a cuántos quiere tener y cuándo los quiere tener. Eso es clarísimo. Lo que debería también estar clarísimo es que una vez que lo tiene, no tiene derecho a matarlo en absoluto.
Guadalupe Juárez: ¿Se le debe castigar a las mujeres?. ¿Debe haber mujeres en las cárceles por estos hechos?
Andrés Ollero: Eso ya es distinto y, en el fondo, nos lleva también una vez más a recordar cómo funciona el derecho, porque casi siempre estas cuestiones se acaban planteando a golpe de leyes, con brocha gorda, pero el derecho tiene también su capacidad de miniatura que es la función del juez. El juez, con una ley que penalice el aborto, puede utilizar lo que se llaman atenuantes o incluso eximentes y puede por tanto evitar tener que castigar a una mujer, si entiende que ha habido unas circunstancias que así lo justifican. De hecho, por ejemplo, en España no se condena por aborto a una mujer desde tiempo inmemorial.
Esto ha hecho que un magistrado penalista español escriba hace unos días: bueno, para qué penalizamos el aborto, si luego no castigamos a nadie… Pero esa es una visión del derecho penal falsa, porque el derecho penal no existe solamente para castigar. El derecho penal normaliza las relaciones sociales. Convierte en normal o anormal una conducta. Si yo despenalizo el aborto en las doce primeras semanas, lo que estoy diciendo es que es normal abortar en esas semanas; que es igual que decidir si me voy de vacaciones o no. Es un problema ante el que yo dispongo lo que me parezca. Como el ciudadano tiende a pensar que lo que le prohíbe el derecho es rechazable y lo que le permite es aceptable, lo que se está consiguiendo es que el aborto se convierta en algo aceptable.
En España, en la práctica, no va a la cárcel por aborto ninguna mujer, pero, como consecuencia de la despenalización, el número de abortos crece cada año. El último año ha crecido un diez por ciento. ¿Por qué?, porque el ciudadano entiende que es normal abortar y entonces nos encontramos con esas mujeres que llegan a ser víctimas, porque las víctimas son ellas, llegan a ser víctimas de un aborto tres veces. Eso es consecuencia de la despenalización; si no, no hubiera ocurrido nunca. Probablemente, a lo mejor se hubieran visto involucradas en un proceso, no hubieran sido condenadas, no hubieran ido a la cárcel.
Guadalupe Juárez: En el caso del bioderecho, aquí ¿cuál sería la pena?, ¿cómo se sale de este problema para que no haya más abortos, para que no haya mujeres en la cárcel y para que las mujeres tengan derecho a realizar sobre su cuerpo lo que ellas decidan?
Andrés Ollero: Pues mire, en España hay una iniciativa muy interesante que está teniendo unos resultados bastante llamativos. Se está poniendo en marcha en todas las Comunidades Autónomas, que son como los Estados acá. Una iniciativa legislativa popular. Con millares de firmas de ciudadanos, se proyecta una ley, que lo que pretende es algo muy simple: que a cualquier mujer embarazada se le garantice ayuda para resolver todos los problemas que su embarazo le pueda producir.
Eso se ha puesto en marcha en la Comunidad Autónoma de Madrid y en un año se han evitado diez mil abortos, que equivale al diez por ciento de los que ha habido en toda España. Simplemente porque a esa inmigrante que de pronto está embarazada y se encuentra sin papeles, sin trabajo, convirtiéndose en un problema para los que la rodean, se le acoge, se le ayuda, se le resuelve la cuestión y no aborta. Si la primera que no quiere abortar es la mujer… Yo no conozco a ninguna mujer que disfrute abortando. Si hasta cuando se produce un aborto espontáneo hay que acudir con frecuencia a apoyo psicológico para ayudar a esa mujer, porque le produce un síndrome depresivo. Mucho más cuando ella misma se siente responsable de que su hijo haya muerto. Eso es tremendo…
Guadalupe Juárez: Claro que no solo es un problema de mujeres migrantes, también es un problema de mujeres españolas.
Andrés Ollero: En España sin embargo, se está dando una circunstancia muy original. Por un lado, las pocas veces que han detenido a médicos por abortos ilegales, suelen ser extranjeros. Y las pacientes en gran medida son también extranjeras, inmigrantes… O sea, que el número de españoles que intervienen en abortos es relativamente inferior… Y luego, otro aspecto más preocupante. Cada vez es mayor el número de menores de edad, menores de dieciocho años que abortan. En el fondo, el aborto se está convirtiendo en una especie de medio anticonceptivo de emergencia.
Guadalupe Juárez: ¿Cuál sería entonces la solución para el bioderecho en este asunto del aborto en particular?
Andrés Ollero: Para mi, la solución es defender los derechos humanos, defender, por tanto, el derecho a la vida del no nacido y luego a la vez…
Guadalupe Juárez: ¿Que se prohíba el aborto?
Andrés Ollero: Claro.
Guadalupe Juárez: ¿Esa es la solución?
Andrés Ollero: Evidentemente y a la vez ayudar a la mujer.
Guadalupe Juárez: Entonces, ¿se equivocó la Asamblea Legislativa al aprobar en la Ciudad de México esta ley que se acaba de aprobar?
Andrés Ollero: No tengo la menor duda. Por supuesto que eso es un atropello a los derechos humanos. De hecho, según la jurisprudencia constitucional española, eso sería imposible hacerlo en España. Sería inconstitucional, porque esa es otra.. He leído aquí algunos argumentos sobre la jurisprudencia española que la verdad, fruto de la ignorancia serán, porque no creo que lo sean de la mala fe; no tienen nada que ver con lo que dice la sentencia del Tribunal Constitucional español. La sentencia española rechaza absolutamente la posibilidad de que se pueda disponer de un ser humano durante las doce primeras semanas. Otra cosa es que, en determinados casos, ponderando el derecho de la madre y el bien jurídico de la vida del no nacido, se admita en casos como violación o malformaciones congénitas, pero siempre con un elemento de justificación; no diciendo: durante las primeras doce semanas hagan lo que quieran. No, no, eso en absoluto…
Guadalupe Juárez: Pues que interesante la discusión doctor. ¿Dónde le podemos seguir, dónde va a ser la conferencia?
Andrés Ollero: Pues en la misma Corte Suprema Corte de Justicia.
Voz de hombre: En la sede de Avenida Revolución 1807.
Guadalupe Juárez: Avenida Revolución 1807. Junto al Teatro helénico. ¿A qué hora?
Voz de hombre: A las cinco de la tarde.
Guadalupe Juárez: A las cinco de la tarde. Muy bien, pues ahí los que nos están escuchando y que se han quedado “picados” como decimos por acá doctor, entonces que lo vayan a ver. ¿Es abierto para toda la población interesada?
Voz de hombre: Así es
Guadalupe Juárez: Muy bien, puede ir cualquier persona, la entrada es libre y ahí tiene una cita usted con el doctor Andrés Ollero Tassara que va a seguir con este tema. Doctor un placer. Muy buenos día.
Andrés Ollero: Muchas gracias a ustedes.
Un duro examen tipo test sobre la Constitución Española para Educación para la Ciudadanía
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Este es el examen. No es fácil. Nunca lo ha sido.
1. En relación con el derecho y el deber de defender a España, la Constitución establece:
- Que la ley fijará las obligaciones militares de los españoles regulando la objeción de conciencia así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio.
- Que el servicio militar es obligatorio y ningún ciudadano puede alegar como motivo para su incumplimiento razones de objeción de conciencia.
- Que la ley regulará el servicio militar en régimen de opcionalidad.
- Las tres afirmaciones anteriores son correctas.
2. Podrán ser sometidos a torturas, penas o tratos inhumanos:
- Los terroristas y autores de delitos de sangre.
- Ningún ciudadano, en ningún caso.
- Los terroristas en caso de que se nieguen a colaborar con la policía.
- Ningún ciudadano en ningún caso, excepto los católicos si van a Misa los domingos.
3. Sobre el derecho de asociación la Constitución establece:
- Que las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales y se prohiben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.
- Que las asociaciones constituidas deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.
- Que las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.
- Las tres afirmaciones anteriores son correctas.
4. La Constitución establece el derecho a la educación y reconoce la libertad de enseñanza. Pero, ¿cuál será el objeto básico de la educación? :
- Conseguir el máximo de conocimientos para asegurar un comportamiento educado y sumiso a los gobiernos socialistas.
- Obtener los mejores resultados posibles en Educación para la ciudadanía.
- Delimitar el número de personas que son aptas para entrar en la universidad.
- Desarrollar plenamente la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
5. ¿Puede un español de origen ser privado de su nacionalidad?:
- No, ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
- Sólo en los casos de doble nacionalidad.
- Sí, cuando cometa delitos de sangre.
- No, excepto en los casos de matrimonio con extranjeros.
6. ¿Hace la Constitución alguna referencia a los sindicatos de trabajadores?
- No, aunque se deja abierta la posibilidad de que se creen.
- Sí, hace referencia a los sindicatos de trabajadores y a las asociaciones empresariales.
- Sí, los sindicatos de trabajadores son lo mismo que los partidos políticos.
7. ¿Pueden los estatutos de autonomía reconocer banderas y enseñas propias?
- No, sólo la bandera española podrá presidir los edificios y actos públicos.
- Sí, y se utilizarán junto a la bandera de España en los edificios públicos y en los actos oficiales.
- Sí, y serán sólo estas banderas y enseñas propias las que presidan los edificios autonómicos sustituyendo a la bandera española o poniendo la bandera de los gays en lugar de la española.
8. Según la Constitución, son fundamento del orden político y de la paz social:
- La dignidad de la persona y los derechos inviolables que le son inherentes.
- El libre desarrollo de la personalidad.
- El respeto a la ley y a los derechos de los demás.
- Las tres opciones anteriores son correctas.
9. Quedarán excluidas en la sucesión a la Corona:
- Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey.
- Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio con personas pertenecientes a países con los que España no tiene buenas relaciones.
- Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión contrajeren matrimonio contra la expresa voluntad del Rey y las Cortes Generales.
- Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, así como sus descendientes.
10. En la Constitución española queda abolida la pena de muerte:
- En cualquier caso o circunstancia.
- Sólo para casos de delitos menores o políticos, o de enfermedades mentales incluida la homosexualidad.
- Salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
- Queda abolida incluso en los tiempos de guerra.
11. La Soberanía Nacional reside:
- En el Pueblo Español del que emanan todos los poderes
- En las Cortes Generales
- En el Rey y en las Cortes Generales
12. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio:
- de forma obligada por el colectivo gay.
- Con plena igualdad jurídica entre sí mismos, siempre y cuando ambos contrayentes sean mayores de 21 años.
- Con plena igualdad jurídica entre sí, varón con mujer, y una ley regulará después las distintas formas alternativas de convivencia tales como el arrejuntamiento, el matrigay, el lesbimonio, el matrimonio de conveniencia, la poligamia, la poliandria, etc…
13. Según la Constitución el trabajo es:
- Un derecho y un deber.
- Un deber y una obligación exclusivamente.
- Un derecho para las mujeres y un deber para los varones.
- Un derecho para los vagos y maleantes.
14. Las elecciones tendrán lugar:
- En los 30 días desde la terminación del mandato.
- Dentro de los 25 días siguientes a la terminación del mandato.
- Entre los 30 y 60 días desde la terminación del mandato.
- No antes de 60 días desde la finalización del mandato.
15. Según la Constitución:
- Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades, excepto cuando a los gobiernos socialistas no les guste lo que piensen y digan.
- Ninguna confesión tendrá carácter estatal, excepto el laicismo beligerante y las normas propuestas por la dictadura de los homosexuales.
- Los poderes públicos deberán tener en cuenta las creencias religiosas de la sociedad pero en el fondo pasarán de ellos y harán lo que crean mejor. Incluso adoctrinarán a la población con clases de Educación para la ciudadanía.
- Ninguna de las afirmaciones anteriores es del todo correcta.
16. La lengua oficial del Estado es, según la Constitución:
- Única y exclusivamente el castellano, en todo el territorio nacional.
- El Castellano, aunque las demás lenguas de España también serán oficiales en las respectivas comunidades autónomas de acuerdo con sus estatutos.
- El castellano, excepto en Cataluña, que será el catalán y el francés.
17. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con:
- La Constitución de Cádiz de 1812 y la Constitución americana.
- La Declaración Universal de los Derechos Humanos, únicamente.
- La Declaración Universal de los Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.
- Los principios fundamentales del Movimiento y las clases de Educación para la Ciudadanía.
18. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones no se corresponde con una función constitucional del Rey? :
- Corresponde al Rey sancionar y promulgar las leyes.
- Nombra y separa a los miembros del Gobierno atendiendo a sus criterios de Jefe del Estado.
- Convoca a referéndum en los casos previstos en la Constitución.
- Es competencia del Rey expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros.
19. Sobre los partidos políticos, la Constitución establece:
- Expresan el pluralismo político.
- Concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política.
- Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
- Las tres respuestas anteriores son acertadas.
20. Los españoles son mayores de edad:
- A los 18 años, aunque para votar hay que tener 21.
- A los 18 años.
- A los 18 años para ir a la mili, a los 21 para votar y a los 17 para casarse sin el pertinente permiso paterno.
- Las tres opciones anteriores son correctas.
21. ¿En cuál de las siguientes materias no tienen competencia las Comunidades Autónomas?:
- Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma.
- Las obras de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio.
- Régimen aduanero y arancelario; comercio exterior.
- Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.
22. La Constitución reconoce el derecho de participación. Según este derecho:
- Los estudiantes de derecho y económicas podrán participar en los asuntos públicos ya que se requieren esos conocimientos para poder presentarse a las elecciones por cualquier partido político.
- Sólo los licenciados en Ciencias Políticas podrán participar en los asuntos públicos directamente, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
- Todos los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
- Sólo los ciudadanos que cuenten con el Graduado Escolar podrán participar en los asuntos públicos, excepto si se es homosexual, en cuyo caso siempre se tiene razón.
Educación para la ciudadanía: preguntas sobre la Constitución
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Si has leído la Constitución Española deberías poder responder estas cuestiones. ¿Te atreves?:
Educación para la ciudadanía: materiales del Ministerio de Educación
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Como buen ciudadano te interesa cuanto antes, seas profesor, padre o alumno, conocer cuáles son los materiales didácticos que el Ministerio de Educación quiere utilizar en Educación para la ciudadanía, y en particular los que aconseja a los padres. Como puedes imaginarte, estos materiales son el instrumento elegido por el gobierno para intentar convertir a la población en edad escolar en ciudadanos adoctrinados en el comportamiento que a ellos más les interesan. Esta es la lista de títulos de materiales didácticos que el Ministerio pone a disposición de los padres y de todos aquellos que quieran secundar el proyecto del Ministerio de Educación para cubrir el temario de Educación para la ciudadanía. Si te encuentras en clase con algo de esto, ya sabes de dónde proviene. ¡Cuidado, no adoctrines y no te dejes adoctrinar!
Lista de materiales didácticos del Ministerio de Educación para Educación para la Ciudadanía:
Educar en Valores
- Prevención del racismo, la xenofobia y la intolerancia
- Somos iguales, somos diferentes
- Intercultura-net: Interculturalidad en internet
- Viaje a la esperanza
- Educación ocio
- La responsabilidad en el niño
- Educar en el uso del dinero
- Educar la tolerancia en un mundo de diversidad
- El valor del esfuerzo en la formación de la persona
- ¿Tienen valores los hijos?
- La eutanasia, ¿si o no?
- Educación para la paz, de Manuel Méndez y Pilar Llanderas
- Racismo y Xenofobia: el conflicto de la interculturalidad, de Manuel Méndez Santamaría
La implantación de Educación para la Ciudadanía (EpC) ya cuenta con una guía didáctica oficial del Ministerio de Educación.
Educación para la ciudadanía: material didáctico sobre Declaración de los Derechos Humanos
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Se trata de hacer un comentario de texto sobre el preámbulo de la Declaración de los Derechos Humanos. Se pedirá al alumno que haga lo siguiente:
1.- Clasificación del texto.
2.- Tema. Estructura: interna y externa.
3.- Nivel fónico.
4.- Nivel morfosintáctico: sustantivos, adjetivos, verbos, oraciones.
5.- Nivel semántico.
6.- Conclusión.
Este es el texto del Preámbulo de la Declaración de los Derechos Humanos. Al final se proponen unas preguntas de interés para el alumno:
La Declaración
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajante para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a romover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso; La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseeguren, por medidas progresivas el carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los territorios colocados bajo su jurisdicción.
(Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. «Declaración Universal de los Derechos Humanos»).
Cuestiones propuestas:
• ¿Qué motivos crees que llevaron a las Naciones Unidas a tener que recoger los derechos y deberes de la humanidad en un texto?
• ¿Te parece que en España se cumplen los Derechos Humanos? ¿Te parece que el texto establece claramente la igualdad entre todos los seres humanos?
• ¿En el mundo se dan esas condiciones de igualdad que propugna este preámbulo? ¿Puedes poner algún ejemplo de país donde no se de esa iesPor qué?
• ¿Te afecta esta declaración en tu día a día? ¿Conoces alguna situación de vulneración de los Derechos Humanos en tu alrededor: en el colegio, en casa, en tu ciudad?
• ¿Estás a favor de esta Declaración Universal de los Derechos Humanos? ¿Faltan cosas, sobran algunas?
Violencia contra la mujer – violencia contra el hombre: ciudadanía
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Violencia contra el hombre, un artículo de Francisco Pérez Abellán

Aunque la violencia contra el hombre es, en medio de esta avalancha, una mera anécdota, existe, y hay que reaccionar frente a ella. Son muchas las mujeres maltratadas, golpeadas, heridas y muertas, pero también hay que denunciar la violencia de la mujer contra el hombre. En Educación para la ciudadanía te venderán ochocientas veces la cabra de que la violencia de género se da sólo en una dirección. Pues no siempre, claro. |
En los lugares pequeños es bien sabido cuando se da algún caso en que el hombre es amenazado, golpeado y sometido por su pareja femenina. Hasta ahora lo han sufrido en silencio, avergonzados por el qué dirán y temerosos ante las represalias. En la historia criminal hay notables ejemplos de mujeres que han ejercido absoluto dominio sobre los varones, torturándolos o matándolos por motivos muy similares a los que se exhiben con harta frecuencia cuando las víctimas son femeninas.
La opinión pública generada señala al varón como fuente de la violencia en la mayoría de los casos, lo que permite que algunas indeseables se aprovechen para colar denuncias falsas que les favorecen en procesos de divorcio. Jueces, como la decana Sanahuja, de los tribunales de Barcelona han sido rápidos al exponer la situación de desequilibrio que se ha creado. Por un lado no han disminuido, sino que han aumentado considerablemente, los casos de malos tratos a mujeres, y por otro se ha criminalizado al hombre, sometiéndolo a prejuicios que pueden resultar dañinos.
Frente a eso, algunos varones han decidido romper su tradicional postura de guardarse para sí, por vergüenza o miedo, su situación de víctimas y denunciarla ante los tribunales. Insistimos en que no puede compararse una situación con la otra, y que sigue siendo prioritario y urgente acabar con el tsunami de violencia doméstica contra la mujer, pero eso no exime de combatir los casos en que el varón es la víctima, pese a que se estime como pequeño maremoto.
Tal vez las normas que se dictan o aplican contribuyan a dificultar las relaciones más que a resolver las tensiones en la pareja. Una prueba es la denuncia reciente, por presunta inconstitucionalidad, de las órdenes de alejamiento, porque algunos jueces consideran que, en ocasiones, perjudica a la vez al agresor y la víctima. ¿Qué decir entonces de los casos en los que si la acción la comete el hombre es un delito y sólo una falta si lo hace la mujer? Los españoles y españolas, a partir de ahora, ya no son iguales ante la ley.
Sin embargo, en lo que sí son más iguales es a la hora de denunciarse ante los tribunales. Y recientemente un varón ha logrado que su novia sea condenada a ocho meses de prisión por maltrato y amenaza con una katana, la célebre espada japonesa de Kill Bill, de Tarantino. Un juzgado de Santander ha dictado la sentencia que condena a Marta por maltratar a B., su novio, cuando le anunció que deseaba abandonar la casa que compartían, en Castro Urdiales. Igualmente, se prohíbe a la chica comunicarse con su ex pareja durante dos años.
¿Qué es lo que ha ocurrido para tan severo castigo? Según relata el papel judicial, el 25 de abril de 2005, sobre las ocho y media de la tarde, cuando B. anunció su intención de romper la relación, recibió un puñetazo en el labio por parte de la mujer, y luego varios en la cabeza. Más tarde le arrojó un frasco de colonia, mientras le insultaba con lindezas de las que suelen dedicarse los amantes indignados –si se trata de mujeres, adjudican calumnias a la madre y definen al hombre como macho cabrío–. Pero más allá de todo eso, la ahora condenada le infirió, según hechos que se consideran probados, una tanda de patadas en la rodilla y los testículos, y mordiscos en el brazo y en las nalgas. Finalmente, el agredido tuvo que salir a escape, cuando ella agarró la katana que curiosamente adornaba la habitación…
Afortunadamente, no hubo heridas graves ni derramamiento de sangre. En otra época se habría calificado el encontronazo de desagradable pelea con hembra brava y no habría terminado en denuncia, ni ante al juez. Los tiempos han cambiado y las parejas, hoy, comparten sus relaciones con el peso enorme de la ley, que se mete entre ellos, los vigila en el domicilio conyugal y comparte su cama. ¿Es suficiente lo que pasó en Castro Urdiales para arrearle a una ciudadana ocho meses de prisión?
Se supone que la sentencia vendrá dada tras el más que conveniente peritaje del labio magullado, la cabeza golpeada, las rodillas tundidas y, muy especialmente, los testículos machacados; luego de valorar los daños presentes y futuros, así como las secuelas psicológicas, tal y como se haría en el caso de que la mujer hubiera sido la agredida. La gran duda que nos asalta es si el castigo de prisión habría sido cinco veces mayor para el varón por el mero hecho de serlo.
Lo ocurrido en Santander con Marta, a la que seguro el recurso afinará la pena, nos permite reflexionar sobre si los españoles debemos permitir que las leyes entren de tal forma en nuestra intimidad; hasta estos puntos de escándalo, en los que la pasión amorosa se ve constreñida por la inculta letra de la ley. ¿O acaso ya no hay diferencia alguna entre violencia de género y una brava pelea entre amantes?
Identificación de las violaciones de los Derechos Humanos
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Marruecos es el país al que España le permite violar los Derechos Humanos de los saharauis. El gobierno socialista de Zapatero no ha parado de pelotear a Marruecos mientras en este país y en el Sahara se violan los más elementales Derechos Humanos. ¿Conoces la historia? Investiga y lee el siguiente texto para entender un poco más lo que significa la violación de los Derechos Humanos de un pueblo.
Fuera está soplando un fuerte simún. Bajo el toldo, una luz tenue marca la silueta de un anciano que relata pasajes de la historia y tradición saharaui a un grupo de jóvenes. Esta escena se repite cada noche en los campos de refugiados de Tinduf (Argelia). Se trata de mantener viva la historia del pueblo saharaui que sobrevive hace veinticinco años en estas circunstancias, lejos de sus tierras, en la actualidad ocupadas por Marruecos. Un pueblo que hoy continúa siendo masacrado por las fuerzas de ocupación que vulneran sistemáticamente los derechos humanos. Un pueblo que sólo pide la celebración de un referéndum para poder elegir libremente su futuro. Desde su exilio en el desierto argelino, preguntan si para acceder a este derecho hace falta derramar más sangre de inocentes.
Esto está ocurriendo ahora, a escasos kilómetros de nuestro país.
Ahmed es saharaui, tiene veinte años y ha nacido en un campo de refugiados. Su vida ha estado marcada desde el principio por la dureza que supone vivir en uno de los lugares más inhóspitos del planeta, la Hamada, el desierto occidental de Argelia. Aquí vive el pueblo saharaui, hace veinticinco años bajo los toldos de las jaimas. El suelo que les rodea es seco y pedregoso. Los pozos de agua son escasos y ese sabor salado del agua -al que se han acostumbrado-, hace difícil la obtención de productos agrícolas. La temperatura en estos territorios supera los 50º a la sombra en verano y en invierno el frío llega a congelar el agua. Aunque para Ahmed sea la única forma de vida conocida, piensa que uno no llega a acostumbrarse nunca a vivir en estas condiciones, máxime cuando los mayores hablan tantas veces de la tierra que han dejado atrás y que algún día no muy lejano volverá a encontrarse bajo sus pies. Unos terrenos fértiles, ricos en minerales -fosfatos, uranio-, gas natural, petróleo, pesca, que hoy se disputan Francia, Marruecos y España por razones económicas y estratégicas. Desde que era pequeño sólo ha escuchado dos palabras: luchar y sobrevivir.
Su pueblo lleva ya un cuarto de siglo luchando por su independencia. Primero el Sahara deja de ser provincia española en 1975 y es abandonado a su suerte. Esta ocasión es aprovechada por Marruecos que primero inicia una invasión pacífica -Marcha Verde-, para luego pasar a las armas y posterior ocupación. Mientras, el Frente Polisario -representante de hecho del pueblo Saharaui-, proclama la República Arabe Saharaui Democrática, reconocida hoy por muchos países del mundo. Hasta aquí, este conflicto podría haber sido un proceso hasta cierto punto normal de descolonización, pero no ha sido así. Como también ha ocurrido en otros lugares, las razones económicas son las que mandan. Abdesalam Aomar Lahse, presidente de la Asociación de Familiares de Presos y Desaparecidos Saharauis (AFAPREDESA), lo explica así en una carta abierta dirigida a las instituciones, partidos políticos, organizaciones, medios de comunicación y ciudadanos/as españoles con motivo del aplazamiento una vez más del Plan de Paz ante el Consejo de Seguridad de la ONU: “Con gran frustración hemos recibido la noticia de la nueva estrategia de la ONU hacia la cuestión del Sahara Occidental. El Consejo de Seguridad acabó por rendirse ante las exigencias de Marruecos, que ha conseguido una vez más salvarse de una situación que conduciría al pueblo saharaui a recuperar sus derechos inalienables de autodeterminación e independencia. Los protagonistas de esta maniobra son EEUU y Francia, países que han participado activamente en el exilio y la barbarie cometida contra nuestro pueblo”.
“Francia -explica el presidente de AFAPREDESA- siempre ha sido un aliado incondicional de Marruecos. Aportó su ayuda tanto militar como diplomática al régimen de Hassan II, y en su día actuó directamente en el conflicto con su aviación para hostigar a los combatientes por la libertad del pueblo saharaui. EEUU es otra potencia que desde el principio nunca dudó en facilitar apoyo militar, económico y político al entonces dictador Hassan II en su campaña de conquista e invasión del Sahara Occidental. Las banderas americanas ondeaban junto a las marroquíes en la triste “Marcha Verde”, al tiempo que tanques y aviones facilitados por EEUU atacaban las posiciones saharauis”.
“La celebración del Referéndum sólo se podrá realizar si se ejercen presiones internacionales sobre el régimen marroquí” (Mohamed Labeid)
Abdesalam también critica la postura de España durante el conflicto y le recuerda su compromiso histórico. “España está obligada a cumplir sus compromisos hacia un pueblo que abandonó a su suerte sin las mínimas garantías, para poder decidir libremente su futuro. Es momento de que España recapacite de los errores del pasado. Nada mejor que cumplir con sus promesas. Ahí está el ejemplo de Portugal con su ex-colonia de Timor Oriental”.
Este espíritu de lucha y la necesidad de justicia, ha permitido a los saharauis no sólo sobrevivir en estos inmensos territorios vacíos, sino crear además una sólida estructura, que junto con su espíritu solidario -una de las cualidades más destacadas de este pueblo- les ha permitido crear una sociedad organizada, un auténtico estado en mitad del desierto. En la actualidad están distribuidos en cuatro grandes provincias o wilayas, subdivididas en pueblos, a su vez en barrios, gobernados por alcaldes y comités populares. La organización de los campamentos está prácticamente en manos de las mujeres. En este tiempo se han creado escuelas, guarderías, bloques sanitarios, etc. incluso grupos reducidos de jóvenes pueden ir a estudiar Enseñanza Superior a países amigos o a la Universidad de Argelia. Pueden presumir de que pese a todos estos problemas, la tasa de analfabetismo no sólo se ha reducido sino que culturalmente se está preparando a esta sociedad para poder reconstruir su propio país después de la independencia, objetivo que no se ha apartado un solo instante de sus mentes. Abdesalam Aomar está convencido de que aún “se está a tiempo de encontrar una salida al conflicto, para celebrar sin demora el referéndum de autodeterminación en el Sahara Occidental. De esta manera, se evitarán las continuas violaciones de lesa humanidad contra el sufrido pueblo saharaui, que tiene derecho a vivir en paz y libertad, como los demás pueblos del mundo”.
Identificación de violaciones de los Derechos Humanos
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Este es un gran capítulo de la asignatura de Educación para la ciudadanía y los Derechos Humanos. llamado Identificación de violaciones de los Derechos Humanos. Aquí presentamos un material didáctico de primer orden: la Guía para la denuncia de las vioaciones de los Derechos Humanos a Naciones Unidas elaborada por aquellos que padecen estas agresiones en Cuba. Lee la guía, identifica en clase las violaciones de los Derechos Humanos en Cuba y eleva a las Naciones Unidas tu voz si conoces a algún cubano que esté siendo ahora perseguido.
El carácter sistemático e institucionalizado de las violaciones de derechos humanos en Cuba requiere el desarrollo de medios de defensa de los ciudadanos ante tales violaciones con el auxilio de organizaciones internacionales dadas las deficiencias de las instituciones estatales, incluido el sistema legal, en este asunto.
Al aumentar el número de ciudadanos que denuncien la violaciones sufridas por ellos, sus familiares y allegados con el auxilio de esta guía, a más de la defensa individual, estarán contribuyendo a aumentar el material fáctico que sustente los señalamientos al gobierno cubano por la sostenida actitud violatoria de los más elementales derechos de muchos de los ciudadanos .
Lo anterior pudiera contribuir a la toma de decisiones y ejecución de acciones por parte de la comunidad internacional en general, y en particular por los organismos internacionales, sobre este tema.
Dado que contribuir al mejoramiento de la situación de los derechos humanos es uno de los propósitos concretos de la Corriente Martiana, el Centro de Información de la misma ha concebido, elaborado y promueve la presente guía con la colaboración de muchos cubanos, en ocasiones desde el anonimato.
A todos los que han colaborado queremos expresarles nuestro profundo agradecimiento y desearles éxitos en sus empeños por lograr la instauración de la Nueva República, soñada por Martí y aún no alcanzada por los cubanos, en la que la promoción y defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales de sus ciudadanos sea sustento, contenido y fin de la misma.
OBJETIVOS PERSEGUIDOS.
Con la presente guía y sus anexos pretendemos:
1.- Contribuir a la profesionalización del desempeño de los defensores de los derechos humanos y las libertades fundamentales en Cuba , ya sea individualmente o en grupos.
2.- Contribuir a elevar el nivel de información y el “cómo hacer” (know how) de todos aquellos ciudadanos cubanos, a los cuales llegue la guía, ante situaciones violatorias de sus derechos y libertades o de sus allegados.
3.- Ayudar a que el flujo de información sobre violaciones de derechos humanos y las libertades fundamentales tengan la forma y sigan el curso debido según las normas y los procedimientos establecidos por las NU y así evitar que muchas sean formalmente desconocidas o desestimadas por violación de dichos procedimientos o normas.
4.- Palear el muy limitado acceso a Internet de la mayoría aplastante de la población, lo que le impide acceder a la información aquí brindada, incluidos documentos de las NU.
5.- Aumentar el número y la calidad de las denuncias de violaciones de derechos humanos y libertades fundamentales en Cuba como contribución a ejercer una presión positiva sobre el estado y el gobierno cubano con el objetivo de que preste, al fin, la debida atención a la promoción y protección de los derechos humanos en su integridad e indivisibilidad, ahora no existentes en lo absoluto.
6.- Fomentar la participación ciudadana, individualmente y en agrupaciones, de forma libre y responsable deviniendo así actores de la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales como demanda la propia DUDH en su artículo 28 en que se lee: “Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.”
7.- Reunir información suficiente que sustente lo denunciado en el Expediente sobre prácticas de apartheid en Cuba, sobre todo por el criterio de ideas discordantes y acciones independientes del Estado y gobierno cubanos.
INDICE.
PAG
I) COMUNICACIONES DE VIOLACIONES AL CONSEJO DE DERECHOS
HUMANOS DE NACIONES UNIDAS. 3
II) ARRESTOS Y / O DETENCIONES ARBITRARIAS. 4
III) VIOLACIONES CONTRA DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS. 6
IV) EXPULSIONES POR CAUSAS POLÍTICAS O RELIGIOSAS DE
CENTROS DE TRABAJO O ESTUDIO. 6
V) RETENCION DEL PERMISO DE SALIDA DEL PAIS. 7
VI) TORTURAS Y TRATOS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES. 8
VII) VIOLACIONES AL DERECHO DE PETICIONAR . 8
DESARROLLO
I) COMUNICACIONES DE VIOLACIONES AL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE NACIONES UNIDAS.
Si presume que se ha cometido una violación de derechos humanos contra Ud., un familiar o allegado suyo, entonces puede presentar su QUEJA (comunicación) ante la Sub-Comisión de Promoción y Protección de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Si la violación clasifica en algunos de los casos señalados en el índice de la presente guía, diríjase a la parte correspondiente y cerciórese si se ajusta a lo expuesto en ella o no. Si no se ajusta, siga entonces las instrucciones siguientes.
A.- ¿QUÉ HACE ESTA SUB-COMISION CON SU QUEJA?
La Sub-Comisión de Promoción y Protección de Derechos Humanos debe examinar su queja y, en los casos procedentes, la transmitirá al Consejo de Derechos Humanos de NU que, a su vez, deberá “adoptar una decisión sobre cada situación particular señalada a su atención de esta forma.”
B.- ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO POR NU PARA ESTOS CASOS?
El mismo viene expuesto en la Resolución 1503 que fuera modificada en el año 2000 según la resolución 2000/3 pero que se permite seguir denominando como procedimiento previsto en la resolución 1503.
Sus indicaciones están resumidas en las siguientes preguntas de esta guía.
C.- ¿QUÉ CRITERIOS DEBE SEGUIR AL ELABORAR SU COMUNICACIÓN (QUEJA) PARA QUE SEA ADMITIDA Y EXAMINADA?
Los criterios o normas para ello son:
1.- La comunicación (queja) no puede ser contraria a los principios de la Carta de las NU (anexo 3) ni mostrar motivaciones políticas.
2.- Deberá demostrar que su queja se enmarca en un cuadro persistente de violaciones manifiestas y fehacientemente probadas de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
NOTA. En el caso cubano ya esto está demostrado y por ello ha sido señalado en 12 ocasiones por violaciones de los derechos humanos en la desaparecida Comisión de DH de NU.
3.- Las comunicaciones pueden ser hechas por particulares o grupos que han sido víctimas de violaciones de D H o tengan “ conocimiento directo y digno de crédito de esas violaciones.”
No se admiten comunicaciones anónimas o derivadas de medios de comunicación. Tampoco las que contengan términos ofensivos o comentarios insultantes sobre el Estado contra el que se formula la reclamación.
Nota: Esto se logra evitando el uso de adjetivos en su comunicación y limitándose a describir los hechos sin enjuiciarlos.
4.- Para que se examine una comunicación contribuye el que se hayan ¨ agotado los recursos internos ¨ aunque, en el caso cubano, está demostrado ¨ de forma convincente que las soluciones al nivel nacional ¨ resultan ineficaces en la práctica.
La comunicación debe ser impresa o en letra de molde legible.
D.- ¿QUÉ ELEMENTOS DEBE INCLUIR SU COMUNICACIÓN (QUEJA)?
Según la propia resolución 1503 deberá:
i) ¨…describir los hechos…¨
ii) ¨…indicar el propósito de la petición…¨
iii) señalar ¨…los derechos que hayan sido violados ¨
Nota: Recuerde que por regla general ¨ no se examinaran las comunicaciones que contengan términos ofensivos o comentarios insultantes sobre el Estado contra el que se formula la reclamación.¨
E.- ¿ A DONDE DIRIGIR LA QUEJA (COMUNICACIÓN) UNA VEZ ELABORADA?
Ver al final de la guía
II) ARRESTOS Y / O DETENCIONES ARBITRARIAS.
Si la violación consiste en un arresto o detención arbitraria debe dirigir su comunicación al Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (GTDA) de Naciones Unidas.
A.- ¿QUÉ OBJETIVOS PERSIGUE EL GTDA?
El GTDA tiene como objetivo investigar los casos de privación de libertad impuestos de manera arbitraria contraviniendo la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) , el Conjunto de Principios de todas las Personas sometidas a Cualquier forma de Detención o Prisión (1988) y otros instrumentos internacionales pertinentes aceptados por los Estados interesados.
B.- ¿CUÁNDO UN ARRESTO O DETENCIÓN RESULTAN ARBITRARIOS?
Las personas son sometidas a detención arbitraria:
– por ejercer uno de sus derechos fundamentales garantizados con arreglo a tratados internacionales, tales como su derecho a la libertad de opinión y expresión, su derecho a la libertad de asociación o su derecho a salir del propio país y regresar a él, proclamados en la DUDH;
– porque – no pudiendo beneficiarse de las garantías fundamentales del derecho a un juicio imparcial – han sido detenidas sin que se dicte una orden de arresto, sin ser acusadas ni juzgadas por una autoridad judicial independiente, o sin tener acceso a un abogado; a veces se mantiene a los detenidos en régimen de incomunicación durante varios meses o años, o incluso indefinidamente;
– o debido a que siguen detenidas aunque se hayan cumplido las medida o sanción que se les había aplicado;
– o por último, debido a la práctica cada vez más difundida y preocupante de la detención administrativa ( privación de libertad sin celebración de juicio de ningún tipo) , sobre todo en el caso de personas que tratan de obtener asilo.
C.- ¿ QUE HACE EL GTDA CON SU COMUNICACIÓN?
El Grupo examina las denuncias de casos particulares de supuestas detenciones arbitrarias a fin de establecer si una detención puede considerarse arbitraria. Este Grupo debe presentar un informe anual al Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
D.- ¿QUIÉNES PUEDEN ENVIAR COMUNICACIONES AL GTDA?
Las comunicaciones podrán ser enviadas por la familia o por el representante de la persona detenida, por organizaciones no gubernamentales, gobiernos u organizaciones intergubernamentales.
E.-¿CÓMO HACER LA COMUNICACIÓN?
Los casos deberán presentarse por escrito en letra de molde legible o impresa y deberán contener, en la medida de lo posible, los datos solicitados en el cuestionario oficial encabezado como: MODELO DE CUESTIONARIO QUE DEBERAN CUMPLIMENTAR LAS PERSONAS QUE DENUNCIEN UN ARRESTO O DETENCION ARBITRARIOS. (Anexo 1)
En caso de no poder acceder al modelo oficial anterior, la información deberá incluir los siguientes datos:
· Identidad de la persona arrestada o detenida. Nombre y apellidos. Sexo. Fecha de nacimiento. Nacionalidad. Documento de identidad (Número de carné de identidad), Profesión o actividad si hay motivos para creer que el arresto o detención guardan relación con ellas.
· La fecha y el lugar de la detención o el arresto, las fuerzas supuestamente responsables y cualquier otra información disponible.
· Los motivos del arresto, la detención o los delitos alegados por las autoridades.
· La legislación relacionada con el caso.
· Las medidas que se hayan adoptado a nivel nacional para verificar la detención, en especial las peticiones formuladas a las autoridades administrativas y legales; los resultados obtenidos por tales medidas o las razones por las que las mismas resultaron ineficaces o si simplemente no fueron adoptadas.
· Una breve explicación de las razones que inducen a considerar dicho caso como un supuesto de detención arbitraria
· Los datos completos de la persona o personas que presentan la información.
F.- ¿EN QUE SE DISTINGUEN LOS TERMINOS ARRESTO Y DETENCIÓN Y OTROS UTILIZADOS?
Se entiende por:
ARRESTO – El acto de aprehender a una persona con motivo de la supuesta comisión de un delito por acto de autoridad.
DETENCIÓN – se entiende la condición de las personas detenidas.
PERSONA DETENIDA – toda persona privada de libertad personal salvo cuando ello haya sido resultado de la condena por razón de un delito.
PERSONA PRESA – toda persona privada de libertad personal como resultado de la condena por razón de un delito.
DETENCIÓN ADMINISTRATIVA – privación de libertad sin celebración de juicio de ningún tipo.
G.-¿A DÓNDE DIRIGIR LAS COMUNICACIONES?
Ver al final de la guía.
III) VIOLACIONES CONTRA DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS.
Las violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales contra los individuos, los grupos y las instituciones que contribuyen a la promoción y el fomento del respeto a dichos derechos y libertades, así como a la eliminación efectiva de todas las violaciones de los mismos en los pueblos y los individuos, constituyen un tema de especial atención como es expuesto en la “ Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos” , aprobada por la Asamblea General de NU en la Resolución 53 / 144 . (Conocida también como Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos).
El articulo 1 de dicha Declaración reconoce que “ Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional.”
A.- ¿ A QUIEN SE DEBE ENVIAR LAS COMUNICACIONES DE VIOLACIONES CONTRA DEFENSORES DE DH?
Estas se enviaran al Representante Especial del Secretario General sobre la situación de los defensores de Derechos Humanos de las UN en la forma indicada en la pregunta siguiente.
B.- ¿QUÉ CRITERIOS DEBE SEGUIR AL ELABORAR LA COMUNICACIÓN?
La comunicación podrá tener forma de carta o de lista según se ejemplifica en las columnas A, B y C , contenidas en el anexo 2. Debe ser confeccionada en letra de molde legible o en forma impresa. Asegúrese que se incluyan todos los datos enumerados en los puntos del 1 al 7 en el anexo 2.
C. ¿ A DONDE DIRIGIR LAS COMUNICACIONES ?
Ver al final de la guía
IV.- EXPULSIONES DE CENTROS DE TRABAJO Y / O ESTUDIO POR CAUSAS POLITICAS O RELIGIOSAS.
Si Ud., un familiar o allegado suyo han sido expulsados por motivos religiosos o convicciones no concordantes con las de la oficialidad, puede comunicar tal situación al Relator Especial sobre la Libertad de Religión o de Convicciones ( conocido también como Relator Especial sobre la intolerancia religiosa ) de Naciones Unidas.
Estas comunicaciones también podrán ser puestas a disposición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Amnistía Internacional (AI) y otras organizaciones que forman parte del sistema de las Naciones Unidas o que comparten aspectos de sus respectivas misiones.
A.- ¿ QUE PERSIGUE EL PROCEDIMIENTO DEL RELATOR ESPECIAL SOBRE LA LIBERTAD DE RELIGIÓN O DE CONVICCIONES?
El Relator Especial sobre la intolerancia religiosa ( y de convicciones) tienen como objetivo examinar los hechos y las actuaciones de los gobiernos de todo el mundo que contravengan las disposiciones de la Declaración sobre la Eliminación de Todas las Formas de Intolerancia y Discriminación Fundadas en la Religión o las Convicciones (1981) , y de recomendar las medidas que puedan poner fin a dichas situaciones.
B.- ¿CUÁNDO PROCEDE COMUNICAR UNA EXPULSIÓN DE CENTROS DE TRABAJO O ESTUDIO POR CAUSAS RELIGIOSAS O POR CONVICCIONES?
· en los casos en que se posean documentos que prueben las causas religiosas o por convicciones de la expulsión;
· cuando existan testigos (más de dos) que sustenten el carácter de las expulsiones por ideas religiosas o convicciones;
· cuando se pueda probar la pertenencia o vínculos con personas o instituciones de ideas discordantes y acciones independientes del Estado de perfil político, religiosos, profesionales, de defensa de derechos humanos o similares, antes o durante la fecha de expulsión.
C.-¿CÓMO HACER LA COMUNICACIÓN?
Para ello puede disponer del modelo titulado Víctimas de expulsiones por causas políticas (anexo 3) que pude obtener con promotores de la Corriente Martiana u otros ciudadanos que desarrollan esta estrategia en pos de contribuir al mejoramiento de la situación de DH en Cuba. (Ver lista en anexo 8 ).
D.- ¿A DÓNDE DIRIGIR LAS COMUNICACIONES?
Ver al final de la guía.
V) RETENCION DE PERMISOS DE SALIDA DEL PAIS.
A algunos ciudadanos cubanos se les retiene el denominado permiso de salida (conocido como tarjeta blanca) aún cuando ya poseen visa para un tercer país y más allá del tiempo prudencial asociado a gestiones burocráticas.
En el inciso 2 del artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos se señala:
¨ Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país. ¨
En consecuencia con lo anterior, en los casos de retención del permiso de salida por las autoridades cubanas estamos en presencia de una violación institucionalizada y bastante generalizada de lo establecido por la Declaración Universal de DH y además por los incisos 2 y 3 del articulo 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Si este es su caso o el de un familiar o allegado, podrá comunicar esta violación a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
A. ¿ COMO HACER LA COMUNICACION?
Puede solicitar el modelo a quien le brindó esta guía o de lo contrario ofrecer los siguiente datos en letra de molde legible o de manera impresa. (anexo 4)
1. Nombres y apellidos.
2. Edad. 3. Profesión u oficio
4. Dirección completa.
Municipio Provincia
5. Fecha de visado 6. País que le concedió la visa.
7. Organizaciones a que pertenece si fuera procedente.
Hago constar que los datos anteriores son ciertos,
___________________________________ _______________
Nombre y apellidos Firma
B.- ¿A DÓNDE DIRIGIR LA INFORMACIÓN DRINDADA POR UD.?
Ver al final de la guía.
VI) TORTURAS Y PENAS O TRATOS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES.
La Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 39/46 del 10 de diciembre de 1948, que entró en vigor el 26 de junio de 1987, y de la cual el gobierno cubano es firmante, define en su articulo 1:
“…se entenderá por el término “tortura”todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sea físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras , o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean inflingidos por un funcionario publico u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.”
Y continúa precisando en su artículo 16 que:
“1.-Todo Estado Parte se comprometerá a prohibir en cualquier territorio bajo su juridiscción otros actos que constituyan tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y que no lleguen a ser tortura tal como se define en el artículo 1, cuando estos actos sean cometidos por un funcionario público u otra persona que actúe en el ejercicio de sus funciones oficiales, o por instigación o con el consentimiento o la aquiescencia de tal funcionario o persona.”
A.- ¿ QUE CASOS CAEN EN ESTAS DEFINICIONES EN CUBA?
De forma frecuente y públicamente conocidas, se incluyen en esta categoría de violaciones las golpizas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes contra personas arrestadas o presas, por parte de funcionarios del Ministerio del Interior, así como tratos indebidos según lo previsto por la propia ley cubana.
Se incluyen también en dicha clasificación las víctimas de los denominados ACTOS DE REPUDIO ejecutados por miembros de las “Brigadas de Respuesta Rápida” que incluyen en la casi totalidad de los casos a funcionarios públicos, agentes del Ministerio del Interior y otras personas que ejercen funciones oficiales. Estos actos son programados, instigados y consentidos por agentes del Ministerio del Interior, en particular del Departamento de Seguridad del Estado y miembros del Partido Comunista de Cuba.
B.- ¿CÓMO PUEDEN LAS VICTIMAS, O SUS FAMILIARES O REPRESENTANTES, COMUNICAR VIOLACIONES DE ESTE TIPO?
En todos los casos incluidos en lo expuesto anteriormente podrá ser utilizado el Modelo de Victimas de Violaciones de los Expuesto en el Artículo 5 de la DUDH en Cuba (anexo 5).
Para los que han sufrido los denominados Mítines de Repudio, se dispone del Modelo titulado Victimas de Mítines de Re[pudio (anexo 6)
C.- ¿ A QUIEN ENTREGAR O DIRIGIR LAS COMUNICACIONES EN ESTOS CASOS?
Ver al final de la guía.
VII) VIOLACIONES AL DERECHO DE PETICIONAR
El artículo 63 de la Constitución de la República de Cuba reconoce que:
“Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado conforme a la ley”
El Código Penal (Ley No. 62/87) en su articulo 292.1 establece que:
“Se sanciona con privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas al que, con infracción de las disposiciones legales:
c) impida u obstaculice que una persona dirija quejas y peticiones a las autoridades.”
Y en el inciso 2:
“Si el delito se comete por un funcionario público, con abuso de su cargo, la sanción es de privación de libertad de seis meses a dos años o multa de doscientas a quinientas cuotas.”
Si en su caso, o el de un familiar o allegado, ha dirigido quejas o peticiones a las autoridades y no ha recibido respuesta, no solo se ha cometido una violación de la ley nacional según lo expuesto más arriba sino, además, le ha sido violado el derecho universalmente reconocido de peticionar como puede ser comprobado en instrumentos de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales.
A.- ¿QUÉ HACER ANTE TAL VIOLACIÓN?
Ante tal situación podrá llenar el modelo titulado “Violaciones al derechos de dirigir quejas y peticiones a las autoridades en Cuba y recibir respuesta conforme a la ley” (Anexo 7 )
B.- ¿A DÓNDE DIRIGIR LA COMUNICACIÓN?
i) A alguno de los ciudadanos colaboradores relacionados en el Anexo 8
ii) Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas.
Por fax : +41 22 917 90 06
Por correo ordinario a:
Oficina Central de Respuesta Rápida
Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos
Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra
8-14 Avenue de la Pix
1211 Ginebra
Suiza
NOTA: Estas direcciones son válidas para todos los casos tratados en la presente guía.
La presente guía fue concebida y elaborada por el Profesor Asistente Moisés Leonardo Rodríguez Valdés y contó además con la revisión, evaluación y recomendaciones de:
Amarilis Cortina Rey Periodista
Lcdo. José Antonio Fornaris Ramos Periodista
Lcdo. Richard Roselló Socorro Periodista
Lcdo. Delfín Leyva Avila Periodista
Prof. María Elena Mir Marrero Bibliotecaria y Sindicalista.
Alejandro Sánchez Zaldívar Sindicalista
Especial agradecimiento enviamos a los contribuyentes de Estados Unidos de Norteamérica que hacen posible la existencia del Centro de Recursos Informativos de la Oficina de Intereses de los EU en Cuba. Es este Centro el que nos permitió el acceso a Internet para obtener todos los materiales de Naciones Unidas y otros organismos que posibilitaron la confección de la presente guía y que en casos constituyen anexos de la misma. Gracias a los empleados del centro que tanto nos asistieron en este empeño. Dios bendiga a América.
ANEXO 1
MODELO DE CUESTIONARIO QUE DEBERÁN CUMPLIMENTAR LAS PERSONAS QUE DENUNCIEN UN ARRESTO O DETENCIÓN ARBITRARIOS7/
I. Identificación de la persona arrestada o detenida
1. Apellidos: …………………………………………………. 2. Nombre: ……………………………………………………. 3. Sexo: (M) (F)
4. Fecha de nacimiento o bien edad (en el momento de la detención):
………………………………………………………………………………………..
5. Nacionalidad(es): ……………………………………………………………..
6. a) Documento de identidad, cuando proceda: ………………………………………………………….
b) Expedido por: …………………………………………………………………………………………………
c) En fecha: ………………………………………………………………………………………………………
d) Número: ………………………………………………………………………………………………………..
6. Profesión y/o actividad (si hay motivos para creer que el arresto o detención guardan relación con ella(s)):
……………………………………………………………………………….
7. Dirección habitual:
……………………………………………………………………………….
II. Arresto8/
1. Fecha del arresto: …………………………………………………..
2. Lugar en que se efectuó el arresto (lo más detalladamente posible):
……………………………………………………………………………….
3. Servicios que efectuaron el arresto (o que se presume fueron sus autores:
……………………………………………………………………………….
4. ?Presentaron un mandamiento u otro tipo de decisión emitido por una autoridad pública? (Sí) ………. (No)……….
5. Autoridad de la que emana el mandamiento o la decisión:
……………………………………………………………………………….
6. Disposiciones legislativas aplicadas (si se las conoce): ……………………………………………………………………………….
III. Detención8/
1. Fecha de la detención: ………………………………………..
2. Duración de la detención (si no se la conoce, duración probable):
…………………………………………………………………………………….
3. Autoridad que ordenó la detención: …………………………….
4. Lugar de detención (indicar todo traslado y el lugar actual de detención):
5. Autoridad que ordenó la detención:
6. Hechos aducidos por las autoridades como motivantes de la detención:
……………………………………………………………………………….
7. Disposiciones legislativas aplicadas (si se las conoce):
……………………………………………………………………………….
IV. Describa los pormenores del arresto y/o la detención, y
exponga las razones concretas por las que considera que la
privación de libertad a que se alude es arbitraria9/
V. Indique las medidas tomadas en el país, comprendidos los recursos
internos interpuestos, particularmente ante la judicatura o
las autoridades administrativas, y especialmente las
encaminadas a hacer verificar la detención, así como sus
resultados, si hubieren dado alguno, o las razones por
las cuales no han dado resultado o no se tomaron
VI. Apellidos, nombre y dirección de la(s) persona(s) que presente(n)
la información si es posible, número de teléfono y de fax10/
……………………………………………………………………………….
Fecha: …………………………… Firma:……………………………
ANEXO 2
INFORMACIÓN ESENCIAL:
1.- Nombre de las presuntas víctimas : Asegurarse de que el nombre y los apellidos son exactos. Las víctimas pueden ser individuos, grupos u organizaciones.
2.- Condición de la víctima de defensor de los derechos humanos: ¿Qué actividad de derechos humanos desarrolla la víctima ( persona(s), organización)?
3.- Presunta(s) violación (es) cometidas contra la víctima: ¿Qué ocurrió? ¿Dónde? ¿Cuándo? ¿Cuál es la situación actual?
4.- Autores: Proporcionar cualquier información disponible sobre la violación: por ejemplo, dos hombres (¿de uniforme?); graduación, unidad u otra identificación o título.
5.- Medidas adoptadas por las autoridades : ¿Se ha comunicado el asunto a las autoridades competentes? ¿Qué medidas se han adoptado?
6.- Conexión entre la violación y la labor de derechos humanos: ¿Por qué considera que la presunta violación está relacionada con la labor que desarrolla la víctima en materia de derechos humanos?
7.- ¿Quién presenta esta información? : (Confidencial) Indicar el nombre y los datos de contacto. Debe indicarse también la actividad profesional si procede.
Actualización : Sírvase enviar lo antes posible cualquier información actualizada de que dispongan. Es especialmente importante saber si se ha producido algún cambio en la situación de la víctima. Puede proporcionarse información actualizada cuando: – se posea información adicional ( por ejemplo, la identidad del autor)
– se hayan producido nuevos hechos ( por ejemplo, la víctima ha sido puesta en libertad).
ANEXO 3
VICTIMAS DE EXPULSIONES POR CAUSAS POLÍTICAS
(Llénese con letra de molde y legible, por favor.)
1. NOMBRE(S) Y APELLIDOS.___________________________________________________________
______________________________________________________________________________________
2. SEXO M____ F _____ 3. EDAD _______años. 4.CI ___ ___ ___ ___ ___ ___ ___ ___ ___ ___ ___
5. CATEGORÍA OCUPACIONAL.
CAMPESINO ___ OBRERO ___ TEC. MEDIO ___ PROFESIONAL ___ ESTUDIANTE ___ OTRA ___
6. TITULOS QUE POSEE ________________________________________________________________
7. DIRECCIÓN PARTICULAR ___________________________________________________________
__________________________MUNICIPIO___________________PROVINCIA___________________
8. FECHA DE EXPULSIÓN ______________________________________________________________
9. MOTIVO DE LA EXPULSIÓN _________________________________________________________
RESOLUCIÓN QUE SE LE APLICO ____________________________________________________
10. NOMBRE DEL CENTRO DEL QUE FUE EXPULSADO ___________________________________
___________________________________SECTOR___________________________________________
MINISTERIO__________________________________________________________________________
11. SALARIO MENSUAL QUE DEVENGABA ______________________________________________
12. ¿TRABAJA ACTUALMENTE? SI _________NO ________
13. ¿EN QUE, SI LO HACE? _____________________________________________________________
14. SALARIO MENSUAL QUE DEVENGA AHORA _________________________________________
15. NUMERO DE PERSONAS A SU CARGO _______________________________________________
16. ORGANIZACIONES A QUE PERTENECE : _____________________________________________
17. ¿HA ESTADO PRESO? SI ____ NO ____ MOTIVO ______________________________________
CAUSA No. _____________________________TIEMPO CUMPLIDO ___________________________
18. ¿DESEA SALIR DEL PAIS? SI _____ NO _____ ¿HA INICIADO TRAMITES? SI _____ NO _____
Declaro bajo juramento que los datos anteriores son ciertos y autorizo a que mi caso sea tramitado conforme a derecho por vías nacionales e internacionales procedentes.
FIRMA DEL EXPULSADO
Datos del colector:
ANEXO 4
Artículo 13 de la DUDH. Víctimas de su violación.
1. Nombres y apellidos.
2. Edad. 3. Profesión u oficio
4. Dirección completa.
Municipio Provincia
5. Fecha de visado 6. País que le concedió la visa.
7. Organizaciones a que pertenece si fuera procedente.
Hago constar que los datos anteriores son ciertos,
___________________________________ _______________
Nombre y apellidos Firma
ANEXO 5
Víctimas de violaciones de lo expuesto en el artículo 5 de la Declaración Universal de Derechos Humanos en Cuba.
Artículo 5. “Nadie será sometido a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.”
A.- Datos generales de la víctima
1. Nombres y apellidos :
2. Edad 3. Profesión u oficio
3. Dirección completa
Municipio Provincia
4. Teléfono
B.- Su opinión es que ha sido sometido a:
(marque con una cruz su elección)
Torturas ___Tratos crueles __Tratos inhumanos __Tratos degradantes___
durante los hechos que a continuación describo bajo declaración jurada:
Fecha: Lugar:
Los hechos consistieron en : (Describir sin dar opiniones o valoraciones. Incluir las respuestas a las preguntas de qué, cuándo, dónde, cómo, quienes, por qué, para qué y otros datos relevantes)
¿Presenciaron lo acontecido personas que estén dispuestas a testimoniar?
Si es así, consigne sus datos a continuación.
Nombres y apellidos Dirección Firma
C.- Datos complementarios.
1. ¿Pertenece a alguna institución de la sociedad civil no reconocida
oficialmente? SI _____ NO _____
¿ A cuáles?
2. ¿Ha solicitado refugio político? SI ___ NO ____
Esta solicitud está asociada a los hechos descritos? SI ___ NO ____
Lo comunicado por mi en la presente se ajusta a los hechos fielmente y por ello lo declaro BAJO JURAMENTO, a los _______días del mes de ________________del 20 ____.
Nombre y apellidos :
____________________
Firma.
DATOS DEL COLECTOR DE LA INFORMACION.
Nombres y apellidos. Dirección completa Firma
ANEXO 6
CONTROL DE VICTIMAS DE MITINES DE REPUDIO
Fecha del mitin de repudio ______ de _____________________________del _______
Nombre completo de la víctima del mitin: ____________________________________
_______________________________________________________________________
Dirección en que se efectuó el mitin: ________________________________________
_______________________________________________________________________
Municipio __________________________________Provincia____________________
Cantidad aproximada de personas que participaron ______________________
¿Conoce a quienes le repudiaron? A todos _____ A la mayoría ____ A una pequeña parte de ellos ____ A nadie _____
¿Había vecinos de su cuadra en el grupo?
Todos ___ Pocos ____ Muy pocos ____ Ninguno ____ ¿Cuántos más o menos? ___
¿Trajeron a los que le repudiaron en vehículos? A todos ___ A una parte ___
¿Qué tipo de vehículos? ______________________________________________
¿Tomo la matricula (chapa) de alguno ¿Cuál(es) era(n)? ______________________
¿Fueron vistos en las cercanías durante o antes del mitin:
a) Agentes de la policía? SI __ NO __
b) Agentes de la seguridad del estado? SI __ NO __
c) Dirigentes estatales, partidistas o de organizaciones de masas? SI __ NO __
¿Quiénes fueron testigos de este acto represivo? Diga nombre y direcciones si es posible?
________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Tiempo aproximado de duración del mitin _____________________horas
Durante ___________días
¿Penetraron en su domicilio los del grupo que le repudio? SI ___ NO ___
¿Tiraron objetos contundentes contra su vivienda? SI ___ NO ___
¿Qué objetos? ___________________________________________________________
¿Posee fotos del acto de repudio? SI ___ NO ___
¿Gritaron ofensas contra su persona? SI ____ NO ____
¿Profirieron ofensas contra su familia? SI ___ NO ____
¿Ofendieron a otros disidentes u opositores que se relacionan con Ud.? SI ___ NO ___
¿Puede señalar cuales fueron estos últimos(los disidentes ofendidos)?
________________________________________________________________________
¿A que organizaciones de oposición Ud. pertenece?
________________________________________________________________________________________________________________________________________________
¿Se le acercaron vecinos y otros conocidos a darle muestras de solidaridad y rechazo al proceder oficial? SI ____ NO ____
¿Cuántas personas aproximadamente? __________________________________
Declaro bajo juramento que los datos brindados son ciertos y para ello firmo la presente el día ___del mes de ______________________________de ___________
______________________________
Firma
ANEXO 7
VIOLACIONES AL DERECHO DE DIRIGIR QUEJAS Y PETICIONES A INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES EN CUBA Y RECIBIR RESPUESTA CONFORME A LA LEY VIGENTE.
-Asunto de la queja o petición:
-Institución a la que se dirigió la queja o petición:
-Funcionario a quien fue dirigida:
-Fecha en que fue presentada:
-Datos de quien firmó la queja o petición:
* Nombre y apellidos:
*Dirección particular:
-¿Recibió respuesta conforma a ley? SI _____NO ____
-¿Satisfizo su demanda dicha respuesta? SI____ NO____ Fundamente por qué:
Esta información ha sido brindada por:
Nombre y apellidos:
Dirección particular:
________________________________________
Firma
NOTA : Si no pudiera acceder a los modelos originales, puede utilizar lo indicado en los anexos para brindar la información mínima señalada y, si no pudiera contactar a alguno de los que laboran en esta metodología en Cuba, puede enviar su comunicación a la dirección señalada en la nota al final de la guía o por vía fax. Sugerimos que los envíos postales los realice desde un tercer país con algún conocido.
Decálogo para educar a un futuro delincuente muy educado en ciudadanía
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-
Comience desde la infancia dando a su hijo todo lo que pida. Así crecerá convencido de que el mundo entero le pertenece.
-
No se preocupe por su educación ética o espiritual. Espere a que alcance la mayoría de edad para que pueda decidir libremente.
-
Cuando diga palabrotas, ríaselas. Esto le animará a hacer cosas más graciosas.
-
No le regañe nunca ni le diga que está mal algo de lo que hace. Podría crearle complejos de culpabilidad.
-
Recoja todo lo que él deja tirado: libros, zapatos, ropa, juguetes… Así se acostumbrará a cargar la responsabilidad sobre los demás.
-
Déjele leer todo lo que caiga en sus manos. Cuide de que sus platos, cubiertos y vasos estén esterilizados, pero no de que su mente se llene de basura.
-
Riña a menudo con su cónyuge en presencia del niño, así a él no le dolerá demasiado el día en que la familia, quizás por su propia conducta, quede destrozada para siempre.
-
Déle todo el dinero que quiera gastar, no vaya a sospechar que para disponer del mismo es necesario trabajar.
-
Satisfaga todos sus deseos, apetitos, comodidades y placeres. El sacrificio y la austeridad podrían producirle frustraciones.
-
Póngase de su parte en cualquier conflicto que tenga con sus profesores, vecinos, etc. Piense que todos ellos tienen prejuicios contra su hijo y que de verdad quieren fastidiarle.
Pink Floyd contra Educación para la ciudadanía
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La famosa canción de Pink Floyd contraria a la manipulación de lso aumnos en las aulas ya está adaptada para Educación para la ciudadanía. Este es un clásico con una letra muy interesante que aparece ahora traducida en este vídeo y adapatada a Educación para la ciudadanía. pásalo, es muy cachondo. Estudia cómo y por qué se hizo este vídeo por Pink Floys y lo que significó en su momento. Indica si es actual o no de cara al intento del Estado de adoctrinar en las aulas a los ciudadanos jóvenes.
Normas de convivencia en Educación para la Ciudadanía
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Este ejercicio pretende ayudarte a descubrir cuáles no son las actitudes democráticas del ciudadano modelo. Te vas a divertir. Se mezclan textos donde hay ausencia de Educación para la ciudadanía con otros donde la Educación para la ciudadanía se muestra en su faceta más asquerosila. A ver si descubres qué textos son los del buen ciudadano y los del que pasa de Educación para la ciudadanía. De todas formas, recuerda que puedes utilizar libremente algunos de los términos que aquí encontrarás porque puedes hacer con tu cuerpo lo que quieras y a nadie te tiene que decir lo que es un ciudadano educado en Educación para la ciudadanía. Ya eres mayor, pasa de adoctrinamientos asquerosillos. ¿O vas a ser el repelente de la clase?
-Estimado vecino: ya hay que ser hijo de puta para irse de vacaciones a las cinco de la mañana y dejarse el despertador encendido.
-¿Tienes el libro de cómo hacer amigos, calvo de mierda?
-Me da un sello de provincias.
– Me lo ha dodo el negro de clase.
– Su madre es un poco zorrix porque tiene un hermano que es de otro padre.
– No he podido evitar echar un gargajo delante de dos maricones que venían hacia mi cogiditos de la manita.
– El pobre no conoce a su padre, se piró hace mucho.
– Te creo menos que al ministro.
– No seas pecesbarba y vete a tomar por culo.
– Su madre tiene un nuevo novio y se van a casar el mes que viene, a ver si éste le dura.
– Es pobre porque no tiene ropa de marca.
– Es un skin porque ha dicho que hay unos moros en su barrio que mangan en las tiendas.
– Hay que respetar a los hijos de puta de derecha.
– Mi padre dice que si follo que lo haga con condón porque no quiere luego líos.
– Mi madre es muy moderna, compra El País los domingos.
– Lo que hay que hacer es un buen botellón a la hora de Educación para la ciudadanía.
– Las normas están para saltárselas.
– El dinero de los contribuyentes donde mejor está en su bolsillo.
– Paso de ir a clase al Instituto porqu está lleno de moros y sudacas.
– El aborto es un derecho que tiene toda mujer porque tenemos que hacer cada uno lo que queramos con nuestro cuerpo.
– Hay que respetar a todos, también a los que están equivocados.
– No son terroristas, es que luchan por su libertad.
– Para sacar un poco de pasta hago lo que sea.
– El ordenador lo tengo para ver porno.
– El carca de mi padre me ha dicho que tengo que volver a as dos de la mañana porque mañana le tengo que ayudar.
– Las tías de izquierdas son feas que te cagas, ¿no te has fijado?
– Fumar tabaco es terrible pero un buen peta de vez en cuando no hace daño a nadie.
– Me he ido a vivir con mi novia, es como si estuvieramos casados y eso.
– Mi madre tiene derecho a tener un amiguito, ¿quién no lo tiene? Además mi padre está muy ocupado en el curro y le da igual.
– Papá, mañana pilla unos folios del ministerio que se están acabando.
– ¡Menudo coñazo el de Educación para la ciudadanía!
– Qué chachi, reguay, Maripili se ha enamorado de Borja Mari y le da corte que se sepa.
– Los de izquierdas son unos guarros y peludos.
– Antes me hago maricón que ir a clase de Educación para la ciudadanía.
– La constitución es un puto coñazo que no vale para nada.
– Los políticos hacen o que les sale de la polla.
– Mira tía, si no enseñas un poco esas tetas los chicos no se van afijar en ti y no vas pillar.
– Esta tarde voy a estudiar porque quiero sacar buena nota y no ser una mediocre más.
– Me cae mal porque es una empollona que saca buenas notas. Es una insolidaría de mierda.
– Esa lo que tiene que hacer es operarse las tetas.
– El cabrón del cojo está exento de hacer deporte en clase.
– Hay que abortar si vas a tener un hijo con Down y además hay que eliminar del planeta a los Down que ya han nacido porque así no sufrirán.
– En rebajas me voy a gastar todo lo que tengo.
– Las multas hay que pagarlas porque vivimos en sociedad y si nos han multado llevan razón.
– Mi padre va a pedir un crédito porque necesitamos comprar un segundo coche para mi hermano que empieza la uni.
– Hay que luchar por los servicios públicos porque son de todos y son un derecho que pagamos entre todos.
– Voy a llevar esta caja de papel a reciclar, ¿alguien tiene algo más para reciclar?
– No compres música pirata, ¿no te das cuenta de que es ilegal y que el ministerio te puede sancionar?
– Hay que cumplir todas la leyes y si ahora los homosexuales pueden ser matrimonio tenemos que respetar esa ley también.
– Yo respeto a la mierda de familia tradicional pero ellos deberían respetarme a mi porque no tengo la culpa de ser lesbiana.
– Le he pillado pasta a mi padre sin que se entere porque estoy pelao y él comprando revistas porno.
– Yo tengo varios móviles porque necesito uno para cada cosa.
– Nunca cruzo por el semáforo si no está en verde.
Temario de Educación para la ciudadanía, Constitución y clase tipo Peces Barba
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Bienvenido a esta gran parodia sobre la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Se utiiza todo el lenguaje progre del momento, asisten los políticos y esperamos que las clases de Educación para la Ciudadanía sea tan divertida como esta. Cuando tu profesor te salga con machadas como las que escuchas aquí, ya sabes, a divertirse y a montar e pollo.
El derecho a sufragio femenino en España-derechos de las mujeres
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Lee el texto de abajo sobre el sufragio femenino en España y después responde a estas preguntas:
1. Explica los dos planteamientos que separaron a las feministas españolas en 1931 a la hora de votar en las Cortes Constituyentes el derecho de sufragio femenino. ¿Es el sufragio femenino una conquista de los partidos de izquierda o de derecha?
2. ¿Qué grupos políticos votaron a favor del sufragio femenino en España?
3. Qué hubieras hecho tu en la Segunda República para ampliar las libertades evitando comportamientos contrarios a los derechos humanos y que la Segunda República permitió (quemas de iglesias, alborotos callejeros, injusticias sociales, asesinatos despiadados, persecución de católicos y sacerdotes, incautaciones de bienes, expropiaciones injustas, etc….)
LA CONQUISTA DEL VOTO FEMENINO EN ESPAÑA
Pese a los esfuerzos de las primeras sufragistas españolas, la concesión del voto femenino en nuestro país no puede ser atribuida a la presión de los grupos feministas o sufragistas. Si bien la movilización sufragista había alcanzado por primera vez cierta resonancia social, el sufragio femenino fue otorgado en el marco de las reformas introducidas en la legislación de la Segunda República española (1931-1936) por contraste con las severas injusticias y marginaciones ejercidas sobre otros colectivos que la Segunda República promovió.
El proceso fue por tanto bastante paradójico y a la luz del resto de la legislación republicana del momento no puede hablarse de un ejercicio de ampliación de libertades generales sino más bien de un programa de conveniencia para instaurar la imposición y la persecución de otros colectivos.
Un equivocado y antidemocrático planteamiento llevó inicialmente a los politicos de izquierdas a pensar que la mayoría de las mujeres eran profundamente conservadoras. Su participación electoral devendría inevitablemente en un fortalecimiento de las fuerzas de derecha. Este planteamiento llevó a mediocres feministas, aunque muy activistas, como la socialista Margarita Nelken (1898-1968) y a la radical e integrista socialista Victoria Kent (1897-1987), diputadas ambas en las Cortes Constituyentes de 1931, a rechazar la concesión del sufragio femenino. Así se escribe la historia y este era el sectarismo de nuestras antepasadas feministas de izquierdas. En su opinión, las mujeres todavía no estaban preparadas para asumir el derecho de voto, y su ejercicio siempre sería en beneficio de las fuerzas más conservadoras y, por consecuencia, fueron más partidarias de mantener a la mujer en su situación.
Clara Campoamor (1888-1972), también diputada y miembro del Partido Radical, sí asumió una defensa del derecho de sufragio femenino al margen de los sectarismo típicos de la izquierda feminista de aquel entonces. Argumentó en las Cortes Constituyentes que los derechos del individuo exigían un tratamiento legal igualitario para hombres y mujeres y que, por ello, los principios democráticos debían garantizar la redacción de una Constitución republicana basada en la igualdad y en la eliminación de cualquier discriminación de sexo. Desgraciadamente no tuvo la misma visión amplia a la hora de condenar a otros colectivos y de marginar a grupos sociales que eran contrarios a sus ideas.
Al final triunfaron las tesis sufragistas por 161 votos a favor y 121 en contra. En los votos favorables se entremezclaron diputados de todos los orígenes, movidos por muy distintos objetivos. Votaron a favor los socialistas con alguna excepción, algunos pequeños grupos republicanos, y todos los partidos de derecha.
La Constitución de 1931 resume este derecho en el siguiente artículo:
Artículo 36
“Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismo derechos electorales conforme determinen las leyes.”
La Constitución republicana perdió pie sin embargo al tratar de extender los derechos al resto de instituciones: lo hizo siempre de forma injusta y mediatizada, sin atender en absoluto a las demandas sociales. Ejemplo de ello fue la legislación relacionada con la familia desde una perspectiva autoritaria a la vez que libertaria, muy en contraste con el pensamiento social de la época. La ley del divorcio (1932) no encontró en realidad gente necesitada de divorciarse. El tono amenazante de la República, las injusticias, la violencia y la permisividad del gobierno con los que impunemente dejaron de respetar los derechos humanos más elementales puso en entredicho los posibles ejercicios de democracia que pudieran haberse realizado. Como es sabido, esta política permisivista con los alborotadores devino en persecuciones y matanzas, especialmente a los católicos, y sembraron la inmediata división que terminó en el desastre de la guerra civil.
Educación para la ciudadanía – convención de Naciones Unidas para eliminar la discriminación de la mujer
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NACIONES UNIDASCONVENCION SOBRE LA ELIMINATION DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACION CONTRA LA MUJER
Los Estados Partes en la presente Convención, Considerando que la Carta de las Naciones Unidas reafirma la fe en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos del hombre y la mujer,
Considerando que la Declaración Universal de Derechos Humanos reafirma el principio de la no discriminación y proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda persona puede invocar todos los derechos y libertades proclamados en esa Declaración, sin distinción alguna y, por ende, sin distinción de sexo,
Recordando que la discriminación contra la mujer viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana, que dificulta la participación de la mujer, en las mismas condiciones que el hombre, en la vida política, social, económica y cultural de su país, que constituye un obstáculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia y que entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicío a su país y a la humanidad,
Preocupados por el hecho de que en situaciones de pobreza la mujer tiene un acceso mínimo a la alimentación, la salud, la enseñanza, la capacitación y las oportunidades de empleo, así como a la satisfacción de otras necesidades,
Convencidos de que el establecimiento del nuevo orden económico internacional basado en la equidad y la justicia contribuirá significativamente a la promoción de la igualdad entre el hombre y la mujer,
Subrayando que la eliminación del apartheid, de todas las formas de racismo, de discriminación racial, colonialismo, neocolonialismo, agresión, ocupación y dominación extranjeras y de la injerencia en los asuntos internos de los Estados es indispensable para el disfrute cabal de los derechos del hombre y de la mujer,
Afirmando que el fortalecimiento de la paz y la seguridad internacionales, el alivio de la tensión internacional, la cooperación mutua entre todos los Estados con independencia de sus sistemas sociales y económicos, el desarme general y completo y, en particular, el desarme nuclear bajo un control internacional estricto y efectivo, la afirmación de los principios de la justicia, la igualdad y el provecho mutuo en las relaciones entre países y la realización del derecho de los pueblos sometidos a dominación colonial y extranjera o a ocupación extranjera a la libre determinación y la independencia, así como el respeto de la soberanía nacional y de la integridad territorial, promoverán el progreso y el desarrollo sociales y, en consecuencia, contribuirán al logro de la plena igualdad entre el hombre y la mujer,
Convencidos de que la máxima participación de la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre, en todos los campos, es indispensable para el desarrollo pleno y completo de un país, el bienestar del mundo y la causa de la paz,
Teniendo presentes el gran aporte de la mujer al bienestar de la familia y al desarrollo de la sociedad, hasta ahora no plenamente reconocido, la importancia social de la maternidad y la función de los padres en la familia y en la educación de los hijos, y conscientes de que el papel de la mujer en la procreación no debe ser causa de discriminación sino que la educación de los niños exige la responsabilidad compartida entre hombres y mujeres y la sociedad en su conjunto,
Reconociendo que para lograr la plena igualdad entre el hombre y la mujer es necesario modificar el papel tradicional tanto del hombre como de la mujer en la sociedad y en la familia,
Resueltos a aplicar los principios enunciados en la Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer y, para ello, a adoptar las medidas necesarias a fin de suprimir esta discriminación en todas sus formas y manifestaciones,
Han convenido en lo siguiente:
PARTE I
Artículo 1
A los efectos de la presente Convención, la expresión “discriminación contra la mujer” denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera. Artículo 2
Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a:
a) Consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constituciones nacionales y en cualquier otra legislación apropiada el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización práctica de ese principio;
b) Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer;
c) Establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y garantizar, por conducto de los tribunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación;
d) Abstenerse de incurrir en todo acto o práctica de discriminación contra la mujer y velar por que las autoridades e instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación;
e) Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer practicada por cualesquiera personas, organizaciones o empresas;
f) Adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer;
g) Derogar todas las disposiciones penales nacionales que constituyan discriminación contra la mujer. Artículo 3
Los Estados Partes tomarán en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre. Artículo 4
1. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer no se considerará discriminación en la forma definida en la presente Convención, pero de ningún modo entrañará, como consecuencia, el mantenimiento de normas desiguales o separadas; estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado los objetivos de igualdad de oportunidad y trato.
2. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales, incluso las contenidas en la presente Convención, encaminadas a proteger la maternidad no se considerará discriminatoria. Artículo 5
Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para: a) Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres;
b) Garantizar que la educación familiar incluya una comprensión adecuada de la maternidad como función social y el reconocimiento de la responsabilidad común de hombres y mujeres en cuanto a la educación y al desarrollo de sus hijos, en la inteligencia de que el interés de los hijos constituirá la consideración primordial en todos los casos.
Artículo 6
Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer. PARTE II
Artículo 7
Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:
a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;
b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales;
c) Participar en organizaciones y asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país. Artículo 8
Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar a la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre y sin discriminación alguna, la oportunidad de representar a su gobierno en el plano internacional y de participar en la labor de las organizaciones internacionales. Artículo 9
1. Los Estados Partes otorgarán a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad. Garantizarán, en particular, que ni el matrimonio con un extranjero ni el cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio cambien automáticamente la nacionalidad de la esposa, la conviertan en apátrida o la obliguen a adoptar la nacionalidad del cónyuge.
2. Los Estados Partes otorgarán a la mujer los mismos derechos que al hombre con respecto a la nacionalidad de sus hijos.
PARTE III
Artículo 10
Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:
a) Las mismas condiciones de orientación en materia de carreras y capacitación profesional, acceso a los estudios y obtención de diplomas en las instituciones de enseñanza de todas las categorías, tanto en zonas rurales como urbanas; esta igualdad deberá asegurarse en la enseñanza preescolar, general, técnica y profesional, incluida la educación técnica superior, así como en todos los tipos de capacitación profesional;
b) Acceso a los mismos programas de estudios, a los mismos exámenes, personal docente del mismo nivel profesional y locales y equipos escolares de la misma calidad;
c) La eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza, mediante el estímulo de la educación mixta y de otros tipos de educación que contribuyan a lograr este objetivo y, en particular, mediante la modificación de los libros y programas escolares y la adaptación de los métodos de enseñanza;
d) Las mismas oportunidades para la obtención de becas y otras subvenciones para cursar estudios;
e) Las mismas oportunidades de acceso a los programas de educación permanente, incluidos los programas de alfabetización funcional y de adultos, con miras en particular a reducir lo antes posible toda diferencia de conocimientos que exista entre hombres y mujeres;
f) La reducción de la tasa de abandono femenino de los estudios y la organización de programas para aquellas jóvenes y mujeres que hayan dejado los estudios prematuramente;
g) Las mismas oportunidades para participar activamente en el deporte y la educación física;
h) Acceso al material informativo específico que contribuya a asegurar la salud y el bienestar de la familia, incluidos la información y el asesoramiento sobre planificación de la familia. Artículo 11
1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos derechos, en particular:
a) El derecho al trabajo como derecho inalienable de todo ser humano;
b) El derecho a las mismas oportunidades de empleo, inclusive a la aplicación de los mismos criterios de selección en cuestiones de empleo;
c) El derecho a elegir libremente profesión y empleo, el derecho al ascenso, a la estabilidad en el empleo y a todas las prestaciones y otras condiciones de servicio, y el derecho a la formación profesional y al readiestramiento, incluido el aprendizaje, la formación profesional superior y el adiestramiento periódico;
d) El derecho a igual remuneración, inclusive prestaciones, y a igualdad de trato con respecto a un trabajo de igual valor, así como a igualdad de trato con respecto a la evaluación de la calidad del trabajo;
e) El derecho a la seguridad social, en particular en casos de jubilación, desempleo, enfermedad, invalidez, vejez u otra incapacidad para trabajar, así como el derecho a vacaciones pagadas;
f) El derecho a la protección de la salud y a la seguridad en las condiciones de trabajo, incluso la salvaguardia de la función de reproducción.
2. A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar, los Estados Partes tomarán medidas adecuadas para:
a) Prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad y la discriminación en los despidos sobre la base del estado civil;
b) Implantar la licencia de maternidad con sueldo pagado o con prestaciones sociales comparables sin pérdida del empleo previo, la antigüedad o los beneficios sociales;
c) Alentar el suministro de los servicios sociales de apoyo necesarios para permitir que los padres combinen las obligaciones para con la familia con las responsabilidades del trabajo y la participación en la vida pública, especialmente mediante el fomento de la creación y desarrollo de una red de servicios destinados al cuidado de los niños;
d) Prestar protección especial a la mujer durante el embarazo en los tipos de trabajos que se haya probado puedan resultar perjudiciales para ella.
3. La legislación protectora relacionada con las cuestiones comprendidas en este artículo será examinada periódicamente a la luz de los conocimientos científicos y tecnológicos y será revisada, derogada o ampliada según corresponda. Artículo 12
1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1 supra, los Estados Partes garantizarán a la mujer servicios apropiados en relación con el embarazo, el parto y el período posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuere necesario y le asegurarán una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia. Artículo 13
Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en otras esferas de la vida económica y social a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos derechos, en particular:
a) El derecho a prestaciones familiares;
b) El derecho a obtener préstamos bancarios, hipotecas y otras formas de crédito financiero;
c) El derecho a participar en actividades de esparcimiento, deportes y en todos los aspectos de la vida cultural. Artículo 14
1. Los Estados Partes tendrán en cuenta los problemas especiales a que hace frente la mujer rural y el importante papel que desempeña en la supervivencia económica de su familia, incluido su trabajo en los sectores no monetarios de la economía, y tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención a la mujer de las zonas rurales.
2. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a:
a) Participar en la elaboración y ejecución de los planes de desarrollo a todos los niveles;
b) Tener acceso a servicios adecuados de atención médica, inclusive información, asesoramiento y servicios en materia de planificación de la familia;
c) Beneficiarse directamente de los programas de seguridad social;
d) Obtener todos los tipos de educación y de formación, académica y no académica, incluidos los relacionados con la alfabetización funcional, así como, entre otros, los beneficios de todos los servicios comunitarios y de divulgación a fin de aumentar su capacidad técnica;
e) Organizar grupos de autoayuda y cooperativas a fin de obtener igualdad de acceso a las oportunidades económicas mediante el empleo por cuenta propia o por cuenta ajena;
f) Participar en todas las actividades comunitarias;
g) Obtener acceso a los créditos y préstamos agrícolas, a los servicios de comercialización y a las tecnologías apropiadas, y recibir un trato igual en los planes de reforma agraria y de reasentamiento;
h) Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones. PARTE IV
Artículo 15
1. Los Estados Partes reconocerán a la mujer la igualdad con el hombre ante la ley.
2. Los Estados Partes reconocerán a la mujer, en materias civiles, una capacidad jurídica idéntica a la del hombre y las mismas oportunidades para el ejercicio de esa capacidad. En particular, le reconocerán a la mujer iguales derechos para firmar contratos y administrar bienes y le dispensarán un trato igual en todas las etapas del procedimiento en las cortes de justicia y los tribunales.
3. Los Estados Partes convienen en que todo contrato o cualquier otro instrumento privado con efecto jurídico que tienda a limitar la capacidad jurídica de la mujer se considerará nulo.
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. Artículo 16
1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares y, en particular, asegurarán, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:
a) El mismo derecho para contraer matrimonio;
b) El mismo derecho para elegir libremente cónyuge y contraer matrimonio sólo por su libre albedrío y su pleno consentimiento;
c) Los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio y con ocasión de su disolución;
d) Los mismos derechos y responsabilidades como progenitores, cualquiera que sea su estado civil, en materias relacionadas con sus hijos; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial;
e) Los mismos derechos a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre los nacimientos y a tener acceso a la información, la educación y los medios que les permitan ejercer estos derechos;
f) Los mismos derechos y responsabilidades respecto de la tutela, curatela, custodia y adopción de los hijos, o instituciones análogas cuando quiera que estos conceptos existan en la legislación nacional; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial;
g) Los mismos derechos personales como marido y mujer, entre ellos el derecho a elegir apellido, profesión y ocupación;
h) Los mismos derechos a cada uno de los cónyuges en materia de propiedad, compras, gestión, administración, goce y disposición de los bienes, tanto a título gratuito como oneroso.
2. No tendrán ningún efecto jurídico los esponsales y el matrimonio de niños y se adoptarán todas las medidas necesarias, incluso de carácter legislativo, para fijar una edad mínima para la celebración del matrimonio y hacer obligatoria la inscripción del matrimonio en un registro oficial.
PARTE V
Artículo 17
1. Con el fin de examinar los progresos realizados en la aplicación de la presente Convención, se establecerá un Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (denominado en adelante el Comité) compuesto, en el momento de la entrada en vigor de la Convención, de dieciocho y, después de su ratificación o adhesión por el trigésimo quinto Estado Parte, de veintitrés expertos de gran prestigio moral y competencia en la esfera abarcada por la Convención. Los expertos serán elegidos por los Estados Partes entre sus nacionales, y ejercerán sus funciones a título personal; se tendrán en cuenta una distribución geográfica equitativa y la representación de las diferentes formas de civilización, así como los principales sistemas jurídicos.
2. Los miembros del Comité serán elegidos en votación secreta de una lista de personas designadas por los Estados Partes. Cada uno de los Estados Partes podrá designar una persona entre sus propios nacionales.
3. La elección inicial se celebrará seis meses después de la fecha de entrada en vigor de la presente Convención. Al menos tres meses antes de la fecha de cada elección, el Secretario General de las Naciones Unidas dirigirá una carta a los Estados Partes invitándolos a presentar sus candidaturas en un plazo de dos meses. El Secretario General preparará una lista por orden alfabético de todas las personas designadas de este modo, indicando los Estados Partes que las han designado, y la comunicará a los Estados Partes.
4. Los miembros del Comité serán elegidos en una reunión de los Estados Partes que será convocada por el Secretario General y se celebrará en la Sede de las Naciones Unidas. En esta reunión, para la cual formarán quórum dos tercios de los Estados Partes, se considerarán elegidos para el Comité los candidatos que obtengan el mayor número de votos y la mayoría absoluta de los votos de los representantes de los Estados Partes presentes y votantes.
5. Los miembros del Comité serán elegidos por cuatro años. No obstante, el mandato de nueve de los miembros elegidos en la primera elección expirará al cabo de dos años; inmediatamente después de la primera elección el Presidente del Comité designará por sorteo los nombres de esos nueve miembros.
6. La elección de los cinco miembros adicionales del Comité se celebrará de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 2, 3, y 4 del presente artículo, después de que el trigésimo quinto Estado Parte haya ratificado la Convención o se haya adherido a ella. El mandato de dos de los miembros adicionales elegidos en esta ocasión, cuyos nombres designará por sorteo el Presidente del Comité, expirará al cabo de dos años.
7. Para cubrir las vacantes imprevistas, el Estado Parte cuyo experto haya cesado en sus funciones como miembro del Comité designará entre sus nacionales a otro experto a reserva de la aprobación del Comité.
8. Los miembros del Comité, previa aprobación de la Asamblea General, percibirán emolumentos de los fondos de las Naciones Unidas en la forma y condiciones que la Asamblea determine, teniendo en cuenta la importancia de las funciones del Comité.
9. El Secretario General de las Naciones Unidas proporcionará el personal y los servicios necesarios para el desempeño eficaz de las funciones del Comité en virtud de la presente Convención. Artículo 18
1. Los Estados Partes se comprometen a someter al Secretario General de las Naciones Unidas, para que lo examine el Comité, un informe sobre las medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra índole que hayan adoptado para hacer efectivas las disposiciones de la presente Convención y sobre los progresos realizados en este sentido:
a) En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la Convención para el Estado de que se trate; y
b) En lo sucesivo por lo menos cada cuatro años y, además, cuando el Comité lo solicite.
2. Se podrán indicar en los informes los factores y las dificultades que afecten al grado de cumplimiento de las obligaciones impuestas por la presente Convención.
Artículo 19
1. El Comité aprobará su propio reglamento.
2. El Comité elegirá su Mesa por un período de dos años.
Artículo 20
1. El Comité se reunirá normalmente todos los años por un período que no exceda de dos semanas para examinar los informes que se le presenten de conformidad con el artículo 18 de la presente Convención.
2. Las reuniones del Comité se celebrarán normalmente en la Sede de las Naciones Unidas o en cualquier otro sitio conveniente que determine el Comité. Artículo 21
1. El Comité, por conducto del Consejo Económico y Social, informará anualmente a la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre sus actividades y podrá hacer sugerencias y recomendaciones de carácter general basadas en el examen de los informes y de los datos transmitidos por los Estados Partes. Estas sugerencias y recomendaciones de carácter general se incluirán en el informe del Comité junto con las observaciones, si las hubiere, de los Estados Partes.
2. El Secretario General de las Naciones Unidas transmitirá los informes del Comité a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer para su información. Artículo 22
Los organismos especializados tendrán derecho a estar representados en el examen de la aplicación de las disposiciones de la presente Convención que correspondan a la esfera de las actividades. El Comité podrá invitar a los organismos especializados a que presenten informes sobre la aplicación de la Convención en las áreas que correspondan a la esfera de sus actividades.
PARTE VI
Artículo 23
Nada de lo dispuesto en la presente Convención afectará a disposición alguna que sea más conducente al logro de la igualdad entre hombres y mujeres y que pueda formar parte de:a) La legislación de un Estado Parte; o
b) Cualquier otra convención, tratado o acuerdo internacional vigente en ese Estado.
Artículo 24
Los Estados Partes se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias en el ámbito nacional para conseguir la plena realización de los derechos reconocidos en la presente Convención. Artículo 25
1. La presente Convención estará abierta a la firma de todos los Estados.
2. Se designa al Secretario General de las Naciones Unidas depositario de la presente Convención.
3. La presente Convención está sujeta a ratificación. Los instrumentos de ratificación se depositarán en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.
4. La presente Convención estará abierta a la adhesión de todos los Estados. La adhesión se efectuará depositando un instrumento de adhesión en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.
Artículo 26
1. En cualquier momento, cualquiera de los Estados Partes podrá formular una solicitud de revisión de la presente Convención mediante comunicación escrita dirigida al Secretario General de las Naciones Unidas.
2. La Asamblea General de las Naciones Unidas decidirá las medidas que, en caso necesario, hayan de adoptarse en lo que respecta a esa solicitud. Artículo 27
1. La presente Convención entrará en vigor el trigésimo día a partir de la fecha en que haya sido depositado en poder del Secretario General de las Naciones Unidas el vigésimo instrumento de ratificación o de adhesión.
2. Para cada Estado que ratifique la Convención o se adhiera a ella después de haber sido depositado el vigésimo instrumento de ratificación o de adhesión, la Convención entrará en vigor el trigésimo día a partir de la fecha en que tal Estado haya depositado su instrumento de ratificación o de adhesión. Artículo 28
1. El Secretario General de las Naciones Unidas recibirá y comunicará a todos los Estados el texto de las reservas formuladas por los Estados en el momento de la ratificación o de la adhesión.
2. No se aceptará ninguna reserva incompatible con el objeto y el propósito de la presente Convención.
3. Toda reserva podrá ser retirada en cualquier momento por medio de una notificación a estos efectos dirigida al Secretario General de las Naciones Unidas, quien informará de ello a todos los Estados. Esta notificación surtirá efecto en la echa de su recepción. Artículo 29
1. Toda controversia que surja entre dos o más Estados Partes con respecto a la interpretación o aplicación de la presente Convención que no se solucione mediante negociaciones se someterá al arbitraje a petición de uno de ellos. Si en el plazo de seis meses contados a partir de la fecha de presentación de solicitud de arbitraje las partes no consiguen ponerse de acuerdo sobre la forma del mismo, cualquiera de las partes podrá someter la controversia a la Corte Internacional de Justicia, mediante una solicitud presentada de conformidad con el Estatuto de la Corte.
2. Todo Estado Parte, en el momento de la firma o ratificación de la presente Convención o de su adhesión a la misma, podrá declarar que no se considera obligado por el párrafo 1 del presente artículo. Los demás Estados Partes no estarán obligados por ese párrafo ante ningún Estado Parte que haya formulado esa reserva.
3. Todo Estado Parte que haya formulado la reserva prevista en el párrafo 2 del presente artículo podrá retirarla en cualquier momento notificándolo al Secretario General de las Naciones Unidas. Artículo 30
La presente Convención, cuyos textos en árabe, chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticos, se depositarán en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los infrascritos, debidamente autorizados, firman la presente Convención.
La mayoría de los contenidos de Educación para la Ciudadanía no están en la Constitución Española
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Además, muchos temas que sí son constitucionales no se mencionan en esta asignatura de Educación para la Ciudadanía. El Estado no puede impulsar otro sistema de valores que el contemplado en la Constitución. Sin embargo, tal como denuncia la asociación Profesionales por la Ética (PPE), la mayoría de contenidos de la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC) no están contemplados en la Carta Magna.
Al mismo tiempo, principios como la monarquía parlamentaria, la soberanía nacional del pueblo español o el derecho a disfrutar de una vivienda no figuran en sus temarios, añade esta asociación.
La asignatura unas veces ignora valores y principios constitucionales fundamentales y otras veces recoge algunos conceptos que sí están en esta norma suprema pero les dan un sentido totalmente diferente.
La precisión surge después de que ese mismo día los diputados del Partido Socialista realizaran en el Congreso unas jornadas de estudio tituladas Educación para la Ciudadanía y valores constitucionales. De acuerdo a la asociación PPE, este titulo deviene absolutamente falso.
Pasando de la Constitución
Por ejemplo, en 3º de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), de los 21 temas abordados sólo uno se refiere a la Constitución Española, mientras en Educación Ético-Cívica de 4º de la ESO, sólo se cita a la Constitución en un criterio de evaluación, dice el comunicado.
Entre los principios básicos que “ignora” Educación para la Ciudadanía, Urcelay destaca la “unidad indisoluble de la nación española, el diseño de la bandera y la obligación de exhibirla en edificios públicos, el papel del ejército como garante de la unidad de España o el deber de los poderes públicos de cooperar con las confesiones religiosas, en especial con la Iglesia Católica”.
Educación para la Ciudadanía no incluye los derechos fundamentales y libertades públicas contenidas en el capítulo segundo de la Constitución, como la igualdad entre todos los españoles, el derecho a la vida y a la integridad física o moral, a la libertad y a la seguridad, entre otros.
Propuesta socialista
“Los supuestos valores constitucionales de la asignatura Educación para la Ciudadanía para 3º y 4º de la ESO han sido empleados por el Gobierno como pretexto para imponer valores y principios que nada tienen que ver con la Constitución Española”, afirma Urcelay.
Lo que sí hace la EpC –prosigue- es referirse vagamente a “los derechos humanos como conquistas históricas inacabadas” o “los Derechos Humanos como principal referencia ética de la conducta humana, evolución e interpretación de los Derechos Humanos”.
Urcelay continúa su enumeración de falsedades socialistas y explica que la EpC para 3º de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) se refiere a “la familia en el marco de la Constitución Española” pero solo da como criterio “la participación y la práctica del diálogo para superar los conflictos en las relaciones familiares”. Por su parte, Luis Carbonel, presidente de Concapa, criticó la obligatoriedad de una asignatura que se basa en valores y, aludiendo a la campaña de propaganda del Gobierno, dijo que “tanto Zapatero como la ministra de Educación han mentido al decir que esta materia se da en Europa lo cual no es verdad exactamente porque no se da en todos los países de forma obligatoria y porque los valores que se aplican son diferentes”.
Carbonel añadió que “resulta curioso que un Estado que nos tiene a la cola de Europa en educación, en lugar de terminar con el fracaso escolar se invente una asignatura, y encima que sea una asignatura de valores obligatoria”. Asimismo, el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Arturo Canalda, intervino por primera vez en el debate público sobre EpC y afirmó que “lo que no se puede mantener es posturas enfrentadas de tal modo que, al final, tengamos niños sin clase o sin posibilidad de obtener su título”. Canalda indicó que la responsabilidad, en primera instancia, es del Ministerio “porque al diseñar una nueva asignatura introdujo unos contenidos mínimos que no son asumibles por la generalidad de los ciudadanos”.
En este sentido, añadió que no puede olvidarse la existencia de un interés superior que es el de los menores y que no debe permitirse que sean éstos los que salgan perjudicados.
Rebelión ciudadana
Cabe resaltar también que casi 15.000 padres se han rebelado ya contra Educación para la Ciudadanía en 2007 y se han declarado objetores de conciencia. Se oponen a la polémica asignatura porque vulnera el derecho fundamental de los padres a educar libremente a sus hijos.
Educación para la Ciudadanía se empezará a impartir primero en siete comunidades autónomas en 2007: Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Cataluña, Extremadura y Navarra; todas ellas gobernadas por el PSOE a excepción de la Comunidad Foral. En el resto de España comenzará a impartirse en 2008. En total, son más de 226.000 alumnos de 3º de Secundaria los que recibirán clases de EpC, a excepción de los que se han declarado objetores y directamente no cursan la asignatura.
Constitución, laicidad y Educación para la ciudadanía
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Lo que el PSOE pretende impulsar con la Educación para la Ciudadanía:
Con este título el PSOE ha publicado un manifiesto con motivo del 28º aniversario de la Constitución de 1978. En él se hace un desafortunado paralelismo entre la actual Constitución y la del régimen republicano de 1931, a pesar de que esta última era abiertamente, no laica, sino anticatólica. Lo que inicialmente fue aceptado como una democracia liberal por Marañón, Ortega o Pérez de Ayala, padres intelectuales de la República, terminó por calificarse de estupidez y canallada. Las causas del fracaso del régimen republicano, entre otras, fueron la depresión económica, y la falta de medidas para paliar dicha crisis, con el consiguiente desmoronamiento social, en un régimen que después del asesinato de Calvo Sotelo, bajo la sospecha del socialista Prieto, acabó en una sangrienta Guerra Civil. Le precedieron actos de violencia entre las propias izquierdas, y a su vez, contra la derecha y la Iglesia Católica, siendo incapaz el propio Azaña en este proceso revolucionario de cumplir y hacer cumplir la ley. El partido socialista se radicalizó y cayó en el bolcheviquismo, pese a la oposición de Besteiro, junto con los anarquistas que también compartían el terrorismo.
En este manifiesto socialista también se hace referencia, no sin cierta perplejidad, al consenso y la igualdad en la Constitución de 1978, aspectos que actualmente están en quiebra, después de que el Gobierno de Rodríguez Zapatero haya ideado un cambio de régimen constitucional, no cejando en el empeño de apartar del escenario político al principal partido de la oposición, que representa a la mitad de los españoles, aliándose con los nacionalistas, separatistas y terroristas de ETA. Este proceso comienza con el Pacto del Tinell, y con el acuerdo en Perpignan, plasmándose en concreto en el abandono del Pacto por las Libertades y contra el Terrorismo, y la Ley de Partidos Políticos, rechazando las reiteradas peticiones de consenso por la oposición, junto con una transformación del Estado autonómico, que tiende a la ruptura de la indisoluble unidad de la Nación española, como lo prueba el actual Estatuto de Cataluña, que vulnera la igualdad y solidaridad de todos los españoles.
Además de este cambio en el modelo territorial del Estado, los socialistas también pretenden un cambio en el modelo social, y para ello se viene a reinterpretar la Constitución. El manifiesto lo que viene a descubrir es un principio constitucional hasta ahora ignoto: la laicidad. Este concepto emergente se justifica ante los nuevos fenómenos migratorios y la nueva sociedad multicultural española, lo que lleva a rediseñar un nuevo derecho de libertad de conciencia. De tal forma, que todo lo religioso, se piensa que lo único que hace es sembrar fronteras entre los ciudadanos, y se tacha por ello sin más, de fundamentalismo. Sin laicidad, dicen, serían delitos civiles algunas libertades como la interrupción voluntaria del embarazo, el matrimonio entre personas del mismo sexo, y dejarían de ser delitos el maltrato a la mujer, la ablación o la discriminación por razón de sexo.
En definitiva, se trata de sustituir todo lo religioso, que se percibe como contrario a las conciencias libres y críticas, lleno de imposiciones, que mediatizan la voluntad ciudadana, y que va en contra de la convivencia de culturas, ideas y entre los ciudadanos, por la laicidad, que vendría a representar una asepsia ideológica ajena a fundamentalismos, que garantizaría la convivencia de la diversidad de concepciones, integrada por el conjunto de valores que se recogen en la Constitución, y que se canalizarían a través de la nueva asignatura, Educación para la Ciudadanía.
Este esfuerzo interpretativo viene a oscurecer y tergiversar, la claridad que el constituyente vino a plasmar en el art. 16 de la Constitución, que garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto, sin más limites, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley. Todo ello, teniendo presente que ninguna confesión tendrá carácter estatal, y será por lo tanto aconfesional. Y olvidando dicho manifiesto, que los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
El laicismo que propugna este Gobierno socialista es contrario a la Norma Fundamental. Pretende aniquilar y diluir cualquier fenómeno religioso para que no tenga incidencia y repercusión en la vida social, expulsando de la vida pública, de forma especial a los católicos, como ocurriera en la Constitución republicana de 1931. Así, eliminan cualquier atisbo de libertad religiosa en su manifiesto, para acto seguido implantar su propia «religión» laica, esta sí, no exenta del fundamentalismo de su ideología, que pretenden encauzar de forma sibilina a través de la asignatura de Educación para la Ciudadanía, que vendría a sustituir a la enseñanza de la religión católica en las escuelas.
Bajo el pretexto de la neutralidad, convivencia y una mal entendida aconfesionalidad, que interpretan como extinción de lo religioso, con la excusa del multiculturalismo, se adopta una actitud liberticida y sectaria, para imponer su propia doctrina, cargada de un fundamentalismo excluyente de toda libertad religiosa e ideológica, eliminando la posibilidad de ejercer otros valores diferentes en una sociedad pluralista, ante la res pública. Se pretende implantar la dictadura del relativismo y del laicismo para cambiar a modo de ingeniería social los valores que impregnan y configuran nuestra sociedad, hasta alcanzar el pensamiento totalitario y único. En ningún caso nos podrán imponer, a no ser quebrantando el derecho a la libertad ideológica y la libertad religiosa, que son «libertades» quitar el derecho a la vida del nasciturus o equiparar como matrimonio la unión de personas del mismo sexo, porque eso sería violentar la propia naturaleza y dignidad humana, con independencia de cualquier referencia de índole religiosa.
Educación para la ciudadanía y Constitución: ¿incompatibles?
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José Ignacio Moreno Iturralde
Discurso de Nicolás Sarkozy al asumir la presidencia de Francia
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En este discurso encontrarás muchos temas interesantes: conceptos de izquierda y derecha, planteamiento cultural, nueva ciudadanía, derechos y deberes y otros temas centrados en Educación para la Ciudadanía. utiliza el texto para debatir sobre los conceptos de la asignatura.
Por: Nicolás Sarkozy
Discurso de Bercy, 29 de abril de 2007.
«El pensamiento único, que es el pensamiento de quienes lo saben todo, de quienes se creen no sólo intelectualmente sino también moralmente por encima de los demás, ese pensamiento único había denegado a la política la capacidad para expresar una voluntad. Había condenado la política. Había profetizado su caída imparable frente a los mercados, las multinacionales, los sindicatos, Internet. Se sostenía que en el mundo tal cual es hoy, con sus informaciones que se difunde instantáneamente, sus capitales que se desplazan cada vez más rápido y sus fronteras ampliamente abiertas, la política ya no jugaría más que un papel anecdótico y que ya no podría expresar una voluntad, porque el poder pronto estaría compartido, diluido, disperso en red; porque las fronteras estarían totalmente abiertas y los hombres, los capitales y las mercancías circularían sin obedecer a nadie.
Pero la política retorna. Retorna por todas partes en el mundo. La caída del Muro de Berlín pareció anunciar el fin de la Historia y la disolución de la política en el mercado. Dieciocho años después, todo el mundo sabe que la Historia no ha terminado, que siempre es trágica y que la política no puede desaparecer porque los hombres de hoy sienten una necesidad de política, un deseo de política como rara vez se había visto desde el fin de la segunda
guerra mundial.
Necesidad de nación
La necesidad de política tiene por corolario la necesidad de nación. La nación también había sido condenada. Pero aquí está de nuevo, para responder a la necesidad de identidad frente a la mundialización, vivida como una empresa de uniformización y mercantilización del mundo en la que ya no quedaría lugar para la cultura y para los valores del espíritu. Quizá la inquietud es excesiva, pero es bien real y expresa una necesidad de identidad muy fuerte. Por todas partes la he encontrado en esta campaña; en todas partes me han hablado de ella gentes de toda condición. Pero la nación no es sólo la identidad. Es también la capacidad de estar juntos para protegerse y para actuar. Es el sentimiento de que no se está solo para afrontar un futuro angustioso y un mundo amenazante. Es el sentimiento de que, juntos, se es más fuerte, y podremos hacer frente a lo que, solos, no podríamos afrontar.
Yo he querido volver a poner la voluntad política y Francia en el corazón del debate político. La voluntad política y la nación están siempre para lo mejor y para lo peor. El pueblo que se moviliza, que se convierte en una fuerza colectiva, es una potencia temible que puede actuar tanto para lo mejor como para lo peor. Hagamos las cosas de manera que sea para lo mejor.
Conjuraremos lo peor respetando a los franceses, manteniendo nuestros compromisos, respetando la palabra dada. Conjuraremos lo peor haciendo que la moral retorne a la política.
Contra los herederos de Mayo del 68
No me da miedo la palabra “moral”. Desde mayo de 1968 no se podía hablar de moral. Era una palabra que había desaparecido del vocabulario político. Hoy, por primera vez en decenios, la moral ha estado en el corazón de la campaña presidencial. Mayo del 68 nos había impuesto el relativismo intelectual y moral. Los herederos del 68 habían impuesto la idea de que todo vale, de que no hay ninguna diferencia entre el bien y el mal, entre lo verdadero y lo falso, entre lo bello y lo feo. Habían querido hacernos creer que el alumno
vale tanto como el maestro, que no hay que poner notas para no traumatizar a los malos alumnos, que no había diferencias de valor y de mérito. Habían querido hacernos creer que la víctima cuenta menos que el delincuente, y que no puede existir ninguna jerarquía de valores. Habían proclamado que todo está permitido, que la autoridad había terminado, que las buenas maneras habían terminado, que el respeto había terminado, que ya no había nada que fuera grande, nada que fuera sagrado, nada admirable, y tampoco ya ninguna regla, ninguna norma, nada que estuviera prohibido.
Recordad el eslogan de Mayo del 68 en las paredes de la Sorbona: “Vivir sin obligaciones y gozar sin trabas”. Así la herencia de Mayo del 68 ha liquidado a la escuela de Jules Ferry en la izquierda francesa, que era una escuela de la excelencia, del mérito, del respeto, del civismo; una escuela que quería ayudar a los niños a convertirse en adultos y no a seguir siendo niños grandes, una escuela que quería instruir y no infantilizar, porque había sido construida por grandes republicanos que tenían la convicción de que el ignorante no es libre. Pero la herencia de Mayo del 68 ha liquidado esa escuela que transmitía una cultura común y una moral compartida, cultura y moral gracias a las que todos los franceses podían hablarse, comprenderse, vivir juntos. La herencia de Mayo del 68 ha introducido el cinismo en la sociedad y en la política. Han sido precisamente los valores de Mayo del 68
los que han promovido la deriva del capitalismo financiero, el culto del dinero-rey, del beneficio a corto plazo, de la especulación. El cuestionamiento de todas las referencias éticas y de todos los valores morales ha contribuido a debilitar la moral del capitalismo, ha preparado el terreno para el capitalismo sin escrúpulos y sin ética, para esas indemnizaciones millonarias de los grandes directivos, esos retiros blindados, esos abusos de ciertos empresarios, el triunfo del depredador sobre el emprendedor, del especulador sobre el trabajador.
La izquierda hipócrita
Los herederos de Mayo del 68 han degradado el nivel moral de la política.
Todos esos políticos que reivindican la herencia de Mayo del 68, dan al prójimo lecciones que jamás se aplican a sí mismos, quieren imponer a los demás comportamientos, reglas, sacrificios que jamás se imponen a sí mismos.
Proclaman: “Haced lo que yo digo, no hagáis lo que yo hago”. Ésa es la izquierda heredera de Mayo del 68, la que está en la política, en los medios de comunicación, en la administración, en la economía. La izquierda que le ha tomado gusto al poder, a los Privilegios. La izquierda que no ama a la nación porque no quiere compartir nada. Que no ama a la República porque no ama la igualdad. Que pretende defender los servicios públicos, pero que jamás veréis en un transporte colectivo. Que ama tanto la escuela pública, que a sus hijos los lleva a colegios privados. Que dice adorar la periferia, pero que se cuida muy mucho de vivir en ella. Que siempre encuentra excusas para los violentos, a condición de que se queden en esos barrios a los que ella, la izquierda, no va jamás. Esa izquierda que hace grandes discursos sobre el interés general, pero que se encierra en el clientelismo y el corporativismo. Que firma peticiones y manifiestos cuando se expulsa a algún “okupa”, pero que no aceptaría que se instalaran en su casa. Que dedica su tiempo a hacer moral para los demás, sin ser capaz de aplicársela a sí misma. Esa izquierda, en fin, que entre Jules Ferry y Mayo del 68 ha elegido Mayo del 68, es la que condena a Francia a un inmovilismo cuyas principales víctimas serán los trabajadores, los más modestos, los más pobres.
Ésa es la izquierda que desde Mayo del 68 ha renunciado al mérito y al esfuerzo, que ha dejado de hablar a los trabajadores, de sentirse concernida por la suerte de los trabajadores, de amar a los trabajadores; porque el valor trabajo ya no forma parte de sus valores, porque su ideología ya no es la de Jaurès o la de Blum, que respetaban a los trabajadores, sino que ahora la ideología de la izquierda es la del reparto obligatorio del trabajo, la de las 35 horas, la del asistencialismo. La crisis del trabajo es ante todo una crisis moral, y en ella la herencia de Mayo del 68 tiene una enorme responsabilidad. Yo quiero rehabilitar el trabajo, quiero devolver al trabajador el primer lugar en la sociedad.
Liquidar la herencia de Mayo del 68
La herencia de Mayo del 68 ha debilitado la autoridad del Estado. Esos herederos de los que en Mayo del 68 gritaban “CRS = SS”, toman sistemáticamente partido por los violentos, los alborotadores y los estafadores contra la policía. Lo hemos visto tras los incidentes de la Estación del Norte. En lugar de condenar a los violentos y de apoyar a las
fuerzas del orden y su difícil trabajo, no se les ha ocurrido nada mejor que esta frase, que merecería ser inscrita en los anales de la República: “Es inquietante constatar que se ha abierto una fosa entre la policía y la juventud”. Como si los vándalos de la Estación del Norte representaran a toda la juventud francesa. Como si fuera la policía la que estaba actuando mal, y no los violentos. Como si los violentos hubieran destrozado todo y
saqueado los comercios para expresar una revuelta contra una injusticia.
Como si el hecho de ser jóvenes lo excusara todo. Como si la sociedad fuera siempre culpable y el delincuente siempre inocente. Ésos son los herederos de Mayo del 68, que denigran la identidad nacional, que atizan el odio a la familia, a la sociedad, al Estado, a la nación, a la República.
En estas elecciones se trata de saber si la herencia de Mayo del 68 debe ser perpetuada o si puede ser liquidada de una vez por todas. Yo quiero pasar la página de Mayo del 68. Pero tiene que ser más que un gesto. No hay que contentarse con poner banderas en los balcones el 14 de julio y cantar la Marsellesa en vez de la Internacional en los mítines del Partido Socialista. No se puede decir que se desea el orden y tomar sistemáticamente partido contra la policía. No es posible seguir denunciando la “provocación” y el “Estado policial” cada vez que la policía intenta hacer respetar la ley. No se puede decir que uno apuesta por el valor del trabajo y, al mismo tiempo, generalizar las 35 horas, seguir cargándolo con impuestos y estimular la mentalidad del asistido, del que cobra del Estado para no trabajar. No se puede decir que se desea obstaculizar las deslocalizaciones y al mismo tiempo rechazar cualquier experimentación del IVA social, que permite financiar la protección social con las importaciones. No es posible proclamar grandes principios y negarse a inscribirlos en la realidad.
Yo propongo a los franceses romper realmente con el espíritu, con los comportamientos, con las ideas de Mayo del 68, con el cinismo de Mayo del 68. Propongo a los franceses devolver a la política la moral, la autoridad, el trabajo, la nación. Les propongo reconstruir un Estado que haga realmente su trabajo y que, en consecuencia, domine las feudalidades, los corporativismos y los intereses particulares. Les propongo rehacer una
República una e indivisible contra todos los comunitarismos y todos los separatismos. Les propongo reedificar una nación que de nuevo esté orgullosa de sí misma.
Ciudadanía de deberes
Al poner sistemáticamente los derechos por encima de los deberes, los herederos de Mayo del 68 han debilitado la idea de ciudadanía. Al denigrar la ley, el Estado y la nación, los herederos de Mayo del 68 han favorecido el crecimiento del individualismo. Han incitado a cada cual a no pensar más que en sí mismo y a no sentirse concernido por los problemas del prójimo. Yo creo en la libertad individual, pero quiero compensar el individualismo con el civismo, con una ciudadanía hecha de derechos pero también de deberes.
Quiero derechos nuevos, derechos reales y no virtuales. Quiero un derecho real a un techo, al alojamiento. Un derecho real al cuidado de los hijos, a la escolarización de niños con minusvalías, a la dependencia para los mayores. Quiero el derecho a un contrato de formación para los jóvenes de más de 18 años, y a la formación a lo largo de toda la vida. Quiero el derecho a la caución pública para aquellos que no tienen padres, para los que no tienen relaciones, para los enfermos a los que no se les quiere prestar porque se considera que representan un riesgo demasiado elevado. Quiero el derecho a un contrato de transición profesional para los que están en paro.
Pero quiero que estos derechos estén equilibrados con los deberes. La ideología de Mayo del 68 habrá muerto cuando la sociedad se atreva a recordar a cada cual sus deberes, cuando en la política francesa se ose proclamar que, en la República, los deberes son la contrapartida de los derechos. Ese día al fin se habrá realizado la gran reforma moral e
intelectual que Francia necesita una vez más. Entonces podremos reconstruir sobre cimientos renovados esa República fraternal que es el sueño siempre inacabado, nunca realizado de Francia desde el primer día en que tuvo conciencia de su existencia como nación. Porque Francia no es una raza, no es una etnia, ni sólo un territorio; Francia es un ideal incansablemente perseguido por un gran pueblo que, desde su primer día, cree en la fuerza de las ideas, en su capacidad para transformar el mundo y hacer la felicidad de
la humanidad.
Quiero decírselo a los franceses: el pleno empleo, el crecimiento, el aumento del poder adquisitivo, la revalorización del trabajo, la moralización del capitalismo, todo eso es necesario y es posible. Pero eso no son más que medios que deben ser puestos al servicio de una cierta idea del hombre, de un ideal de sociedad donde cada cual pueda encontrar su lugar, donde la dignidad de todos y cada uno sea reconocida y respetada.»
Educación para la Ciudadanía y Derechos humanos
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En este vídeo se habla de los derechos humanos, de Educación para la Ciudadanía. Se habla de verdaderos líderes mundiales que han luchado por cambiar el mundo y eludir las injusticias. Después de ver el vídeo puedes contestar las siguientes dos preguntas:
– ¿Es el presidente del gobierno español un líder de la envergadura de los que salen en el vídeo?
– ¿Objetar contra Educación para la ciudadanía es alinearse con los líderes que han defendido las libertades?
Educación para la ciudadanía y Alianza de Civilizaciones: una guía
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La propuesta de crear una “Alianza de Civilizaciones” para luchar contra el terrorismo fue lanzada por Zapatero durante su intervención ante la asamblea general de la ONU. Desde entonces no se ha sabido mucho sobre el desarrollo de dicha iniciativa, pero es una realidad que el gobierno socialista la está impulsando con todas sus fuerzas en el ámbito de sus contactos internacionales.
En este papel intentaré explicar el desarrollo, contenido y alcance de la idea del actual presidente español, así como aportar elementos para su crítica.
1.- ¿Qué es la cacareada Alianza de Civilizaciones?
La respuesta más sencilla es que se trata de una idea planteada en términos vagos, que ha ido tomando forma a medida que se exponía a otros.
Fue el senador por Montana Mike Mansfield quien dijo “yo no sé definir exactamente la pornografía, pero les aseguro qué sé perfectamente reconocerla”. Pues bien, algo parecido ocurre con el concepto avanzado por Rodríguez Zapatero de “Alianza de civilizaciones”: pocos son capaces de darle un contenido exacto, pero todos nos hacemos una idea. De hecho, el gobierno actual no ha realizado ninguna elaboración detallada de su propuesta. Al menos públicamente y para el consumo del pueblo español.
La idea de una “Alianza de civilizaciones” surge con motivo del discurso del actual presidente de gobierno ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, el pasado 21 de septiembre de 2004. Hacia finales de un texto plagado de generalidades, Zapatero dijo lo siguiente:
…como representante de un país creado y enriquecido por culturas diversas, quiero proponer ante esa asamblea una Alianza de Civilizaciones entre el mundo occidental y el mundo árabe y musulmán. Cayó un muro. Debemos evitar ahora que el odio y la incomprensión levanten otro. España somete al Secretario General, cuya labor al frente de la Organización apoya con firmeza, la posibilidad de constituir un Grupo de Alto Nivel para llevar a cabo esta iniciativa.
Preguntado sobre el propósito de una alianza de tal naturaleza, Zapatero respondió: “Tiene como objetivo fundamental profundizar en la relación política, cultural, educativa, entre lo que representa el llamado mundo occidental y el ámbito de países árabes y musulmanes”.
En realidad, del objetivo último del gobierno español no saldría de la reunión de la ONU, donde meramente se limitó a avanzar una vaga propuesta, sino tres meses más tarde, con motivo del final de las comparecencias ante la comisión que investigaba el 11-M. De acuerdo con el diario el País, el ejecutivo socialista tenía preparada una propuesta para renovar en pacto antiterrorista, ampliándolo también al terrorismo islamista. Según ese diario, las llamadas “bases del Gobierno para una Alianza democrática” consistirían en siete principios, de los que a nosotros, aquí y ahora, sólo nos interesan dos:
· Desvincular el Islam del terrorismo de Al Qaeda;
· Cooperación internacional. Todos los partidos se deben comprometer a trabajar conjuntamente para desarrollar iniciativas de cooperación en el marco de la Unión Europea y de Naciones Unidas para hacer frente a los desafíos que plantea el terrorismo internacional. Entre las medidas de esa cooperación se incluyen intercambios económicos y culturales equitativos entre las sociedades occidentales y el mundo islámico, y a fomentar el diálogo intercultural y entre religiones, tanto dentro como fuera de las fronteras estatales.[1]
O sea, que el objetivo último es la lucha contra el terrorismo y esa lucha se entiende que debe realizarse, esencialmente, a través del diálogo y la mejora del conocimiento mutuo.
2.- ¿Qué está promoviendo el actual gobierno y quién le apoya?
Más allá de estos enunciados generales, en realidad no se sabe. Pero lo que sí es seguro es el empeño del ejecutivo socialista por impulsar esta propuesta. Así, el ministro de asuntos exteriores instruyó mediante telegrama a todas las embajadas españolas sobre la necesidad de recabar el máximo apoyo posible para la propuesta de Zapatero.
Consecuentemente, aprovechando la cumbre iberoamericana de San José de Costa Rica, el pasado 19 y 20 de noviembre, el gobierno español coló gracias a la complicidad de la delegación argentina, una declaración adicional sobre el tema, en la que literalmente se dice:
A propuesta de la delegación argentina, la XIV Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno exhorta al Secretario General de las Naciones Unidas para que, en uso de sus facultades, establezca un grupo de alto nivel en esa Organización sobre la propuesta del Presidente español efectuada en la ultima sesión de la Semana Ministerial de la Asamblea General de las Naciones Unidas relativa a la “Alianza de Civilizaciones”, como una herramienta idónea en su doble dimensión cultural y política de acercamiento de las naciones.
Esta declaración adicional se ha interpretado por el gobierno español como una adhesión a la idea por parte de la comunidad de países iberoamericanos.
En segundo lugar, el gobierno ha empujado también su idea con motivo de la reunión de la Liga Árabe, mantenida en El Cairo a comienzos del pasado mes de diciembre. Según Moratinos, el secretario general de la Liga, Amor Moussa, se mostró deseoso de dar el máximo apoyo a la propuesta de Zapatero ante las Naciones Unidas.
En Europa, y también al alimón de cumbres bilaterales, se cuenta en principio con el apoyo de Polonia y Portugal, aunque sólo conste públicamente el fervor de Bulgaria por la idea.
Durante la reunión del diálogo mediterráneo 5+5 que tuvo lugar en Orán, Argelia, el pasado 23 de noviembre también se discutió del diálogo entre las culturas, aunque no consta apoyo explicito a la propuesta de Zapatero.
En cualquier caso, con estos contactos y complicidades, el presidente del gobierno escribió al secretario general de la ONU, Kofi Annan, a finales de noviembre, para informarle de los avances y de los partidarios de su iniciativa, instándole a que recogiera su propuesta de crear un grupo de alto nivel que estudiara el asunto.
La respuesta de Annan llegó días más tarde, en diciembre, siendo positiva y favorable. Quedaba así constituido el grupo de alto nivel, de momento con tres miembros, el jefe de gabinete de Annan, el embajador español ante la ONU, Juan Antonio Yánez, y Máximo Cajal como experto. No sólo esta composición pone de relieve las limitaciones actuales de la propuesta, sino que la dimisión forzada del hombre de confianza de Annan, el paquistaní Iqbal Riza, y su reemplazo por Mark Malloch Brown, quien ha tomado posesión apenas hace 10 días, habrá complicado aún más los trabajos de ese grupo.
Es verdad que el número de países que formalmente están de acuerdo con la propuesta de Zapatero no ha dejado de crecer, pero eso no puede ignorar el hecho que, de momento, los logros del gobierno español se reducen a dos grandes grupos: latinoamericanos y musulmanes. Está por ver el impacto en Europa y el mundo occidental, donde, como era de esperar, los Estados Unidos, han expresado ya su rechazo.
3.- Actitudes frente a la Alianza de Civilizaciones
El contagio aparente a favor de la propuesta de Zapatero ha llevado a algunos a pensar que el Partido Popular no debe quedarse al margen de esta iniciativa y que debería apoyarla sin reservas para hacerse un hueco en la misma. Dejando al margen la inocencia de tal planteamiento que desconoce el ansia de ZP por lograr una foto en Madrid de reconocimiento universal y que, por lo tanto, no puede incluir a la oposición, apoyar el concepto de Alianza de Civilizaciones sería un gravísimo error ya que supone renegar de la visión, actitud y políticas que se han sostenido en la etapa de gobierno por el PP en la lucha contra el terrorismo.
La iniciativa de ZP se explica en parte por su necesidad de reconocimiento internacional, pero, sobre todo, porque subraya su concepción de que para luchar contra el terror recurrir al uso de la fuerza es un grave error, que lo importante es comprender las causas del terrorismo y atajarlas a través del diálogo y la promoción de la cultura.
Por lo tanto:
1) Se trata de una iniciativa para mayor gloria de zapatero y su gobierno, no de España y mucho menos de todos los españoles, incluida la oposición. Ya por esto, y aunque fuera pura táctica política, el concepto debería ser aborrecido.
2) Se trata de una iniciativa que busca condenar la política de los anteriores gobiernos en materia antiterrorista, con especial énfasis en las intervenciones exteriores como Irak. Más que suficiente para rechazar de plano el planteamiento del gobierno socialista.
Pero hay más y de mayor calado:
3) Se cuenta con una experiencia previa que ha sido todo un sonado fracaso. No suele decirse, pero la propuesta de ZP es un puro plagio de la que lanzó Jatami en 1998, ante el mismo foro, el 21 de septiembre de 1998. Sólo que en lugar de alianza Jatami empleó Diálogo de civilizaciones. De hecho, la ONU declaró el año 2001 el año del diálogo de civilizaciones, promoviendo una declaración formal que se aprobó finalmente en noviembre de ese mismo año, dos meses después de los atentados del 11-S y que ya auguraba cuáles eran los límites de dicho diálogo.
4) La propuesta parte de un planteamiento equivocado y peligroso. La Alianza, al igual que el diálogo de Jatami, fija las civilizaciones, puesto que el diálogo busca el entendimiento del otro, no su cambio o transformación. Es, por tanto, un planteamiento absolutamente relativista: nuestros valores no tienen por qué ser universales y debemos respetar los del los otros, aunque sean nuestros enemigos. En la Alianza queda claro el planteamiento de Zapatero sobre el terrorismo islámico: no es el odio a los valores occidentales, es la incultura y la pobreza la causa del terror. Ayudando a superar estos factores, todo se podrá resolver. Por lo demás, el mismo concepto de Alianza de civilizaciones tiende a esconder el hecho constatable que el terrorismo internacional es mayoritariamente islámico y, muy especialmente, proveniente del mundo árabe. Parece querer situar el fenómeno terrorista más allá de las civilizaciones, como algo externo, cuando en realidad es todo lo contrario, un producto de la enseñanza fundamentalista del Islam militante.
Henry Kamen compartía estas preocupaciones en un reciente artículo donde se mostraba convencido de que la propuesta de Zapatero era o inútil en el mejor de los casos o una farsa en el peor de ellos, puesto que una Alianza requería compartir una serie de conceptos en común, algo que, evidentemente, no sucede entre los occidentales liberales y el mundo islámico. El decía irónicamente:
Se supone que la intención no es exportar los decadentes conceptos culturales occidentales, como democracia, derechos de la mujer, libertad de expresión, libertad religiosa o tolerancia sexual. Si zapatero no tiene intención de profundizar en estos temas ¿entonces intentará profundizar en conceptos como la dictadura, el control de la prensa y la negación de la libertad sexual? (…) Zapatero puede contestar que cuando dice profundizar, quiere decir no interferir, algo así como alcanzar una situación de mutua tolerancia…[2]
Es un planteamiento peligroso porque ya conocemos cuál es el resultado de décadas en las que se ha dejado las manos libres a los líderes religiosos musulmanes y en las que sólo han aprovechado para inculcar el odio y la cultura de la muerte. Mientras que la propuesta de ZP no desborde el marco meramente gubernamental y no promueva, por tanto, mayores contactos entre grupos sociales, estará aliándose en realidad con los verdugos, no con las víctimas de la opresión y la intolerancia.
5) Hay alternativas que producirán más seguridad y bienestar. Desde la invasión de Irak, el presidente americano no se ha cansado de repetir que es la falta de libertad la causa de los males que aquejan al mundo árabe y del terrorismo islamista. Y que, por tanto, la mejor forma de combatirlo es una estrategia a largo plazo de transformación profunda de esas sociedades, o civilización si se prefiere. El G-8 endosó su Iniciativa sobre el Amplio Oriente Medio y Norte de África.
Su discurso durante la ceremonia de inauguración de su segundo mandato, ha sido claro al respecto: la seguridad de todo el mundo depende de la libertad en esa parte del mundo. La tiranía se combate con la expansión de la democracia, no con el diálogo con los tiranos.
En conclusión, la propuesta de la Alianza de civilizaciones nos enfrenta a una serie de opciones sobre las que decidir:
a) es un ejercicio vacío y fútil, destinado a mejorar la imagen y densidad internacional de Zapatero; o
b) es un acto de ingenuidad o irresponsabilidad del que sacarán provecho los enemigos de la civilización occidental, reforzando sus valores y expandiendo su audiencia.
Sea lo que sea, no parece nada atractivo. Máxime si se cree que el cambio en el Oriente Medio es posible y empieza por las elecciones del próximo domingo en Irak.
Contenido de la Constitución Española de 1978
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La actual Constitución española consta de 169 artículos. Se considera una Constitución extensa, la segunda en extensión de la historia de España, después de la Constitución de 1812 que comprendía 384 artículos.
Los artículos constitucionales están organizados en Títulos que a su vez se subdividen en capítulos y secciones.
Los temas que trata la Constitución en sus diferentes títulos son los siguientes:
- Principios y valores constitucionales. Derechos y libertades de los ciudadanos.Preámbulo, Título Preliminar y Título Primero.
- Organización, competencias y funcionamiento de los poderes públicos:a) Órganos del Estado
– La Corona. Título II
– Las Cortes Título III y V
– El Gobierno Título IV y V
– El Poder Judicial Título VI
– Tribunal Constitucional Título IXb) Principios de actuación ejecutiva en el ámbito económico. Título VII
c) Organización Territorial del Estado. Título VIII
- La Reforma Constitucional. Título X
Concluye el texto constitucional con las Disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y final.
Título Preliminar
En este título se contienen los principios fundamentales de la Constitución:
Se define a España como un Estado social y democrático de Derecho.
Se establecen como valores supremos la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
Se proclama que la soberanía nacional reside en el pueblo.
Se define la forma política del Estado como una Monarquía parlamentaria.
El artículo 2 hace compatible la unidad de la Nación con el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones.
Título I
Es el más extenso de la Constitución y comprende desde el artículo 10 al 55. Está organizado en cinco capítulos y contiene los derechos, libertades y deberes de los españoles. Los redactores de la Constitución quisieron dejar bien fijados y prolijamente detallados los derechos y libertades de los españoles
Los artículos 10 y 11 exponen el marco general de los derechos y libertades.
La única modificación realizada en la Constitución en sus 25 años de vigencia se refiere al artículo 13 comprendido en este título. En 1992, por acuerdo del Congreso de los Diputados y del Senado, se modificó el apartado 2 del artículo 13 para conceder el derecho al voto en las elecciones municipales a los ciudadanos de la Unión Europea que viven en España. Esta modificación se hacía necesaria tras la ratificación por España del Tratado de la Unión Europea.
En el capítulo segundo se tratan principalmente derechos individuales como el derecho a la vida, a la integridad física, la libertad ideológica, religiosa y de culto, a la libertad de expresión, a la educación, etc.
El capítulo tercero de este título trata sobre los principios rectores en el ámbito económico y social. Se recogen algunos derechos como la protección a la familia, disponer de una vivienda digna, disfrutar del medio ambiente, derecho al trabajo, a la protección de la salud, etc.
La actual Constitución española crea la figura del Defensor del Pueblo. Según el artículo 54 su función es la defensa de los ciudadanos en lo relativo a sus derechos y libertades recogidos en este título de la Constitución.
Título II
Dedicado a la Corona, comprende nueve artículos, en los que se establece que el Rey es el Jefe del Estado y se fijan sus funciones, atribuciones y prerrogativas.
Títulos III – VI
En ellos se organizan los poderes del Estado:
o Las Cortes representan al pueblo español y están formadas por dos Cámaras: el Congreso de los Diputados y el Senado. Ambos elegidos por sufragio universal. Ejercen el poder legislativo.
o El Gobierno, que ejerce el poder ejecutivo, dirige la política interior y exterior de España. También tiene potestad legislativa ya que puede presentar proyectos de leyes a las Cortes y desarrolla los reglamentos de las leyes aprobadas.
o Los Jueces y magistrados ejercen el poder judicial que emana del pueblo y se ejerce en nombre del Rey
Título VII
Dedicado a la Economía y la Hacienda, este título establece los criterios de presencia del Estado en una economía de mercado y fija los principios de actuación fiscal y económica.
Título VIII
La Constitución de 1978 abordó la solución a un problema histórico en España, la compatibilidad de la unidad del Estado con la diversidad de regiones y comunidades diferenciadas. Ya en el artículo dos de la Constitución se establecía el marco de referencia que se desarrolla en este título.
Antes de la aprobación de la Constitución el gobierno de Adolfo Suárez, ante el deseo de autogobierno de vascos y catalanes optó por el restablecimiento formal de la Generalitat, por decreto de 29 de septiembre de 1977, y en el País Vasco por decreto del 30 de diciembre de 1977, del Consejo General Vasco, como régimen preautonómico para la región. A principios de 1978, Cataluña y País Vasco eran ya, por tanto, regiones preautonómicas. Entre abril y octubre de 1978, el ministro para las Regiones, Manuel Clavero Arévalo, creó, también por decreto-ley, organismos preautonómicos para el gobierno de Galicia, Asturias, Castilla-León, Aragón, Castilla-La Mancha, País Valenciano, Extremadura, Andalucía, Murcia, Baleares y Canarias. El gobierno impulsaba así la generalización del principio de autonomía regional: ello prefiguró el futuro constitucional de la estructura territorial de España.
La organización territorial española quedó configurada en municipios, en provincias y en Comunidades Autónomas. Los municipios y provincias ya existían, pero las Comunidades Autónomas se posibilitan a partir de la Constitución de 1978. La Norma Suprema establece un posible cauce para que los territorios de España que lo deseen puedan constituirse en Comunidades autónomas, siempre que cumplan una serie de requisitos.
Las Comunidades Autónomas que se constituyan tendrán su Estatuto de Autonomía donde se reflejará su propia singularidad, el territorio que comprenden así como las competencias que asumen, cuyo límite son las competencias exclusivas del Estado. Los Estatutos de Autonomía los aprueban las Cortes Generales.
Fecha de aprobación del Estatuto de Autonomía
Aprobada la Constitución, se constituyeron en años sucesivos las actuales Comunidades Autónomas y España ha quedado conformada por 17 Comunidades y dos Ciudades Autónomas. Cada una de ellas posee una Asamblea Legislativa y un Gobierno propios.
Igual que se contempla el derecho a la autonomía, también se establece en la Constitución el principio de solidaridad y el equilibrio económico entre las distintas regiones del territorio español.
Título IX
Este título trata de una cuestión muy específica, el Tribunal Constitucional. Éste es una garantía para la propia Constitución ya que su función es preservar a la Constitución de posibles violaciones y vigilar que no haya normas o leyes que contradigan algún precepto constitucional. Además, tiene como misión la de ser el máximo órgano encargado de proteger los derechos y libertades fundamentales. Para ello, los ciudadanos pueden acudir al Tribunal Constitucional a través del recurso de amparo. El Tribunal Constitucional está formado por 12 magistrados.
Título X
Este título se dedica a un elemento fundamental para una Constitución, como es el mecanismo de reforma de la Constitución. Según los requisitos establecidos para una modificación constitucional se dice que la Constitución es muy rígida ya que pone bastantes condicionantes para su reforma.
Disposiciones
La Constitución se cierra con cuatro disposiciones adicionales, nueve transitorias, una derogatoria y una final.
Declaración Universal de los Derechos Humanos como material didáctico
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Presentamos el texto de la Declaración de lso Derechos Humanos y planteamos las siguientes cuestiones en relación a esta declaración como indicativas para el debate:
-
¿Cuáles de estos derechos son más de izquierdas y de derechas?
-
¿Cuáles de estos derechos son eliminados por las dictaduras comunistas?
-
¿Piensa que Fidel Castro respeta esta declaración en Cuba?
-
¿Aparecen aquí los pretendidos derechos que reclaman los homosexuales, los abortistas y los xenófobos?
-
¿Pueden aplicarse estos derechos a los animales?
¿Cuáles de estos derechos son más de izquierdas y de derechas?
¿Cuáles de estos derechos son eliminados por las dictaduras comunistas?
¿Piensa que Fidel Castro respeta esta declaración en Cuba?
¿Aparecen aquí los pretendidos derechos que reclaman los homosexuales, los abortistas y los xenófobos?
¿Pueden aplicarse estos derechos a los animales?
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
PREÁMBULO
CONSIDERANDO que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
CONSIDERANDO que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración. más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria. disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
CONSIDERANDO esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no sea vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
CONSIDERANDO también esencial promover el desarrollo
de relaciones amistosas entre las naciones;
CONSIDERANDO que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
CONSIDERANDO que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre; y
CONSIDERANDO que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso
LA ASAMBLEA GENERAL
Proclama
LA PRESENTE DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Artículo 1.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2.1.- Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamadas en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. 2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3.- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4.- Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5.- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6.- Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8.- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9.- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10.- Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11.1.- Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12.- Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13.1.- Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14.1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes Por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15.1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 16.1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tiene derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. 2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio. 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17.1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia,
Artículo 19.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20.1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y do asociación pacificas. 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 21. 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. 2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones publicas de su país. 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 22.- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23. 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria que le asegure así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24.- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25. 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de su medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Artículo 26. 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La introducción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 27. 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28.- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29. 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas,
Artículo 30.- Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Aprobado y proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948.
Valores constitucionales y Educación para la Ciudadanía
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El texto siguiente examina los valores contenidos en la Constitución Española y los propuestos en la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Te servirá para saber cuáles son los valores constitucionales que no se van a explicar según el temario de la asignatura. Tendrás que explicarlos por tu cuenta o, si eres alumno, aprenderlos fuera de clase. En cualquier caso, revisar nuestra Constitución siempre es una buena guía para aprender los valores que defendemos.
El Congreso de los Diputados acogió en 2007 unas jornadas de estudio tituladas “Educación para la Ciudadanía y valores constitucionales”. El objetivo era demostrar que Educación para la ciudadanía no enseña otra cosa que no sean valores constitucionales. Sin embargo, un análisis elaborado por Profesionales por la Ética examina el contenido de la asignatura de Educación para la Ciudadanía y concluye con que están ausentes en la asignatura muchos de los valores constitucionales.
En concreto, de los 21 temas contenidos en el RD 1631 de 29 de diciembre de 2006 que regula la asignatura en 3º de la ESO, “sólo uno se refiere a la Constitución Española”.
Por su parte, en la Educación Ético-Cívica de 4º de la ESO, “sólo se cita la Constitución en un criterio de evaluación”. “Educación para la Ciudadanía ignora a veces los valores y principios constitucionales fundamentales y otras veces recoge algunos conceptos que no están en la Carta Magna”, señala el presidente de Profesionales por la Ética, Jaime Urcelay.
Si el profesorado desea realmente enseñar los valores constitucionales debe saber que la asignatura planteada no incluye el principio de que la soberanía nacional reside en el pueblo español (art. 1). Tampoco hace referencia a la Monarquía parlamentaria que según el art. 1.3 es la “forma política” del Estado español. Y aunque habla sobre la ciudadanía, no menciona la unidad indisoluble de la nación española ni la garantía entre regiones. “El castellano como lengua oficial del Estado (art. 3) o el diseño de la bandera y la obligación de exhibirla en edificios públicos es ignorado en todos los cursos de Educación para la Ciudadanía”, añade Urcelay.
Además, Profesionales por la Ética señala los siguientes déficits de formación constitucional en la asignatura: Educación para la Ciudadanía no incluye en sus contenidos los derechos fundamentales y libertades públicas contenidas en el capítulo segundo de la Constitución Española, como la igualdad entre todos los españoles, el derecho a la vida y a la integridad física o moral, a la libertad y a la seguridad, entre otros. Por el contrario, Educación para la Ciudadanía se refiere vagamente a “los derechos humanos como conquistas históricas inacabadas” (3º ESO) o “los Derechos Humanos como principal referencia ética de la conducta humana, evolución e interpretación de los Derechos Humanos” (4º ESO).
Igualmente, la asignatura Educación para la Ciudadanía hace referencia “al papel de las Fuerzas Armadas en las misiones internacionales de paz” pero silencia el papel de garante de la unidad de España que otorga el artículo 8 de la Constitución Española al Ejército.
La asignatura Educación para la Ciudadanía se refiere al pluralismo religioso, pero no menciona la “libertad religiosa” (art. 16 CE) ni “el deber de los poderes públicos de cooperar con las confesiones religiosas, en especial con la Iglesia Católica” (art. 16.3 CE). Educación para la Ciudadanía de 3º de la ESO se refiere a “la familia en el marco de la Constitución Española” pero proporciona como único criterio de evaluación sobre este punto “la participación y la práctica del diálogo para superar los conflictos en las relaciones familiares”. La Constitución, sin embargo, afirma (artículo 39.1) que “los poderes públicos aseguran la protección social, jurídica y económica de la familia”.
Educación para la Ciudadanía, curiosamente, menciona temas como “Un mundo desigual: riqueza y pobreza, feminización de la pobreza, globalización” (3º ESO) y “los derechos económicos” (4º ESO) pero en ningún curso hace referencia a los artículos de carácter social y económico que se recogen en el capítulo tercero de la CE. Entre estos últimos derechos cabe destacar la libertad de sindicación, el derecho a la huelga, a la propiedad privada, a la libertad de empresa o el derecho al disfrute de una vivienda digna y adecuada.
La conclusión es obvia. Los supuestos valores constitucionales de Educación para la Ciudadanía “han sido empleados como pretexto” por parte del Ministerio de Educación para tratar sólo los valores con convienen al momento histórico político, y no tienen mucho que ver con la Constitución Española. Más bien, apunta Urcelay, “abundan temas de educación moral y emocional” como los siguientes:
La condición humana en su dimensión personal y social. Desarrollar y expresar sentimientos y emociones. Rechazo de discriminaciones por diversos motivos, como la orientación afectivo-sexual. Conocer la relación entre los conflictos armados y el subdesarollo. Reconocerse miembros de la ciudadanía global. Reconocer los principales conflictos sociales y morales del mundo actual. Prejuicios homófobos. Dilemas ético-cívicos, considerado las posiciones y alternativas existentes. Los interrogantes del ser humano. Rasgos básicos que caracterizan la dimensión moral de las personas: las normas, la jerarquía de valores, las costumbres. Pluralismo político y moral. Identidad y alteridad. Educación afectivo-emocional.
Unos valores que, al margen de si nos parecen mejores o peores, nada tienen que ver con los constitucionales y son los que precisamente provocaron el informe negativo del Consejo de Estado. En el Anexo II de su dictamen (2521/2006) se advierte que “no podía formar parte de los aspectos básicos del sistema educativo la difusión de valores que no estén consagrados en la propia Constitución o sean presupuesto o corolario indispensables del orden constitucional”.
Lo que no puede hacerse en cualquier caso es examinar a los alumnos por un comportamiento que depende de esos valores y no de los valores constitucionales que están ausentes de la asignatura.
Derechos humanos: historia del secuestro de Bosco
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La mañana del 29 de agosto de 1990, Bosco Gutiérrez besó a su mujer y a sus siete hijos. Minutos después fue secuestrado. Vivió nueve meses en un zulo de un metro por tres, desnudo la mitad del tiempo. ¿Qué harías si te pasara esto?, ¿qué pasa con los derechos humanos en este caso?, ¿cuáles son las razones verdaderas que alimentan la esperanza del ser humano en situaciones de conflicto? Mira el vídeo y piensa: esto es educación para la ciudadanía.
Examen tipo test de Educación para la ciudadanía
Filed under: Aprecio y cuidado de los bienes comunes (S B4), Autonomía personal y relaciones interpersonales (S B2), Ciudadanía, desarrollo y cooperación (4ESO B5), Consumo racional y responsable (S B4), Debates sobre cuestiones de actualidad (4ESO B1), Declaración universal de los derechos humanos (S B3), Democracia y participación ciudadana (4ESO B4), Diferencias sociales e intolerancia (4ESO B3), Dignidad de la persona, igualdad y diversidad (4ESO B6), Discriminación de las mujeres (4ESO B6), Discriminación y violencia contra la mujer (4ESO B6), Discriminaciones a distintos colectivos (4ESO B5), Diversidad social y cultural - Convivencia (S B4), El Estado de Derecho (S B4), Exposición de opiniones y juicios-Debate (S B1), Globalización e interdependencia (S B5), Habilidades y actitudes para la convivencia (4ESO B2), Identidad personal, libertad y responsabilidad (4ESO B2, Igualdad de derechos y diversidad (S B3), Instituciones democráticas (4ESO B4), Inteligencia, sentimientos, relaciones (4ESO B2), La circulación vial (S B4), La conquista de los derechos de las mujeres (S B3), La globalización el desarrollo (4ESO B5), La participación en el centro educativo (S B2), Las relaciones humanas: hombres y mujeres (S B2), Las teorías éticas (4ESO B3), Los conflictos armados y la cultura de la paz (4ESO B5), Los conflictos en el mundo actual (S B5), Los derechos humanos, económicos y sociales (4ESO B3), Los sentimientos propios y ajenos (4ESO B1), Los valores constitucionales (4ESO B4), Práctica del diálogo (S B1), Protección civil, desastres naturales (S B4), Reconocimiento de injusticias y desigualdades (4ESO B1), Un mundo desigual: riqueza y pobreza (S B5), Valoración de la división social y sexual (S B2) | Etiquetas: alumnos, ciudadanía, civismo, contenidos, educación para la ciudadanía, ESO, examen, hombre, Homosexualidad, materiales didácticos, mujer, padres, profesores, psicología, sexo, temario, test, violencia de género

Para alumnos y profesores. Test de autoevaluación muy interesante.
1. Si sólo pudieras tener un amigo, elegirías:
a) Un amigo normal
b) un homosexual
c) un gato
2. Las personas que sienten atracción por las de su mismo sexo se llaman:
a) Homosexuales
b) Maricones
c) Todas las anteriores son correctas.
3. Las guerras son:
a) buenas porque muere gente y hay mucha
b) malas porque muere gente
c) depende de si lo ha aprobado el Parlamento
4. Número de elementos mínimos para formar una familia:
a) Padre con padre y un hijo adoptado.
b) Padre, madre e hijo.
c) Mujer con perro y gato.
5. Para qué valen los doce puntos del carnet de conducir en España:
a) Para gastarlos cuanto antes.
b) Para venderlos en Ebay
c) Para nada
6. Estás en urgencias de un hospital y ves que una persona se muere y nadie se da cuenta:
a) Rematarlo para que no sufra más
b) Se rellena un formulario en el mostrador solicitando ayuda
c) Me pongo a pedir ayuda y a atender a esa persona
7. No me llega el presupuesto a final de mes, ¿qué hago?:
a) Llevo a mis hijos a un instituto público para poder seguir pagando las letras del Audi.
b) Me lamento porque la sociedad de consumo me ha llevado a esta situación sin culpa mía
c) Ahorro y dejo de gastar dinero en gilipolleces
8. Actúa en democracia cuando se te ha roto el coche y no puedes ir a trabajar:
a) Convoco un plebiscito en casa para ver cuál es el mejor taller
b) Hago lo que me da la gana
c) Consulto a la asociación de vecinos más cercana y presento una instancia en mi Junta Municipal
9. El mejor modo de ganarse la vida es:
a) Pillar cuantas más subvenciones, mejor
b) Trabajar honradamente
c) Vivir de tus padres hasta que puedas vivir de tus hijos
10. Qué hacer cuando tu mujer, compañera o concubina te pone la cabeza como un bombo porque quiere volver a la peluquería habiendo estado ayer:
a) Le das la razón para no traumatizarla psicológicamente y que no sufra violencia de género
b) Me voy al bar a ver el fútbol mientras ella vuelve a la peluquería
c) Intento hacerle ver que si ha estado ayer quizá es mejor esperar un par de días
SOLUCIONES
Las soluciones son evidentes y el examen es muy fácil. Si tienes dudas lo mejor es que le preguntes a tu padre o a tu madre, o a tu hermano pequeño.